martes, 15 de diciembre de 2009

El Concierto Coral de Navidad fue declarado de Interés Municipal

ALMIRANTE BROWN, agosto de 2008

VISTO:

La Ordenanza Municipal Nº 4023, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la misma se establecen las determinaciones para la Declaración de Interés Municipal de un evento o acto cultural;

Que el domingo 13 de diciembre del corriente se desarrollará en la Parroquia Santa Ana de Glew un Concierto Coral promovido por el grupo coral Voces de Glew y por la Orquesta Glew Cámara;

Que se trata de un evento que se realiza desde hace ocho años, y que se caracteriza por un altísimo nivel, dotado de prestigio y excelencia, y que ha sido declarado de Interés Municipal en anteriores instancias;

Que esta rama de la cultura persigue un objetivo que debería ser tomado por todas las ramas de la actividad humana, ya que “estimula el esfuerzo individual para lograr un objetivo armónico común”;

Que los Coros no sólo buscan buenos cantantes, sino que es considerado un espacio ideal para la formación del hombre, toda vez que su esencia consiste en la solidaridad, la tolerancia y el respeto al semejante, y que requiere de hábitos de orden, disciplina y constancia;

Que es política del Gobierno Municipal acompañar, incentivar y reconocer el desarrollo de la actividad coral, considerándola una rama fundamental de la cultura;

POR ELLO:

Los Concejales del Bloque Todos por Brown elevan a consideración del Cuerpo el siguiente:

PROYECTO DE ORDENANZA

Artículo 1º: Declárese de Interés Municipal la realización del Concierto Coral promovido por el grupo coral Voces de Glew y por la Orquesta Glew Cámara, que se desarrollará el domingo 13 de diciembre del corriente en la Parroquia Santa Ana de Glew.

Artículo 2º: La presente será reglamentada de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza 4023.

Artículo 3º: De forma.




Mario Fuentes


Estado Parlamentario: APROBADO.

lunes, 14 de diciembre de 2009

Brown apoya al joven empresario

ALMIRANTE BROWN, noviembre de 2009

VISTO:

La impronta productiva del partido de Almirante Brown, y;


CONSIDERANDO:

Que Almirante Brown es un partido con notable desarrollo industrial y comercial, cuenta además con uno de los polos productivos más atractivos del Sur del Conurbano Bonaerense, por ende de la Argentina toda, con más de 190 empresas instaladas, que duplicó recientemente su superficie disponible para nuevas radicaciones;

Que el Gobierno Municipal tiene como política incentivar el desarrollo empresarial y productivo, y promover la instalación y el crecimiento de empresas en el distrito, como asimismo brindar apoyo a nuevos emprendedores;

Que los jóvenes empresarios y profesionales del partido de Almirante Brown (JE2PAB), Subcomisión de la CACINAB, Cámara del Comercio y la Industria del Partido de Almirante Brown, han elevado propuestas para el fomento, promoción, desarrollo y consolidación de nuevas empresas creadas por jóvenes emprendedores;

Que la misma halla su correlato en la Ley Nacional 25.872 denominada “Ley de Apoyo al Empresariado Joven”, la cual en su artículo Nº 12, invita a los Municipios a adherirse, a fin que implementen políticas coincidentes y difundan el programa en sus respectivas jurisdicciones;

Que la propuesta se canaliza mediante la concreción de un marco normativo que establezca parámetros concretos para el desarrollo local juvenil;

Que ello a partir de la generación de políticas en la materia, el otorgamiento de beneficios impositivos, y la promoción del espíritu emprendedor en todos los niveles de enseñanza;

Que en particular respecto de los beneficios impositivos corresponde ajustarse a lo establecido en el artículo 40° del Decreto Ley 6.769, Orgánica de Municipalidades;

POR ELLO:

El Bloque de Concejales Todos por Brown eleva al Cuerpo para su consideración y tratamiento el siguiente

PROYECTO DE ORDENANZA

Artículo 1º: Créase el Programa Municipal “BROWN APOYA AL JOVEN EMPRESARIO”, cuyos objetivos y alcances se establecen en la presente.

Artículo 2º: Son objetivos de esta Ordenanza:

a) Fomentar el espíritu emprendedor en la juventud, promoviendo la creación, desarrollo y consolidación de empresas.

b) Brindar herramientas fiscales, en el marco de las políticas de la Municipalidad de Almirante Brown, con el objeto de crear y afianzar proyectos elaborados por la juventud empresaria.

c) Promover la inserción en mercados nacionales e internacionales de bienes y servicios, elaborados o prestados por la juventud emprendedora.

d) Incentivar la elaboración de proyectos, ejecutados por la juventud empresaria, que incorporen innovación tecnológica.

Artículo 3º: Podrán acceder a los beneficios del Programa, las personas físicas o jurídicas privadas constituidas conforme la ley, creadas con posterioridad a la promulgación de la presente ordenanza, que:

a) desarrollen actividades industriales y/o de prestación de servicios;

b) tengan su actividad en el Partido de Almirante Brown; y

c) su propiedad, en un porcentaje no menor al cincuenta y uno por ciento (51%), y su control, estén a cargo de ciudadanos argentinos, que residan en el partido de Almirante Brown, comprendidos entre los dieciocho (18) y treinta y cinco (35) años de edad.

Artículo 4º: La inobservancia o falsedad de alguno de los requisitos señalados en el artículo anterior, ya sea al solicitar los beneficios del Programa o durante su percepción, producirá la caducidad automática de los mismos.

Artículo 5º: El Gobierno Municipal fomentará y promoverá, a través de todos los organismos competentes, la creación, desarrollo, consolidación, crecimiento y sustentabilidad de empresas industriales y/o de servicios dirigidas por jóvenes, mediante:

a) generación de políticas en la materia;

b) otorgamiento de beneficios impositivos;

c) promoción del espíritu emprendedor en todos los niveles de enseñanza.

Artículo 6º: En cumplimiento de lo establecido en el inciso a) del art. 5º de la presente ordenanza, el Gobierno Municipal emitirá un “Instructivo”, que se facilitará gratuitamente a todos los interesados que lo soliciten, distribuyéndolo también mediante la colaboración de los JE2PAB, en el que consten los requisitos a cumplimentar y el procedimiento a seguir para obtener la habilitación municipal para empresas industriales y/o de prestación de servicios. Dicho Instructivo deberá contemplar todas las gestiones a realizar, sean éstas de naturaleza municipal o provincial.

Artículo 7º: En cumplimiento de lo establecido en el inciso b) del art. 5º de la presente ordenanza, las empresas industriales, comerciales o de servicios que cumplan los requisitos establecidos en el art. 3º serán beneficiarias de una exención impositiva automática de los siguientes tributos municipales, desde el primer día del mes inmediato siguiente al de su solicitud de habilitación y por el término de 12 (doce) meses, prorrogable por otro período de igual duración, cuando el beneficiario continúe cumpliendo los requisitos que lo han hecho acreedor a dichos beneficios, de acuerdo a la reglamentación que se produzca a partir de la presente Ordenanza, a saber:

a) Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene.
b) Derechos de Publicidad y Propaganda.
c) Tasas por Servicios varios.
d) Derechos de Oficina.

Artículo 8º: Crease la Unidad de Seguimiento y Control de los beneficiarios, dentro del Programa Municipal “BROWN APOYA AL JOVEN EMPRESARIO”, con la finalidad de evaluar, calificar, aprobar o rechazar y auditar la adjudicación de los beneficiarios. Adicionalmente tendrá entre sus funciones, brindar la asistencia técnica necesaria para la consolidación y subsistencia de los proyectos. La Unidad de Seguimiento y Control, seleccionará y pre-aprobará los proyectos que se presentaren, hasta completar el cupo asignado para el ejercicio.
Dicha Unidad deberá solicitar la intervención de la CACINAB, la que oficiará de ente de consulta y asesoramiento permanente.

Artículo 9°: En cumplimiento de lo establecido en el inciso c) del art. 5º de la presente ordenanza, el Gobierno Municipal en conjunto con el Consejo Escolar, las autoridades educativas y la Subcomisión de la CACINAB, los JE2PAB, organizarán la realización de charlas educativas a alumnos regulares del tercer año polimodal de escuelas públicas radicadas en el partido de Almirante Brown.

Artículo 10°: Serán autoridades de aplicación la Secretaría de Producción y Desarrollo, y la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda.

Artículo 11º: El Departamento Ejecutivo reglamentará la presente dentro de los noventa (90) días de promulgada.

Artículo 12°: De Forma.


Mario Fuentes

Estado parlamentario: EN COMISIÓN.

Oscar Rivera fue declarado Ciudadano Ilustre

ALMIRANTE BROWN, Noviembre de 2009


VISTO:

Lo establecido en el inciso 5º de la Ordenanza Nº 8573;

CONSIDERANDO:

Que el citado expresa textualmente: “La distinción de Ciudadano/a Ilustre del Partido de Almirante Brown será otorgada mediante Ordenanza aprobada por el Cuerpo Legislativo….Podrán ser honradas con esta distinción las personalidades nacidas en Almirante Brown o que hayan residido en ella durante diez (10) años y que se hayan destacado por su obra o trayectoria en forma sobresaliente, cumplida en el campo de la política, de la ciencia, de la cultura, del deporte o en defensa de los derechos humanos y sociales”;

Que en virtud del mismo, se considera pertinente distinguir a quien fue el fundador y actual director del Museo Claudio León Sempere de Burzaco, el señor Oscar Rogelio Rivera;

Que Oscar Rivera:
Se recibió de profesor Nacional de Bellas Artes y de licenciado en Sociología. Desde 1970, lleva realizadas, 170 muestras individuales, 15 de ellas en el extranjero.
Produjo 3 carpetas de grabados sobre” Héroes y tumbas” “Gotango” y “14 con el tango”
Obtuvo 65 premios en el país y 7 premios internacionales.
Este hombre, que nació en Parque Patricios, y se fue deslizando por el” corredor del sur”, fue el fundador del museo Claudio León Sempere ”gente para el arte”, de Burzaco, o el museo de esculturas a cielo abierto. Siendo éste el 1 en el país y el 7° en el mundo. Además desarrollaban actividades parasistemáticas (talleres abiertos) con el objetivo de fomentar la creatividad, haciendo conocer las técnicas específicas de cada disciplina. Además, hay un taller específico para gente con discapacidad, se llama” Taller Esperanza”
Rivera dibuja “líneas férreas” en el aire4, incursionando en el simbolismo con profundas connotaciones con el arte sacro, trabajos en los que expresa su religiosidad.
Ha realizado el Curso de Formación de Instructores, con la especialidad: Pintor letrista por la Dirección de Educación de Adultos de la Provincia de BSAS,
Ha realizado un “master en Cultura Argentina,”, cuyo diploma fue otorgado por el instituto Nacional de la Administración Pública, dependiente de la Presidencia de la Nación
Participo del seminario de capacitación de movilización comunitaria para equipos comunitarios de BASA: en 1992.
Colaboró en la concreción del 2° encuentro concurso “campaña para la prevención del virus H.I.V-SIDA”
Fue coordinador de taller y expositor en el programa de apoyo alimentario con promoción de planes sociales alternativos. De la Municipalidad de Almirante Brown en 1992
Presentó sus obras, y donó una de ellas (cristo sin cruz) en la muestra de arte Hermanamiento en Nogoyá, en febrero de 2007.
Realizó una donación de una escultura a la Amistad, para el hospital de rehabilitación. Dr. José M. Jorge.
El Museo Claudio León Sempere. Fue merecedor del premio “Dr. Antonio Bengochea”, en la 74° conferencia de distrito en el año 2000, entregado por el ATENEO ROTARIO (éste es un premio que se entrega cada década)
Colaboró y recibió mención por el aporte de su obra “angel custodio” que forma parte de del patrimonio cultural de la pcia de la Pampa, con motivos de los actos del centenario de Santa Rosa.
En 1996, Donó la obra “abrazo fraternal”, para el museo de artes a fundarse en la Universidad de Bogota.
Una de sus obras,”Ave Fénix” está exhibida en el Palacio del Congreso Nacional .Dicha obra fue donada a la presidencia del Senado. En 1999.
Fue invitado a exponer a España en 1998, y donó en esa oportunidad, 3 obras,”ángel Hispanoamericano” Hermanamiento” y “lealtad”.
Fue distinguido por la dirección de cultura de la municipalidad de Rawson, por su obra “paz”, donada al museo de Esculturas a “cielo abierto” de ésta ciudad.
Fue director de la escuela de arte municipal y oficios de Almirante Brown y realizó una magnífica obra en homenaje a los caídos en Malvinas, que forma parte del museo histórico del ejército argentino.
Participó de la muestra cultural Japón en Adrogué realizada en 2006 en la casa municipal de la cultura de Almirante Brown
En 1999, obtiene mención en la sección escultura del 68° salón Coap, representando a Burzaco.
En 1996, fue mencionado por su aporte a las actividades culturales, por la municipalidad de Almirante Brown.
En 1998, Fue orador en el Primer encuentro Nacional de Conservadores y restauradores sobre el patrimonio Cultural y Natural.
Además, existe una obra suya en la base Naval de las Islas Orcadas, en suelo Antártico: “la madre del continente Blanco”.


Que el Diputado Provincial Daniel Gurzi, presentó un Proyecto de Ley por el cual promueve declarar a Oscar Rivera como Ciudadano Ilustre de la Provincia de Buenos Aires;

Que conforme lo expuesto, este Honorable Concejo Deliberante considera justo y oportuno efectuar un reconocimiento institucional a este prestigioso y reconocido artista, vecino de Almirante Brown, comprometido con las actividades culturales y sociales;

POR ELLO:

El Bloque de Concejales Todos por Brown eleva a consideración el siguiente:

PROYECTO DE ORDENANZA

Artículo 1º: Declarase “Ciudadano Ilustre del Partido de Almirante Brown” al artista Oscar Rivera, fundador y actual director del Museo Claudio León Sempere de Burzaco, dada su prestigiosa y reconocida trayectoria cultural y social.

Artículo 2º: Adhiérase al proyecto de Ley impulsado por el diputado Daniel Gurzi, por el cual se promueve declarar a Oscar Rivera como Ciudadano Ilustre de la Provincia de Buenos Aires.

Artículo 3º: La reglamentación de la presente se hará dentro de los alcances del inciso 5º de la Ordenanza Nº 8573.

Artículo 4º: De forma.


Mario Fuentes

Estado parlamentario: APROBADO.

martes, 17 de noviembre de 2009

Claudia Molina declarada Ciudadana Ilustre

ALMIRANTE BROWN, noviembre de 2009


VISTO:

La facultad de este Honorable Cuerpo para declarar como Ciudadana Ilustre del Partido de Almirante – Post mortem- a la Sra. Claudia Molina.


CONSIDERANDO

Que la Sra Claudia Molina, esposa del Sr. Intendente Municipal Dario Giustozzi, al momento de su desaparición se desempeñaba como subsecretaria General del municipio.
Que desempeñó su última actividad cuando participaba de un encuentro en conmemoración de los derechos cívicos de la mujer que se realizaba en la Casa Municipal de la Cultura.
Que cabe recordar que Claudia Elizabeth Molina, nació el 9 de abril de 1966 en Concordia, Entre Ríos, luego junto a su familia pasó a residir en la localidad de Longchamps.
Que desde una temprana juventud comenzó a militar en el peronismo, completando sus estudios universitarios, recibiéndose de abogada.
Que a lo largo de su carrera cumplió funciones en el Poder Judicial y en el Concejo Deliberante, entre otras.
Que su militancia y su calidez es recordada por todos aquellos que en algún momento tuvieron contacto con ella.
Que su desaparición física produjo un profundo pesar en todos los sectores de la comunidad browniana.
POR ELLO
Los Bloques Políticos que integran este Honorable Cuerpo elevan a consideración el siguiente


PROYECTO DE ORDENANZA

ARTICULO 1º: Declarase Ciudadana Ilustre del Partido de Almirante Brown, ………………... post-mortem - a la Señora Claudia Elizabeth Molina

ARTICULO 2º: De forma.

PROYECTO PRESENTADO POR TODO EL BLOQUE POLÍTICO

Estado parlamentario: APROBADO.

Se declaró de Interés Municipal la presentación del libro de Bernardo Stamateas "Gente Tóxica"

ALMIRANTE BROWN, noviembre de 2009

VISTO:

La presentación de Bernardo Stamateas en la Casa de Cultura Municipal, y;

CONSIDERANDO:

Que el jueves 19 de noviembre a las 19 hs. Bernardo Stamateas presentará el libro “Gente Tóxica” -como identificar y tratar a las personas que te complican la vida para relacionarte sanamente-;

Que Bernardo Stamateas es licenciado en teología, terapeuta familiar, licenciado en psicología, y sexólogo clínico, autor de dos Best Sellers: Resultados Extraordinarios y Fracasos Exitosos, y además es autor de aproximadamente cuarenta libros;

Que Gente Tóxica tiene como objetivo describir las distintas personalidades tóxicas más frecuentes con las cuales convivimos a diario en los diferentes medios en los que nos movemos (el ambiente laboral, la familia, las instituciones, los amigos) y lo que causan dichas toxicidades, es decir, sus efectos y sus consecuencias; brinda además información para saber qué hacer y cómo hacer para ser libre de todas ellas y de todas estas personas que a diario tratan de enfermarnos la vida;

Que en Almirante Brown, la Fundación Volver a Empezar de Claypole, coordina y trabaja en la obra de Bernardo Stamateas, y desarrolla una noble y válida acción social;

Que se trata de un evento de relevancia para un sector de la comunidad de nuestro distrito, por lo que se considera oportuno acompañarlo e incentivarlo dentro de las facultades de este Órgano Colegiado;

POR ELLO:

Los concejales del Bloque Todos por Brown elevan a consideración del Cuerpo el siguiente

PROYECTO DE ORDENANZA

Artículo 1°: Declárese de Interés Municipal la conferencia de Bernardo Stamateas en la presentación del libro Gente Tóxica -como identificar y tratar a las personas que te complican la vida para relacionarte sanamente-, que se desarrollará el jueves 19 de noviembre del corriente, en la Casa Municipal de la Cultura.

Artículo 2°: Comuníquese y elévese copia a la Fundación Volver a Empezar de la localidad de Claypole.

Artículo 3°: La Reglamentación de la presente se efectuará dentro de los alcances de la Ordenanza N° 4023.

Artículo 4°: De forma.

Mario Fuentes

Estado Parlamentario: APROBADO.

martes, 3 de noviembre de 2009

Declaración de Interés Municipal de la labor de la Asociación Abuelas de Plaza de Mayo

ALMIRANTE BROWN, octubre de 2009


VISTO:

La notable labor que desarrollan las Abuelas de Plaza de Mayo en la incansable búsqueda de los niños, niñas y bebes que fueron separados de sus familias y apropiados por la ultima genocida dictadura militar, y;

CONSIDERANDO:

Que en el presente mes de octubre se cumplen 32 años de la conformación de las Abuelas de Plaza de Mayo, quienes en todos estos años vienen realizando una incansable búsqueda recuperando los nietos y nietas que fueron apropiados por los represores y sus cómplices, separados de sus familias y apropiados por la ultima genocida dictadura militar que padecimos los argentinos y argentinas desde el año 1976 hasta 1983;

Que el derecho a la identidad es un derecho innegable para todos y todas, los y las argentinos y argentinas; derecho que tienen negado los 400 jóvenes que aún quedan hoy en nuestro país sin recuperar su identidad;

Que el plan sistemático de la dictadura militar para instaurar a sangre y fuego el neoliberalismo no solo consistió en la tortura, desaparición y muerte de 30.000 hombres y mujeres sino que también consistió en la apropiación de sus hijos e hijas, desmembrando así a las familias, y este plan fue probado por la justicia;

Que desde la recuperación de la democracia la lucha y el trabajo de las Abuelas de Plaza de Mayo acompañadas por otros organismos de derechos humanos, sociales, políticos, sindicales, estudiantiles, culturales, etc., permitió recuperar la identidad a más de 95 jóvenes;

Que la recuperación de la identidad a los jóvenes victimas del terrorismo de estado permite no solo el reencuentro con las familias biológicas sino también el cese de la situación de “desaparición forzada” en que se encuentran y el derecho a conocer su identidad y el derecho de la sociedad a conocer la identidad de sus integrantes;

Que el proyecto de Ley sobre la obtención de ADN a posibles hijos e hijas de desaparecidos para conocer su verdadera identidad fue impulsado por las Abuelas de Plaza de Mayo y por organismos de Derechos Humanos y responde a un acuerdo de solución amistosa entre Abuelas y el Estado propiciado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para garantizar el derecho a la verdad de los jóvenes que fueron apropiados durante la ultima dictadura;

Que desde el lugar que nos toca ejercer debemos desarrollar todas las acciones y medidas que contribuyan en la búsqueda de la verdad, y la recuperación de la identidad;

Que el hecho de que se cumplan 32 años de la conformación de Abuelas de Plaza de Mayo no es una circunstancia más, sino que merece ser destacado y reconocido por las instituciones y los partidos políticos;





Por ello, el Bloque de Concejales Todos por Brown eleva el siguiente proyecto de:

ORDENANZA

Articulo 1: Declarase de Interés Municipal las acciones que lleva a cabo la Asociación Abuelas de Plaza de Mayo desde hace 32 años en pos de la recuperación de la identidad de los niños, niñas y bebes apropiados por los militares y sus cómplices durante la ultima dictadura militar vivida en nuestro país desde el año 1976 hasta 1983.

Articulo 2: Dese amplia difusión de la presente Ordenanza tanto desde este Honorable Concejo Deliberante como desde el Departamento Ejecutivo a través de las áreas que estime corresponder.

Articulo 3: Comuníquese y envíese a la Asociación Abuelas de Plaza de Mayo.

Artículo 4: De forma.
Ivanna Rezano - Mario Fuentes.
Estado parlamentario: APROBADO.

Pavimentación en el Barrio Betharram

ALMIRANTE BROWN, octubre de 2009

VISTO:

Los problemas de infraestructura que aún padece el barrio Betharram, y;

CONSIDERANDO:

Que el barrio Betharram es una de las zonas más postergadas de nuestro distrito, cuenta con la mayoría de sus calles de tierra, y a su vez constituye uno de los puntos de mayor conflictividad y delincuencia;

Que ante este panorama resulta primordial que el Gobierno Municipal refuerce las acciones que viene desarrollando para revertir el estado de situación;

Que en este sentido, sería necesario asfaltar la calle Algarrobo en el trayecto que abarca desde Soler hasta Asamblea, un tramo que beneficiaría a muchas familias y que sería una vía de conectividad fundamental;

Que dadas las características del lugar, y la realidad socio económica, el Departamento Ejecutivo deberá evaluar la modalidad de obra a realizar, dentro de los planes de pavimentación vigente;

POR ELLO:

El bloque de concejales Todos por Brown eleva a consideración del Cuerpo el siguiente

PROYECTO DE RESOLUCION

Artículo 1º: Dirigirse al Departamento Ejecutivo haciéndole saber que este Cuerpo vería con agrado se incluya a la calle Algarrobo en el tramo que abarca desde Soler hasta Asamblea, del barrio Betharram de la Ciudad de Burzaco, a los planes de pavimentación vigentes.

Artículo 2º: De forma.
Mario Fuentes - Ivanna Rezano.
Estado parlamentario: APROBADO.

Regulación de estacionamiento en Nother

ALMIRANTE BROWN, octubre de 2009

VISTO:

Los constantes inconvenientes de tránsito que se continúan suscitando en la calle Nother entre Av. Espora y Pellerano de Adrogué, y;

CONSIDERANDO:

Que el problema radica en que la Calle Nother en el tramo indicado es de circulación doble, y los autos estacionan en ambas manos e incluso en lugares no permitidos;

Que en razón de dicha problemática este Honorable Concejo Deliberante aprobó la Resolución N° 56, por la cual se solicita al Gobierno Municipal proceda a establecer un operativo de control vehicular diario en la zona;

Que el Departamento Ejecutivo remitió informe a este HCD en el que notifica que ha tomado conocimiento de lo descripto, aunque la situación no se ha modificado;

Que la Ordenanza N° 3409, fija “libre estacionamiento en la acera de número par de la calle Nother desde Rosales hasta Somellera”, quedando prohibido el estacionamiento de la mano impar;

Que se adjunta copia de la Resolución N° 56, de la comunicación del Departamento Ejecutivo;

Que el Departamento Ejecutivo implantó políticas efectivas en cuanto al ordenamiento de tránsito como por ejemplo en la calle Mitre, mediante la correcta señalización, controles diarios y de forma preventiva se han logrado los objetivos propuestos;

Que resulta esencial que las mismas medidas se desarrollen en la calle Nother, ya que se trata de una acceso vital al centro neurálgico de Adrogué;

POR ELLO:

Los concejales del bloque Todos por Brown elevan a consideración del Cuerpo el siguiente

PROYECTO DE RESOLUCION

Artículo 1°: Solicitase al Departamento Ejecutivo cumpla de forma efectiva la señalización, pintura de cordones, y controles diarios de tránsito preventivos en la calle Nother entre Av. Espora y Pellerano de Adrogué, dentro de lo establecido en la Ordenanza N° 3409 que fija “libre estacionamiento en la acera de número par de la calle Nother desde Rosales hasta Somellera”, quedando prohibido el estacionamiento de la mano impar.

Artículo 2°: Solicitase al Departamento Ejecutivo que dichas medidas sean desarrolladas a la mayor brevedad posible, en un plazo que no supere los treinta días de aprobada la presente, con estricto control y cumplimiento.

Artículo 3°: De forma.
Mario Fuentes - Ivanna Rezano.
Estado parlamentario: APROBADO.

viernes, 16 de octubre de 2009

Mercedes Sosa en la Comisión de Homenaje Permanente

ALMIRANTE BROWN, octubre de 2009

VISTO: La sanción de la Ordenanza Municipal Nº 9075, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la misma se crea la Comisión de Homenaje Permanente a hombres y mujeres del pensamiento Nacional y Popular, del deporte, la cultura y la medicina, cuya finalidad será la de efectuar los reconocimientos pertinentes a personalidades distinguidas en estos ámbitos;

Que entre las personalidades a distinguir se citaron los nombres de Raúl Ricardo Alfonsín, Eva Duarte de Perón, Juan Domingo Perón, Leandro Nicéforo Alem, Oscar Eduardo Alende, Oscar Bidegain, Alfredo Palacios, Arturo Martín Jauretche, Jorge Luis Borges, Julio Cortazar, Raúl Scalabrini Ortiz, Roberto Fontanarrosa y René Favaloro;

Que el domingo 4 de octubre pasado murió la cantante y símbolo de la cultura popular Argentina, Mercedes Sosa;

Que “La Negra” como se la conocía popularmente, es una – sino la mejor - cantante que ha dado el país, ícono de la canción latinoamericana y famosa en todo el mundo por su inconfundible voz, contaba con más de cuarenta años de trayectoria y cuarenta álbumes editados;
Que a lo largo de los años se la vio en el escenario junto a artistas internacionales como Luciano Pavarotti, Sting, Lucio Dalla, Nana Mouskouri, Joan Baez, Andrea Bocelli, Silvio Rodríguez, Alfredo Kraus, Pablo Milanés, Milton Nascimento, Caetano Veloso, Chico Buarque, Gal Costa, Gian Marco, Konstantin Wecker, Nilda Fernández, Pata Negra, David Broza, Luz Casal, Cecilia Todd, Ismael Serrano entre otros; también en diversas oportunidades, con músicos argentinos de la talla de Atahualpa Yupanqui, Charly García, Roberto Goyeneche, Ariel Ramírez, Fito Páez, León Gieco, Víctor Heredia, Pedro Aznar, Antonio Tarragó Ros, Alberto Cortez, Los Chalchaleros, Piero, Teresa Parodi, Rodolfo Mederos David Lebón, Julia Zenko, etc;
Que de los reconocimientos que ha recibido sobresale el Gran Premio CAMU-UNESCO 1995, otorgado por el Consejo Argentino de la Música y por la Secretaría Regional para América Latina y el Caribe, del Consejo Internacional de la Música de la UNESCO, el Martín Fierro 1994 al mejor show musical en televisión; también el Premio de la UNIFEM, organismo de las Naciones Unidas que la distinguió por su labor en defensa de los derechos de la mujer; Konex de Platino 1995 a la Mejor Cantante Femenina de Folklore y Konex de Brillante a la Mejor Artista Popular de la Década. También recibió otra distinción, esta vez del Consejo Interamericano de Música de la Organización de los Estados Americanos (OEA); ese año fue además incluida por la Secretary-General United Nations Politic World Conference on Women, en la colección discográfica denominada Global Divas;
Que fue condecorada con honores en el año 2005 por el "Honorable Senado de la Nación Argentina" con el premio "Sarmiento" en reconocimiento a su trayectoria artística, su compromiso social y su constante lucha en materia de Derechos Humanos. Así también se alzó con varias estatuillas en los Grammy Latinos y los Premios Gardel. En el año 2008 fue nombrada embajadora cultural de Mendoza junto al grupo Karamelo Santo por el gobernador Celso Jaque; actualmente se desempeña como Embajadora de buena voluntad de la UNESCO para Latinoamérica y el Caribe;
Que en Almirante Brown tuvimos la satisfacción de recibir a Mercedes Sosa el 12 de diciembre de 2008, oportunidad en la que fue declarada Huésped de Honor del distrito;

Que sin lugar a duda, Mercedes Sosa debe recibir el justo homenaje que merece, por lo que resulta acorde incorporar su nombre a la lista de personalidades establecida en la Ordenanza Nº 9075;

POR ELLO:

El Bloque de Concejales Todos por Brown eleva a consideración del Cuerpo el siguiente

PROYECTO DE RESOLUCION

Artículo 1º: Dirigirse al Gobierno Municipal a fin de que se incorpore a la cantante Mercedes Sosa a la nómina de personalidades a reconocer por la Comisión de Homenaje Permanente creada mediante Ordenanza Nº 9075, en el marco de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo por dicha norma.

Artículo 2º: De forma.
Mario Fuentes - Ivanna Rezano.
Estado parlamentario: APROBADO.

Campaña de concientizacion sobre el uso de bolsas plásticas

ALMIRANTE BROWN, octubre de 2009

VISTO:

La Ley provincial 13868, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la misma se prohíbe en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires, el uso de bolsas de polietileno y todo otro material plástico convencional, utilizadas y entregadas por supermercados, autoservicios, almacenes y comercios en general para transporte de productos o mercaderías, los cuales deberán ser progresivamente reemplazados por contenedores de material degradable y/o biodegradable que resulten compatibles con la minimización de impacto ambiental;

Que esta norma fue sancionada en septiembre de 2008, con diferentes plazos para su aplicación, los que comenzarán a regir durante el presente mes; además prevé la realización de campañas de difusión y concientizacion sobre el uso racional del material no degradable y/o no biodegradable, para el envase y contención de los productos comercializados en dichos establecimientos;

Que consecuentemente se invita a otras empresas relacionadas con la comercialización de productos a adecuarse a las exigencias de la Ley, y se establece la necesidad de informar y capacitar a los destinatarios de esta Ley sobre las posibles alternativas que pueden sustituir a los envases de plástico no degradables y/o no biodegradables, asistiéndolos de forma gratuita ante sus requerimientos;

Que la Ley tiene como finalidad principal el cuidar el medio ambiente, generando conciencia sobre la importancia del cuidado ambiental;

Que se trata de una cuestión cultural, que requiere de un trabajo progresivo que permita una modificación sustancial de los usos y costumbres habituales, por métodos saludables;

Que en ello debemos colaborar todos los sectores con representación institucional, política y/o social, a fin de alcanzar los objetivos propuestos;

POR ELLO:

Los concejales del Bloque Todos por Brown elevan a consideración del Cuerpo el siguiente

PROYECTO DE RESOLUCION

Artículo 1º: Diríjase al Departamento Ejecutivo Municipal haciéndole saber que este Honorable Concejo Deliberante vería con agrado se instrumente mediante la/las área/s correspondiente/s, por sí o en conjunto con el Gobierno de la provincia de Buenos Aires, una campaña de concientizacion sobre el uso racional del material no degradable y/o no biodegradable, para el envase y contención de los productos en establecimientos comerciales, en el marco de la Ley provincial 13868.

Artículo 2º: Solicitase al Departamento Ejecutivo prevea se realicen los controles correspondientes en grandes supermercados e hipermercados sobre la entrega de bolsas en los términos dispuestos en la ley.

Artículo 3º: A los fines de los objetivos propuestos póngase en conocimiento de la presente a la Cámara de Comercio y la Industria y al Centro de Almaceneros de Almirante Brown.

Artículo 4º: De forma.
Mario Fuentes - Ivanna Rezano.
Estado parlamentario: APROBADO.

martes, 6 de octubre de 2009

Apoyo a la nueva Ley de Radiodifusión

ALMIRANTE BROWN, septiembre de 2009

VISTO:

La impostergable necesidad de establecer una Ley de Radiodifusión que reemplace a la Ley de la dictadura todavía vigente, y;

CONSIDERANDO:

Que desde hace años se plantea en nuestro país la necesidad de establecer una nueva Ley que regule la comunicación, en reemplazo de la Ley de la dictadura, bajo el convencimiento que no es posible el afianzamiento de la democracia política sin democratización de la comunicación;

Que de hecho del año 1983 a la fecha se han presentado más de 70 (setenta) proyectos sobre este tema, y sin embargo la discusión se ha postergado reiteradamente;

Que en el año 2004 un grupo de organizaciones, agrupadas en la “Coalición por una Radiodifusión democrática”, entre las que se encuentran todos los gremios de trabajadores de la Comunicación, de la CGT y CTA, los organismos de defensa de Derechos Humanos, Madres y Abuelas de Plaza de Mayo, las Universidades Nacionales y sus Carreras de Comunicación o Ciencias de la Información o Periodismo, el movimiento Cooperativo, radios comunitarias y de pequeños y medianas empresas, además de numerosos movimientos sociales, se reunieron para comenzar a buscar consensos en torno a esta Ley;

Que luego de un análisis profundo, mesas de trabajo y debate, y búsqueda de consensos este conglomerado social estableció 21 puntos básicos para una nueva ley de radiodifusión;

Que estos puntos fueron tomados como fundamento para el proyecto de ley elaborado y presentado por el Gobierno de la Nación Argentina ante el Congreso Nacional;

Que dicho proyecto fue aprobado el 17 de septiembre pasado por la Cámara de Diputados, con pequeñas modificaciones en el texto original aportadas por diversos sectores, que no implicaron modificaciones de fondo, aunque sirvieron para aclarar la redacción de algunos artículos que se prestaban a interpretaciones disímiles; y girado al Senado;

Que se presenta una síntesis con los términos más sobresalientes de la nueva normativa:
1) Democratización y universalizaciónLa regulación de los servicios de comunicación audiovisual en todo el ámbito territorial de la Argentina y el desarrollo de mecanismos destinados a la promoción, desconcentración y fomento de la competencia tienen como fines el abaratamiento, la democratización y la universalización de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación. 2) Servicios de interés públicoSe considera a la comunicación audiovisual en cualquiera de sus soportes una actividad social de interés público, de carácter esencial para el desarrollo sociocultural de la población, por el que se exterioriza el derecho humano inalienable de expresar, recibir, difundir e investigar informaciones, ideas y opiniones sin ningún tipo de censura. 3) Órganos colegiadosSe crea la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, un órgano autárquico y descentralizado, que tiene como función la aplicación, la interpretación y el cumplimiento de la ley. Su directorio estará conformado por un presidente y un director designados por el Poder Ejecutivo, tres directores propuestos por la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual, correspondiendo uno a la primera minoría, uno a la segunda minoría y uno a la tercera minoría parlamentarias; y dos directores a propuesta del Consejo Federal de Comunicación Audiovisual. Existirá también un Consejo Federal cuyos miembros provinciales van a representar a los prestadores privados, a las emisoras universitarias, a los medios públicos y a los trabajadores de prensa. 4) Defensoría del Público de Servicios de Comunicación AudiovisualSe crea la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual, un organismo encargado de recibir y canalizar las consultas, reclamos y denuncias del público de la radio y la televisión. Será designado por resolución conjunta de los presidentes de ambas Cámaras. 5) Abono SocialLos servicios de televisión por cable deberán disponer de un abono social. Esta disposición atiende a que, en ciertos sitios, el prestador de servicio de radiodifusión por suscripción a título oneroso, es el único servicio que existe para mirar televisión. Se busca que todos los habitantes tengan acceso a los servicios de radiodifusión y comunicación audiovisual. 6) DesmonopolizaciónCon el fin de impedir la formación de monopolios y oligopolios, el proyecto de ley pone límites a la concentración, fijando topes a la cantidad de licencias y por tipo de medio. Un mismo concesionario sólo podrá tener una licencia de servicio de comunicación audiovisual sobre soporte satelital; hasta 10 señales sonoras, de televisión abierta o cable (la ley actual permite que una persona sea dueña de 24) y hasta 24 licencias de radiodifusión por suscripción. A ningún operador se le permitirá que dé servicios a más del 35 por ciento del total de la población del país o de los abonados, en el caso que corresponda. Por otra parte, quien maneje un canal de televisión abierta no podrá ser dueño de una empresa de distribución de TV por cable en la misma localidad, y viceversa. También se impide que las compañías telefónicas brinden servicios de televisión por cable. 7) Titulares de las licenciasEl proyecto establece que para ser titular de una licencia se ponderarán criterios de idoneidad y de arraigo en la actividad. Excluirá a quienes hayan sido funcionarios jerárquicos de gobiernos de facto, atendiendo a la importancia de los medios en la construcción del Estado de Derecho y la vida democrática. Cuando el prestador del servicio fuera una sociedad comercial deberá tener un capital social de origen nacional, permitiéndose la participación de capital extranjero sólo de hasta un máximo del 30% del capital accionario. 8) Participación de cooperativasA diferencia de la ley vigente, se permite la participación de cooperativas, siempre y cuando se garantice una porción del mercado a un competidor.
9) Plazo de las licenciasLa operación de los medios audiovisuales se hará, según la propuesta, por sistema de licencias y las mismas durarán diez años (hoy son por 15) y se podrán prorrogar por diez años más, previa realización de audiencias públicas. Quienes hayan obtenido una renovación o prórroga, no podrán solicitar una nueva extensión de plazo por ningún título.Al mismo tiempo esas licencias serán controladas cada dos años, para evitar que con la incorporación de nuevas tecnologías -la digitalización- un licenciatario multiplique sus señales, generando un nuevo modo de concentración. 10) Más contenidos nacionalesLos servicios de televisión abierta deberán emitir un mínimo del 60% de producción nacional; con un mínimo del 30% de producción propia que incluya informativos locales.Los servicios de televisión por cable no satelital deberán incluir como mínimo una señal de producción local propia. También deberán incluir en su grilla de señales originadas en países del MERCOSUR y en países latinoamericanos.Las radios privadas deberán emitir un mínimo de 50% de producción propia, que incluya noticieros o informativos locales. El 30% de la música emitida deberá ser de origen nacional. Quedarán eximidas emisoras dedicadas a colectividades extranjeras o temáticas. 11) Igualdad de oportunidadesLas emisiones de televisión abierta y la señal local de producción propia de los sistemas de cable deben incorporar medios de comunicación visual adicional en el que se utilice subtitulado oculto (closed caption), lenguaje de señas y audio descripción, para la recepción por personas con discapacidades sensoriales, adultos mayores y otras personas que puedan tener dificultades para acceder a los contenidos. 12) Acceso universal para la transmisión de eventos deportivosSe garantiza el derecho al acceso universal -a través de los servicios de comunicación audiovisual- a los contenidos informativos de interés relevante y de acontecimientos deportivos de encuentros futbolísticos u otro género o especialidad. Los partidos de fútbol y otros encuentros olímpicos que sean de interés para la Argentina se transmitirán por la televisión abierta de acceso libre. 13) PublicidadSe regula el tiempo de emisión de publicidad con el objetivo de proteger al público contra un exceso de interrupciones publicitarias y promover un modelo de radio y televisión de calidad. 14) Nuevas tecnologías y serviciosA diferencia de la ley anterior, la propuesta contempla el potencial impacto que provocaría la incorporación de nuevas tecnologías y servicios que no se encuentren operativas en la actualidad. Se procura un desarrollo armónico atendiendo a los espacios futuros a crearse por vía de los procesos de digitalización, en los que la pluralidad debe ser garantizada. 15) Radio y televisión estatales más participativosSe crea Radio y Televisión Argentina Sociedad del Estado, que reunirá a todos los servicios de radiodifusión sonora y televisiva que en este momento se encuentra bajo la órbita del Estado Nacional. El Directorio estará integrado por siete miembros, con un presidente y un director designado por el Poder Ejecutivo y tres directores propuestos por la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual, uno por la primera minoría, otro por la segunda y otro por la tercera. Y se crea un Consejo Consultivo Honorario de los Medios Públicos que garantiza mayor participación social. 16) Medios Municipales y ProvincialesSe reserva para cada Estado Provincial y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires una frecuencia AM, una FM y una de televisión abierta. Cada Estado Municipal tendrá reservada una frecuencia FM. 17) Más voces de la sociedad civilSe reserva el 33% de las localizaciones radioeléctricas planificadas, en todas las bandas de radiodifusión sonora y de televisión terrestres, en todas las áreas de cobertura, para las organizaciones sin fines de lucro. Además, los pueblos originarios serán autorizados para la instalación y funcionamiento de radios AM y FM y así como de señales de televisión abierta. 18) Medios Universitarios y EducativosLas Universidades Nacionales podrán ser titulares de autorizaciones para la instalación y explotación de servicios de radiodifusión. Deberán dedicar espacios relevantes de su programación a la divulgación del conocimiento científico, a la extensión universitaria y a la creación y experimentación artística y cultural. 19) Televisión e infanciaSe prevé la creación de un Fondo de Fomento Concursable para la Producción de Programas de Televisión de Calidad para Niños, Niñas y Adolescentes que tendrá como objetivo desarrollar estrategias que permitan producir más televisión y radio de carácter educativo, cultural e infantil. 20) Cine nacionalSe establece, por primera vez, la fijación de una cuota de pantalla. Los canales de televisión abierta y de cable deberán exhibir de forma obligatoria y en estreno televisivo ocho películas nacionales por año. La ley actual no contempla ninguna normativa de promoción del cine nacional.
Que más allá del contenido de esta Ley, se debe analizar el enorme interés que ha despertado en la sociedad, lo que ha permitido sincerar el trasfondo que existe detrás de esta ley y poner de manifiesto los intereses económicos que tienen los grandes grupos de comunicación como actores con intereses políticos y económicos, y no como propagadores absolutos de la verdad;

Que desde algunos sectores se ha intentado postergar la discusión bajo disímiles argumentos, aunque tal vez lo que se pretenda es que pase la oportunidad y que todo siga igual como en estos 25 años desde la vuelta de la democracia;

Que sin duda las presiones del poder económico y de quienes hoy ejercen en oligopolio el poder mediático son fuertes, e imponen un punto de vista en extremo viciado;

Que sin embargo, el proyecto ha logrado prosperar y se han podido modificar puntos débiles y otros que podrían volver a generar espacios monopólicos, lo que ha permitido ampliar el consenso;

Que el relator especial de la ONU sobre la protección y promoción del derecho a la libertad de opinión y expresión, el guatemalteco Frank La Rue, expresó al presentar su informe anual en Ginebra ante el Consejo de Derechos Humanos del organismo: "Quisiera mencionar como ejemplo de promoción de la libertad de expresión la nueva legislación presentada por la presidenta (Cristina) Kirchner de Argentina a su parlamento sobre telecomunicaciones, esa legislación garantiza el pluralismo del sector de la comunicación estableciendo tres segmentos de frecuencias de telecomunicaciones, las comerciales, las comunitarias y las públicas";

Que la Federación Internacional de Periodistas (FIP), que cuenta con 120 organizaciones miembros y representa a más de 600 mil periodistas de los cinco continentes, respalda plenamente el proyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, ya que “representa un decisivo avance para la consolidación del sistema democrático”.
Que además, la Federación de Periodistas de América Latina y el Caribe (FEPALC) respaldó en forma unánime el proyecto de ley de servicios de comunicación audiovisual, y destacó que sea la resultante del trabajo de elaboración colectivo entre el Poder Ejecutivo, organizaciones sindicales, sociales y cooperativistas, entre ellas la Federación Argentina de Trabajadores de la Prensa (FATPREN);

Que son cientos los organismos sociales, culturales y políticos los que acompañan esta nueva Ley, tanto a nivel Internacional, Nacional, Provincial y en los diversos ámbitos municipales;

Que en sentido, y desde el rol de representantes de la comunidad, consideramos preciso expresar nuestro punto de vista sobre la temática que abarca la presente, con la intención de generar la suficiente conciencia colectiva, terminar con la ley de la dictadura, y establecer una equilibrada interpretación de los deberes y responsabilidades que le corresponde ejercer tanto a los que difunden como a los que reciben el mensaje, a partir de una ley de Radiodifusión que garantice el pluralismo informativo y cultural;

POR ELLO:

Los concejales abajo firmantes miembros de distintos bloques políticos elevan al Cuerpo para su consideración y tratamiento el siguiente

PROYECTO DE RESOLUCION

Artículo 1°: Póngase de manifiesto el enérgico respaldo del Honorable Concejo Deliberante de Almirante Brown al proyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, basándonos en la fuerte convicción de que es imperioso terminar con el proceso de concentración y transnacionalización de los medios, desterrar la ley de la dictadura, y entonces permitir la diversificación del mensaje, con el absoluto convencimiento que la libertad de expresarse, opinar e informarse son fundamentales para el pleno ejercicio y consolidación de la democracia y la justicia social.

Artículo 2°: Elevase copia de la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, al Consejo Escolar local, al COFELCO, y a la Honorable Cámara de Senadores de la Nación.


Artículo 3°: Comuníquese a todos los medios de comunicación local y regional.

Artículo 4°: De forma.

Mario Fuentes - Ivanna Rezano.
Estado parlamentario: APROBADO

Control vehicular en Av. Espora

ALMIRANTE BROWN, septiembre de 2009


VISTO:

Los constantes accidentes de tránsito que se generan en la Av. Espora entre las calles Presidente Arturo Illia y Centenario de Mayo de la Ciudad de Burzaco, y;

CONSIDERANDO:

Que en dicha intersección funciona el boliche denominado “Recuerdos” y el bar “La Finca”;

Que en los horarios de funcionamiento de ambos locales de diversión nocturna, se produce una constante congestión vehicular, producto de los automóviles que estacionan sobre la Av. Espora, de ambas manos;

Que dicha situación se ve complicada por el tránsito habitual en la zona, y las líneas de colectivos que tienen su parada en la intersección de Espora y Centenario de Mayo;

Que todo este contexto genera constantes accidentes de tránsito, lo cual ha sido ratificado por las autoridades policiales de la comisaría 2º de Burzaco;

Que resulta precisa la intervención del Departamento Ejecutivo a fin de implementar los mecanismos que permitan controlar esta situación;

POR ELLO:

Los concejales del Bloque Todos por Brown elevan a consideración del Cuerpo el siguiente

PROYECTO DE RESOLUCION

Artículo 1º: Dirigirse al Departamento Ejecutivo, Secretaría de Gobierno, con el objeto de requerir su pronta intervención a fin de extremar el control vehicular en la Av. Espora entre las calles Presidente Arturo Illia y Centenario de Mayo de la Ciudad de Burzaco, durante el horario de funcionamiento de los locales de diversión nocturna “Recuerdos” y “La Finca”.

Artículo 2º: Comuníquese con copia a la comisaría 2º de Burzaco.

Artículo 3º: De forma.
Mario Fuentes - Ivanna Rezano.
Estado parlamentario: APROBADO. Resolución Nº 114.

Creación de la Comisión de Homenaje Permanente

ALMIRANTE BROWN, septiembre de 2009


VISTO:

La necesidad de rendir homenaje a personalidades del ámbito municipal, provincial y/o nacional, y;


CONSIDERANDO:

Que habitualmente al conmemorarse fechas patrias, aniversarios o cualquier otro tipo de efemérides, surge la necesidad de efectuar los homenajes pertinentes;

Que en este sentido se incluyen tanto hombres y mujeres del campo nacional y popular, del deporte, la cultura y la medicina;

Que a modo de ejemplo podemos citar los nombres de Raúl Ricardo Alfonsín, Eva Duarte de Perón, Juan Domingo Perón, Leandro Nicéforo Alem, Oscar Eduardo Alende, Oscar Bidegain, Alfredo Palacios, Arturo Martín Jauretche, Jorge Luis Borges, Julio Cortazar, Raúl Scalabrini Ortiz, Roberto Fontanarrosa, René Favaloro, entre otros;

Que independientemente de toda subjetividad, no se puede dejar de reconocer la trascendencia de la obra que cada una de estas personas ha tenido durante su vida en el campo en el que se han desarrollado;

Que resulta fundamental la participación del Intendente Municipal, como máxima autoridad institucional, del Presidente del Honorable Concejo Deliberante, de miembros del Ejecutivo y de los señores concejales, conforme a la legítima representación de cada sector, a los consejeros escolares, como así miembros de organizaciones no gubernamentales y vecinos en general;

Que crear una comisión de homenaje permanente permitirá mantener viva la memoria colectiva y conformar puntos de acuerdo que conlleven a la conformación de nuestra idiosincrasia;

POR ELLO:

Los concejales del Bloque Todos por Brown elevan a consideración del Cuerpo el siguiente

PROYECTO DE ORDENANZA

Artículo 1º: Crease la Comisión de Homenaje Permanente a hombres y mujeres del pensamiento Nacional y Popular, del deporte, la cultura y la medicina, cuyo objeto sea el de efectuar los reconocimientos pertinentes a personalidades distinguidas en estos ámbitos.

Artículo 2º: La misma estará integrada por el Intendente Municipal, el Presidente del Concejo Deliberante, representantes del Ejecutivo y el Deliberativo local, miembros del Consejo Escolar, miembros de organizaciones no gubernamentales, y miembros de la sociedad civil.

Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo dictará su ejecutividad y reglamentará la presente en un plazo que no exceda los 60 (sesenta) días corridos a partir de su promulgación.

Artículo 4º: De forma.
Mario Fuentes - Ivanna Rezano.
Estado parlamentario: APROBADO. Ordenanza Nº 9075.

Presupuesto participativo 2010

ALMIRANTE BROWN, septiembre de 2009


VISTO:

Los plazos establecidos en la Ley Orgánica para la presentación del Presupuesto 2010 en este Honorable Concejo Deliberante, y;

CONSIDERANDO:

Que en octubre del 2008 fue presentado en este Cuerpo un proyecto de Ordenanza para la implementación del presupuesto participativo;

Que desde diferentes sectores sociales y políticos se ha planteado la propuesta del presupuesto participativo como una herramienta que acerque el Estado Municipal a los/as vecinos/as, como forma genuina de participación ciudadana;

Que el hecho de incorporar la participación ciudadana en la toma de decisiones en una gestión local significa otorgarle a la misma eficiencia y eficacia, además de dotarla de mayor transparencia;

Que el mecanismo de la participación ciudadana en los asuntos de un estado, se encuentra asimismo estrechamente vinculado a los conceptos de democracia y de gobernabilidad, siendo que, precisamente, un régimen democrático necesariamente implica como correlato la existencia de mecanismos de participación en el ejercicio del poder y en los asuntos públicos;

Que este mecanismo, se constituye en un esquema de acción que tiene relación directa con las necesidades y aspiraciones humanas, proyectadas en la capacidad de las personas de poder darle un marco de contención y a la vez de satisfacción a esas necesidades;

Que de ello se desprende la idea de que el acto de participar no implica únicamente tomar parte en algo determinado o ser consultado sobre alguna cuestión ya decidida, sino que participar se traduce en un criterio mucho mayor, abarcando el hecho de intervenir desde la propia iniciativa con una visión clara de los objetivos a desarrollar;

Que el presupuesto municipal representa el elemento de gestión de mayor importancia para las Administraciones Públicas y se constituye en la herramienta fundamental de un programa de gobierno, que comprende aspectos económicos y sociales, y que se pone en marcha tratando de cubrir las demandas de la población;

Que dicha herramienta debe adecuarse a las características y necesidades de la comunidad, estableciendo los criterios por los cuales se asignan recursos y se determinan gastos, siendo que por su intermedio se posibilita lograr los objetivos trazados en el plan de gobierno en un período determinado, en la búsqueda de satisfacer las demandas colectivas;

Que es la propia comunidad la que conoce de cerca las diversas necesidades y prioridades de cada lugar, y por ese motivo tienen una visión específica acerca de las demandas a satisfacer;



Que estas circunstancias dejan en claro el hecho trascendente que constituye el rol de la participación de la ciudadanía en la elaboración del presupuesto, las necesidades sentidas por los ciudadanos y la búsqueda de soluciones a sus reclamos, que deben ser la premisa que empuje el proceso y lo dinamice;

Que bajo esta perspectiva, el mecanismo de Presupuesto Participativo se ha convertido en un tema central de debate en el ámbito de la política local, no sólo en la República Argentina sino en otros países del mundo;

Que en este sentido, se entiende prioritario que el Gobierno Municipal de Almirante Brown comience a analizar y buscar los mecanismos que permitan la implementación de esta herramienta fundamental que hace a la participación ciudadana;

Que sin duda el armado de las redes sociales y comunitarias, y la puesta en marcha de esta metodología lleva un tiempo prudencial para que se desarrolle de manera tal de poder lograr los resultados deseados, y pueda sostenerse en el tiempo;

POR ELLO:

Los concejales del Bloque Todos por Brown elevan a consideración del Cuerpo el siguiente

PROYECTO DE RESOLUCION

Artículo 1º: Dirigirse al Departamento Ejecutivo Municipal haciéndole saber que este Honorable Concejo Deliberante vería con agrado la inclusión en el Presupuesto 2010 de una partida destinada a la implementación del Presupuesto Participativo, siendo su facultad determinar la metodología y forma de aplicación de esta instancia de participación ciudadana.

Artículo 2º: De forma.
Ivanna Rezano - Mario Fuentes.
Estado parlamentario: en tratamiento en la comisión de Hacienda, presupuesto e Impuesto.

Declaración de Interés Municipal de Recitrónico

ALMIRANTE BROWN, septiembre de 2009

VISTO:

La realización del proyecto “Recitrónico”, desarrollado por los alumnos de Sexto año de la Escuela Primaria Nº 42 de Claypole, partido de Almirante Brown, y;

CONSIDERANDO:

Que el mismo tiene como objetivo el tratamiento de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, conocidos como R.A.E.E.s;

Que los RAEEs son desechos eléctricos y electrónicos que se originan cuando finaliza la vida útil de los equipos, entre los cual se destacan: equipos informáticos (computadoras, notebooks, monitores, teclados, mouse); equipos de conectividad (decodificadores, módems, hubs, switches, posnets, etc); equipos de impresión (impresoras, copiadoras, etc.); equipos de telefonía fija y celular (teléfonos, celulares, centrales telefónicas, faxes, télex); equipos de audio y video (equipos de música, video caseteras, DVD, etc);
Que todos estos aparatos tienen un ciclo de vida y, tarde o temprano, quedan obsoletos o se transforman en “chatarra electrónica”, donde el destino más probable en nuestro país, será la disposición final en rellenos sanitarios, en el mejor de los casos, o en basurales;
Que es importante destacar que parte de estos residuos, poseen componentes considerados potencialmente “peligrosos”, por lo que una vez desechados inadecuadamente se transforman en residuos peligrosos (Anexo I de la Ley Nacional Nº 24.051 con características de peligrosidad del Anexo II de la misma norma); Que los RAEEs contienen, entre otros contaminantes, metales pesados como cadmio, plomo y níquel, además de mercurio y plásticos bromados. Durante su vida útil, estos componentes son inofensivos, ya que están contenidos en placas, circuitos, conectores o cables pero al ser desechados, que reaccionan con el contacto del agua y la materia orgánica, liberando tóxicos al suelo y a las fuentes de aguas subterráneas. Debido a su carácter no biodegradable, estos desechos atentan contra el ambiente y la salud de los seres vivos;

Que en virtud de lo expuesto, y partiendo de la hipótesis que la comunidad desconoce el tratamiento que se debe realizar con los RAEEs y por tanto se los desecha sin el debido cuidado, los alumnos de sexto año de la EP Nº 42 iniciaron el proyecto “Recitrónico”;

Que el mismo ha sido elaborado con el apoyo técnico de la Agencia de Política Ambiental y Desarrollo Sustentable del Gobierno Municipal de Almirante Brown;

Que dicho proyecto participó de la Feria Regional de Actividades Científicas y Tecnológicas Juveniles (ACTJ), donde compitió con otros de escuelas secundarias, y obtuvo el primer puesto;

Que la iniciativa tiene la finalidad concreta de informar, prevenir, y concienciar a la población acerca de cómo desechar los residuos, ayudando a cuidar el medio ambiente;

Que los alumnos han presentado una propuesta para que el HCD sancione una ordenanza que regule el desecho de los RAEEs en el ámbito del partido de Almirante Brown;

Que dicha propuesta ha sido recogida con satisfacción, y ha dado lugar a la elaboración del proyecto pertinente;

Que independientemente de ello, se considera apropiado reconocer el notable trabajo desarrollado por los alumnos, destacando su compromiso con la sociedad y el medio ambiente, por lo cual es dable destacar su labor, para que trascienda el nivel escolar y sea conocido por la comunidad del partido;
Que para ello, se procede dentro de lo establecido por la Ordenanza Municipal Nº 4023;

POR ELLO:

Los concejales del Bloque Todos por Brown elevan a consideración del Cuerpo el siguiente

PROYECTO DE ORDENANZA

Artículo 1º: Declarase de Interés Municipal la labor pedagógica y didáctica realizada por los alumnos de Sexto año de la Escuela Primaria Nº 42 de Claypole, partido de Almirante Brown, para la información, prevención y concientizacion acerca del tratamiento y desecho de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAAEs), en el marco del proyecto “Recitrónico”.

Artículo 2º: Comuníquese a la Agencia de Política Ambiental y Desarrollo Sustentable del Gobierno Municipal de Almirante Brown, y al Consejo Escolar local.

Artículo 3º: De forma.
Mario Fuentes - Ivanna Rezano.
Estado parlamentario: APROBADO. Ordenanza Nº 9074.

Reciclaje de residuos electrónicos

ALMIRANTE BROWN, septiembre de 2009

VISTO:

La reunión efectuada por miembros de esta banca con alumnos, docentes y directivos de la Escuela Primaria Nº 42, de Claypole, y;

CONSIDERANDO:

Que durante la misma se dio cuenta del trabajo que alumnos de sexto y quinto año de la Escuela realizaron con la problemática de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEEs), mediante el proyecto “Recitrónico”;

Que dicho proyecto fue ejecutado con el apoyo técnico científico de la Agencia de Política Ambiental y Desarrollo Sustentable del Gobierno Municipal de Almirante Brown;

Que el mismo obtuvo el primer puesto en la Feria Regional de Actividades Científicas y Tecnológicas Juveniles (ACTJ), donde compitió con otras iniciativas de escuelas secundarias, y consecuentemente viajarán a la ciudad de San Bernardo con este proyecto, para defenderlo y apoyarlo frente a otras regiones de la provincia;

Que el proyecto desarrollado tiene la finalidad de informar, prevenir y concienciar a la población acerca de cómo desechar los RAEEs, ayudando a cuidar el medio ambiente;

Que los RAEEs son desechos eléctricos y electrónicos que se originan cuando finaliza la vida útil de los equipos, entre los cual se destacan: equipos informáticos (computadoras, notebooks, monitores, teclados, mouse); equipos de conectividad (decodificadores, módems, hubs, switches, posnets, etc); equipos de impresión (impresoras, copiadoras, etc.); equipos de telefonía fija y celular (teléfonos, celulares, centrales telefónicas, faxes, télex); equipos de audio y video (equipos de música, video caseteras, DVD, etc);
Que todos estos aparatos tienen un ciclo de vida y, tarde o temprano, quedan obsoletos o se transforman en “chatarra electrónica”, donde el destino más probable en nuestro país, será la disposición final en rellenos sanitarios, en el mejor de los casos, o en basurales;
Que es importante destacar que parte de estos residuos, poseen componentes considerados potencialmente “peligrosos”, por lo que una vez desechados inadecuadamente se transforman en residuos peligrosos (Anexo I de la Ley Nacional Nº 24.051 con características de peligrosidad del Anexo II de la misma norma);
Que los RAEEs contienen, entre otros contaminantes, metales pesados como cadmio, plomo y níquel, además de mercurio y plásticos bromados. Durante su vida útil, estos componentes son inofensivos, ya que están contenidos en placas, circuitos, conectores o cables pero al ser desechados, que reaccionan con el contacto del agua y la materia orgánica, liberando tóxicos al suelo y a las fuentes de aguas subterráneas. Debido a su carácter no biodegradable, estos desechos atentan contra el ambiente y la salud de los seres vivos;

Que a raíz de estas consideraciones, el Gobierno Municipal de Almirante Brown dispuso la colocación de seis contenedores para la disposición de RAEEs;



Que los alumnos de la EP 42º, han elaborado y acercado una propuesta en el seno de este Honorable Cuerpo para que este sancione una ordenanza que regule el desecho de los RAEEs en el ámbito del partido de Almirante Brown, que se adjunta como anexo y se toma como modelo para la elaboración de este proyecto;

Que corresponde proceder de acuerdo a las facultades conferidas a este Cuerpo por la Ley Orgánica de las Municipalidades, y;

POR ELLO:

Los concejales del Bloque Todos por Brown elevan a consideración del Cuerpo el siguiente

PROYECTO DE ORDENANZA

Artículo 1º: Dispóngase la colocación de contenedores en puntos estratégicos del Municipio, en los Centros Comunales y en grandes mercados, para la disposición de Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEEs).

Artículo 2º: Los comercios de venta de artículos eléctricos y electrónicos que se radiquen en el partido de Almirante Brown, deberán colocar un cartel en el salón de ventas, en lugar muy visible, con letra clara, con una leyenda que oriente a los consumidores acerca del tratamiento, desecho y contaminación que produce este tipo de residuos.

Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo mediante la Agencia de Política Ambiental y Desarrollo Sustentable deberá efectuar una campaña publica, mediante los medios que considere y dentro de la factura de la tasa municipal, a fin de informar los lugares donde estos residuos deben disponerse correctamente y el grado de contaminación que provocan.

Artículo 4º: El Departamento Ejecutivo reglamentará la presente en un plazo que no exceda los 60 días corridos de su promulgación.

Artículo 5º: De forma.


Mario Fuentes - Ivanna Rezano.

Estado parlamentario: en tratamiento en la comisión de Ecología y Medio Ambiente.

martes, 15 de septiembre de 2009

Preocupación por el despido de trabajadores de la imprenta Guadalupe


Visto

La necesidad de que desde el Estado se trabaje para evitar despidos de trabajadores en función de su inclusión social.

Considerando

El despido de trabajadores de conocida imprenta Guadalupe, de la localidad de Rafael Calzada.

La crisis que apreció en nuestro país como consecuencia de la crisis económica internacional, así como de problemas nacionales.

La necesidad de que el Estado intervenga para evitar despidos de trabajadores y trabajadoras para que las familias no se encuentren en una situación vulnerable.

La firma del Convenio firmado recientemente por autoridades de nuestro Municipio con el Ministerio de Trabajo del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, por el cual se planteó la suspensión de despidos por 180 días.

El proyecto de Resolución sancionado por este Honorable Concejo Deliberante por el cual se propuso evitar despidos y suspensiones en el ámbito de nuestro Distrito.

Por ello, el Bloque de Concejales Todos por Brown eleva el siguiente Proyecto de

RESOLUCIÓN


Artículo 1: Manifiéstese preocupación por el despido de trabajadores de la imprenta Guadalupe de la Localidad de Rafael Calzada.

Artículo 2: Solicítese a la Delegación del Ministerio de Trabajo de Almirante Brown, tome intervención para evitar estos despidos en función del convenio firmado el 6 de Agosto del corriente año entre el Gobierno Municipal y el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires.

Artículo 3: Dé forma.
Ivanna Rezano - Mario Fuentes.
Estado parlamentario: APROBADO. Resolución Nº 91/09.

Imposición del nombre Isidro Tejada a calle de Claypole

Visto

La importancia de valorizar a los hombres y mujeres que aportaron a la construcción de nuestro distrito con solidaridad y trabajo.

Considerando

Que Isidoro Tejada fue un vecino del Barrio Santa Clara de la localidad de Claypole, nacido el 14 de septiembre de 1934 en la provincia de San Juan.

Que Tejada se radica en dicho barrio de la localidad de Claypole en el año 1969, junto a su familia compuesta por su madre y cuatro hermanos. Es en ese mismo lugar donde conoce a su pareja con quien forma una familia.
Que Isidoro Tejada fue fundador de la Sociedad de Fomento Santa Clara, de la cual fue presidente. Desde este espacio comunal, se juntó con otros vecinos para construir las veredas ya que el barrio no las tenía. También se organizaron para que se instale en el barrio la red de gas natural.

Cuando se comienza el loteo del barrio, Tejada junto a otros vecinos solicita a la empresa encargada de tal tarea dejen un espacio físico libre destinado a un centro deportivo. Esto se logra y al día de hoy, el barrio cuenta con un espacio verde donde se practican deportes cito a una cuadra de la Sociedad de Fomento Santa Clara.

Tejada formó parte del Partido Comunista, fue delegado de la Unión de Obreros de la Construcción (UOCRA). En el año 1976 donde se inicia la Dictadura Militar, fue secuestrado y torturado, los familiares lo dan por muerto hasta que es encontrado en las cercanías del actual puente sobre la Avenida Monteverde. Cuando es encontrado por gente de la zona, es llevado nuevamente al barrio Santa Clara.

Isidro Tejada fue un luchador, un vecinalista, que toda su vida trabajó para el bienestar de la comunidad. Sus vecinos lo recuerdan con cariño y como a un gran hombre. Dejó este mundo el 2 de noviembre del 2008.

Por ello, el Bloque de Concejales Todos por Brown eleva el siguiente proyecto de

ORDENANZA

Artículo 1: Impóngase a la calle Caraguati entre Humberto Primo y Catedral de la localidad de Claypole, el nombre de Isidro Tejada en homenaje a este vecino fallecido que tanto trabajó por el Barrio.

Artículo 2: Infórmese a las Secretarías de Gobierno e Infraestructura y Planificación.

Artículo 3: Realícese acto de imposición de nombre.

Artículo 4: Dé forma.
Ivanna Rezano - Mario Fuentes.
Estado parlamentario: en tratamiento en la comisión de Cultura y Educación.

Plan de Descentralización Municipal

Visto

La efectiva aplicación de políticas de descentralización en función de fortalecer un Estado presente.

Considerando

La extensión y gran cantidad de habitantes del distrito de Almirante Brown hacen que sea urgente y necesaria la implementación de un Plan de Descentralización del Estado Comunal.

La extensión total de nuestro distrito es de 12.933 hectáreas y el total de habitantes según el Censo Nacional del año 2001 es de 514.622, teniendo en cuenta que en los últimos años la población ha crecido notablemente.

Nuestro distrito se encuentra dividido en 12 localidades de desigual desarrollo por diferentes cuestiones históricas, económicas, sociales y políticas.

La presencia del Estado en cada localidad apunta a promover, proteger y desarrollar capacidades propias de cada zona, con su idiosincrasia, su perfil, y, sobre todo, sus necesidades.

El deterioro histórico que arrastra el Conurbano Bonaerense en general y nuestro distrito en particular, hace que existan profundas necesidades aun no satisfechas. Si bien el desarrollo como distrito depende del desarrollo del País en general y de las desiciones que se tomen en materia de políticas públicas para fomentar la inclusión y la igualdad, resulta de un gran aporte el rol activo del Estado Municipal.

Las transformaciones en la estructura productiva del país en las décadas anteriores han modificado la esencia misma de los Municipios: la gran crisis económica y social que atraviesa todavía a nuestro país han hecho que los barrios donde la mayor parte de la gente habita dejen de ser “lugares dormitorio” donde los vecinos volvían después de horas de trabajo, a ser espacios donde miles de personas permanecen la mayor parte de su tiempo.

Los Municipios en general pasan a tener un rol protagónico a la hora de aplicar políticas públicas. Y este fenómeno se ve profundizado en el Conurbano Bonaerense, donde reside la mitad de la población del país, con altos índices de pobreza e indigencia.

Las poblaciones urbanas se fueron transformando y los Municipios deben cumplir un rol de desarrollo de sus potencialidades. Los centros comerciales de cada localidad, por ejemplo, son potenciales espacios para el desarrollo productivo del distrito.

La promoción de las capacidades productivas del distrito se verá potenciadas por la mayor cercanía del Estado Municipal.

Por ello, el Bloque de Concejales Todos por Brown eleva el siguientes proyecto de




ORDENANZA

Artículo 1: Impleméntese el presenten Plan de Descentralización Municipal:

a- El Ejecutivo Comunal propiciará la creación de un ámbito para la coordinación del presente Plan de Descentralización Municipal.

b- Se propiciará y gestionará para que todos los Planes y Programas, sean del orden Nacional, Provincial o Municipal, se apliquen en cada localidad a través de los Centros Comunales y de la articulación con Instituciones activas de la sociedad civil.

c- En los Centros Comunales se desarrollarán las políticas públicas de todas las áreas de Gobierno: Las áreas de Salud, Desarrollo Social, Educación y Cultura, Infraestructura y Producción y Desarrollo contarán con representantes fijos en cada Centro Comunal.


d- Las otras áreas dependientes de cada Secretaría que sean de necesidad para vecinos y vecinas podrán tener atención rotatoria por cada Centro Comunal.


Artículo 2: Para el desarrollo del presente Plan de Descentralización será fundamental la sanción y aplicación de un Presupuesto Participativo, mediante el cual se logrará la participación de vecinos y vecinas en un aspecto del desarrollo de las políticas públicas.

Artículo 3: El Plan de Descentralización Municipal tendrá como objeto acercar a cada barrio todas las políticas públicas emanadas del Departamento Ejecutivo, para lo cual será indispensable la convocatoria a la participación ciudadana como método para:

-Apropiación por parte de los vecinos y vecinas de las acciones del Gobierno Municipal.

-Control de gestión por parte de la ciudadanía hacia el desarrollo de las políticas públicas.

-Desarrollo de iniciativas en articulación con organizaciones sociales, instituciones intermedias, empresas, escuelas, centros de salud, etc.

-Promoción de campañas de difusión acerca de las diferentes temáticas de interés general de manera transversal a todas las áreas del Gobierno Municipal.

Artículo 4:Para el desarrollo del presente Plan de Descentralización se convocará a la conformación de Consejos Barriales, los mismos se organizarán de la siguiente manera:

a-Los Consejos Barriales serán convocados desde los Centros Comunales e instituciones de la Comunidad y podrán ser integrados por todos los vecinos y vecinas de la zona que quieran hacerlo.

b-Los Consejos Barriales se reunirán periódicamente, con la temporariedad que se consensúe, para llevar adelante la articulación de todas las políticas que se desarrollen en el territorio.

c-Cada Consejo Barrial podrá decidir la temática prioritaria a desarrollar y, en base a eso, llevará a cabo la o las estrategias que crea más convenientes para el abordaje de esa temática.

Artículo 5: Se propiciará la metodología de trabajo de Abordaje Integral de las temáticas. Esto es, para el desarrollo de acciones en función de la temática que se quiera abordar se hará articulando con todas las áreas necesarias y que tengan relación con esa problemática. Para esto deberá darse una fluida comunicación entre las áreas pertinentes.

Artículo 6: Infórmese a las áreas correspondientes del Gobierno Municipal.

Artículo 7: Dé forma.
Ivanna Rezano - Mario Fuentes.
Estado parlamentario: en tratamiento en la comisión de Desarrollo Social, Salud y Deporte.

Rechazo a lo expresado por el Juez Federal Eduardo Vocos Conesa

ALMIRANTE BROWN, septiembre de 2009


VISTO:

El obituario publicado el fin de semana en un matutino porteño en memoria del ex carapintada Mohamed Ali Seineldín, firmado por el Juez de la Sala II de la Cámara Civil y Comercial Federal, Eduardo Vocos Conesa, y;

CONSIDERANDO:

Que la publicación expresa textualmente: “Rendimos el homenaje que la antipatria te niega. Te despedimos con palabras de José Antonio Primo Rivera: “Camarada, nada de un párrafo de gracias, simplemente gracias como corresponde al laconismo militar de nuestro estilo. Que Dios te dé el eterno descanso y a nosotros nos niegue ese descanso hasta que sepamos ganar para la Patria la cosecha que siembra tu muerte”. Para nosotros estarás siempre presente. Venceremos”;
Que el camarista civil Vocos Conesa utilizó una cita textual de un escrito de José Antonio Primo de Rivera para publicar el obituario en honor a Seineldín, el ex militar que falleció la semana pasada;
Que José Antonio Primo de Rivera fue un político fascista español, nacido en Madrid en 1903, fundador de la Falange, atraído por los modelos de Mussolini y Hitler, a quienes admiraba y visitó en sus respectivos países. Fue precisamente en la inauguración de su fuerza que pronunció la frase elegida por el juez;

Que el movimiento impulsado por Rivera nació como consecuencia de la desconfianza que sentía por los métodos democráticos y con la finalidad de imponer un nuevo Estado totalitario y corporativo; además de la citada, se lo recuerda por algunas frases como:-"Ya es hora de acabar con la idolatría electoral. Las muchedumbres son falibles como los individuos, y generalmente yerran más. La verdad es la verdad (aunque tenga cien votos). Lo que hace falta es creer en ella e imponerla, contra los menos o contra los más"-"No confío en el voto de la mujer. Más no confío tampoco en el voto del hombre. La ineptitud para el sufragio es igual para ella que para él. Y es que el sufragio universal es inútil y perjudicial a los pueblos".
-"La Patria es una síntesis trascendente con fines propios que cumplir; y nosotros lo que queremos es que el movimiento de este día, y el Estado que cree, sea el instrumento eficaz, autoritario, al servicio de una unidad indiscutible, de esa unidad permanente, de esa unidad irrevocable que se llama Patria";
Que llama la atención que un magistrado utilice públicamente vocabulario e ideología que claramente no se condice con el sistema democrático y muchos menos con las ideas vigentes en nuestra época;

Que el homenajeado por Vocos Conesa, funcionario de las instituciones democráticas, resulta ser un ex militar golpista que intentó asaltar el poder en 1988 en medio de una masacre;

Que el polémico magistrado recibió anteriormente "la mayor sanción disciplinaria" que se puede aplicar antes de la destitución luego de insultar a familiares de las víctimas de la denominada "masacre de Las Palomitas", perpetrada en la última dictadura militar;


Que con estos antecedentes es poco probable que el magistrado cumpla su responsabilidad de administrar justicia basándose en los preceptos que nuestra Constitución establece;

Que a raíz de los dichos, el presidente del Observatorio de la Justicia Argentina, Beinusz Szmukler, reclamó una "acción rápida" del Consejo de la Magistratura para analizar la remoción del camarista;

Que esta banca de concejales rechaza enérgicamente la publicación efectuada por este juez, y considera esencial efectuar las acciones que sean necesarias para determinar la remoción del mismo;

POR ELLO:

El Bloque de Concejales Todos por Brown eleva a consideración del Cuerpo el siguiente

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

Artículo 1º: Dirigirse al Consejo de la Magistratura de la Nación haciéndole saber que este Honorable Concejo Deliberante vería con agrado se arbitren las acciones conducentes para determinar la remoción del Juez de la Sala II de la Cámara Civil y Comercial Federal, Eduardo Vocos Conesa, conforme lo expuesto en los considerandos de la presente.

Artículo 2º: Expresar el enérgico rechazo de este Cuerpo ante lo expresado por el magistrado en el obituario publicado el fin de semana en un matutino porteño en memoria del golpista Mohamed Ali Seineldín.

Artículo 3º: Elévese copia al presidente del Observatorio de la Justicia Argentina, Beinusz Szmukler.

Artículo 4º: De forma.
Mario Fuentes - Ivanna Rezano.
Estado parlamentario: APROBADO. Minuta de Comunicación N° 11/09.

Declaración de Interes Municipal de la Marcha Mundial por la Paz y la No-Violencia

ALMIRANTE BROWN, septiembre de 2009

VISTO:

La Ordenanza Municipal Nº 4023, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la misma se establecen las determinaciones para la Declaración de Interés Municipal;

Que el 2 de octubre de 2009, (aniversario del nacimiento de Mahatma Gandhi, fecha declarada por las Naciones Unidas como “Día Internacional de la No-Violencia”), en Wellington Nueva Zelanda, se iniciará la Marcha Mundial por la Paz y la No-Violencia, que finalizará en Punta de Vacas, Aconcagua, Argentina, el 2 de enero de 2010;

Que el objetivo central de la misma consiste en crear conciencia sobre la no violencia, proponiendo además el desarme nuclear a nivel mundial; el retiro inmediato de las tropas invasoras de los países ocupados; la reducción progresiva y proporcional del armamento convencional; la firma de tratados de no agresión entre países; y la renuncia de los gobiernos a utilizar las guerras como medio para resolver conflictos;

Que a su paso por las ciudades se realizarán todo tipo de foros, encuentros, festivales, conferencias y eventos, de acuerdo a cada lugar, y además se prevé la participación virtual a través de Internet;

Que la Marcha es una propuesta de movilización social sin precedentes, impulsada por el Movimiento Humanista a través de uno de sus organismos “Mundo sin Guerras”, y ha suscitado la adhesión de miles de personas, agrupaciones pacifistas y no violentas, diversas instituciones, personalidades del mundo de la ciencia, de la cultura y de la política sensibles a la problemática;

Que la verdadera fuerza de esta marcha nace del acto sencillo de quien por conciencia adhiere a una causa digna y la comparte con otros, por lo cual desde nuestro lugar de representantes consideramos fundamental avalar esta propuesta que pretende crear conciencia global de la necesidad de una verdadera Paz y el repudio hacia todo tipo de violencia,

Que en este sentido y en el marco de nuestro ámbito es posible realizar charlas, debates, conferencias o exposiciones que vayan en tal sentido;

POR ELLO:

El bloque de concejales Todos por Brown eleva a consideración del Cuerpo el siguiente

PROYECTO DE ORDENANZA

Artículo 1º: Declarase de Interés Municipal la Marcha Mundial por la Paz y la No-Violencia, que se iniciará el 2 de octubre de 2009, aniversario del nacimiento de Mahatma Gandhi, fecha declarada por las Naciones Unidas como “Día Internacional de la No-Violencia”, en Wellington Nueva Zelanda, y finalizará en Punta de Vacas, Aconcagua, Argentina, el 2 de enero de 2010.

Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo, mediante la Subsecretaría de Educación y la Subsecretaría de Cultura, dentro de los alcances técnicos y presupuestarios, podrá disponer la realización de charlas, conferencias, exposiciones u otro, sobre la temática abordada en la presente.

Artículo 3º: De forma.
Mario Fuentes - Ivanna Rezano.
Estado parlamentario: APROBADO. Ordenanza N° 9063.

Asignación a la niñez y adolescencia

Visto

La situación de riesgo en la que se encuentran miles de niños y niñas de Almirante Brown.

Considerando

Que el Consejo Consultivo Provincial de Políticas Sociales de la Provincia de Buenos Aires que se venía llevando adelante a partir de la iniciativa del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia, produjo como materiales para el desarrollo de políticas públicas distintos instrumentos que grafican la grave situación que atraviesa a la niñez, la adolescencia y la juventud de la Provincia.

Que en estos documentos se manifiesta que en Almirante Brown hay 69.801 niños/as menores de 6 años, de los cuales 36.506 viven en hogares cuyos padres tienen trabajo en blanco con salario familiar, 6.638 son incluidos en el Plan Familias del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, y que son 26.657 los niños y niñas de nuestro distrito cuyos padres no tienen trabajo formal, no reciben pensión o jubilación ni están contenidos en ningún tipo de plan social.

Que en la Provincia de Buenos Aires se ha empezado, aunque lentamente, a implementar un plan llamado Derecho Garantizado para la Niñez, a través del cual se pensaba llegar a la totalidad de niños y niñas menores de 6 años de la Provincia de Buenos Aires antes del 31 de Diciembre del 2011.

Que dicho Derecho Garantizado a la Niñez prevé la asignación de un subsidio para las familias sin trabajo formal ni otros ingresos para poder cubrir las necesidades básicas de los niños y niñas.

Que es necesario profundizar esta política que tiene a Almirante Brown como uno de los distritos donde se implementaría en una segunda etapa, según datos difundidos por el propio Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia.

Que desde diferentes organizaciones sociales y políticas de nuestro distrito se está realizando una campaña para solicitar al Ejecutivo Provincial que se ponga en marcha una asignación universal por hijo/a para todos los que no tienen otro tipo de ingreso familiar.

Por ello, el Bloque de Concejales Todos por Brown eleva el siguiente proyecto de


RESOLUCIÓN

Artículo 1: Solicítese al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires la implementación en nuestro distrito una asignación por hijo/a para los niños/as de familias sin ningún tipo de ingreso estable.

Artículo 2: Comuníquese a las Secretarías de Desarrollo Social, Salud, Gobierno y Hacienda del Gobierno Municipal.

Artículo 3: De forma.
Ivanna Rezano - Mario Fuentes.
Estado parlamentario: en tratamiento en la comisión de Desarrollo Social, Salud y Deporte.

Creación de Foros de Seguridad en Almirante Brown

Visto

La creciente problemática que afecta a vecinos y vecinas de toda la Provincia de Buenos Aires, en particular a nuestro distrito de Almirante Brown, de la inseguridad social.

Considerando

Que la Ley 12.154 de Seguridad Pública plantea la creación de Foros Vecinales de Seguridad.

Que las políticas públicas que proponen su implementación a través de herramientas de participación ciudadana han resultado eficaces con una fuerte presencia del Estado y las Instituciones.

Que las experiencias llevadas adelante por estos Foros Vecinales de Seguridad en distintos puntos de la Provincia de Buenos Aires han resultado positivas para la implementación de políticas de prevención y control en materia de seguridad social.

Que los Foros Vecinales de Seguridad deben ser convocados en el ámbito de cada comisaría del distrito.

Que es importante dar a las áreas del Estado una dinámica de constante convocatoria a la participación ciudadana con el fin de que vecinos y vecinas tengan en sus manos herramientas para prevenir y controlar el delito.

Que la nombrada Ley dispone la convocatoria a todas las instituciones y organizaciones de la Comunidad para que participen en dichos Foros Vecinales a través de los representantes que estas designen.

Que la citada Ley 12.154 prevé la creación del Foro de Seguridad Municipal, integrado por la máxima autoridad del Municipio, es decir el Intendente, los integrantes del Concejo Deliberante local y los miembros de las Instituciones inscriptas para participar en los Foros Vecinales de Seguridad.

Que es importante que todos quienes tienen responsabilidades en áreas del Estado tomen esta problemática en sus manos para evitar, prevenir y controlar situaciones que causen perjuicio a la ciudadanía.

Por ello, el Bloque de Concejales Todos por Brown eleva el siguiente proyecto de

ORDENANZA

Artículo 1: Créese en el ámbito del Partido de Almirante Brown el Foro Municipal de Seguridad y los Foros Vecinales de Seguridad.

Artículo 2: Convóquese a todos los miembros del Honorable Concejo Deliberante, y hágase una convocatoria pública para que se inscriban para el fin dispuesto en el Artículo 1, todas las instituciones y organizaciones de la Comunidad.

Artículo 3: Comuníquese a las áreas del Gobierno Comunal correspondientes.

Artículo 4: Convóquese con el fin de ejecutar la presente Ordenanza a la Jefatura distrital de la Policía de la Provincia de Buenos Aires.

Artículo 5: Dé forma.
Ivanna Rezano - Mario Fuentes.
Estado parlamentario: en tratamiento en la comisión de Seguridad.

miércoles, 2 de septiembre de 2009

Calle Doctor Raúl Alfonsín

ALMIRANTE BROWN, agosto de 2009

VISTO:

Las atribuciones y deberes otorgados a este Concejo Deliberante por el artículo 27º inciso 4 de la LOM, y;

CONSIDERANDO:

Que en virtud del mismo corresponde a este Órgano reglamentar la imposición de nombres a las calles y a los sitios públicos;

Que en ello deben tenerse presente diversos parámetros que hacen a la calidad y arquetipo de Municipio que pretendemos establecer para nuestras generaciones venideras;

Que en este sentido, se considera propicio y axiomático el hecho de designar con el nombre de Raúl Ricardo Alfonsín a una importante arteria de nuestro partido, como reconocimiento a la figura del abogado y estadista que resulta primer presidente de la Democracia posterior al proceso dictatorial más feroz de la historia de nuestro País, fallecido el 31 de marzo de 2009;

Que Alfonsín fue elegido como presidente de la Nación el 30 de octubre de 1983 con el 52,4 % de los votos, cargo que asumió el 10 de diciembre de ese año. Antes de llegar a la primera magistratura había ocupado los cargos de: Concejal por el partido de Chascomús, diputado por la provincia de Buenos Aires y diputado de la Nación. A posterior de su gobierno fue elegido Convencional Nacional Constituyente (1994) y Senador de la Nación (2001);

Que la figura del ex presidente, Ciudadano Ilustre de la provincia de Buenos Aires, trasciende toda bandería partidaria y resulta uno de los mayores íconos del pensamiento nacional y popular. Al mismo tiempo es un claro exponente en la lucha por el afianzamiento de la democracia;

Que no puede dejar de reconocerse su defensa irrenunciable a la lucha por los Derechos Humanos y su compromiso inclaudicable en pos de un país mejor;

Que su compromiso por la Democracia y los derechos humanos fue de toda su vida, fundó el diario el imparcial en Chascomús en 1955 y fue encarcelado por la tristemente célebre “Revolución Libertadora”, también fue apresado el 17 de noviembre de 1966 por el gobierno del dictador Juan Carlos Onganía a causa de reabrir un comité partidario;

Que fue Fundador de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) en 1976;

Que se trató de uno de los pocos dirigentes políticos argentinos que se opuso a la acción militar en las Islas Malvinas, al sostener que su finalidad era lograr el fortalecimiento de la dictadura y exigió al gobierno militar que proveyera información verídica sobre la marcha del conflicto;

Que bajo su gobierno, la Argentina fue el único país que juzgó a sus dictadores, en el recordado “Juicio a las Juntas”, al mismo tiempo que decretó la creación de la Comisión Nacional por la Desaparición de Personas (CONADEP);

Que además firmó el tratado de paz y amistad con la República hermana de Chile después de años de desencuentros y amenazas previas de guerra en recientes tiempos de dictadura;
Que en reconocimiento a su fecunda política internacional recibió importantes distinciones como el premio príncipe de Asturias por su cooperación internacional, y la medalla de oro de UNICEF, entre otros;

Que impulsó la ley de Divorcio, iniciada por estrategia política del propio Alfonsín en el Congreso y promulgada en 1987 por el Poder Ejecutivo, que significó el aporte a un sinceramiento moderno y laico;

Que promovió el Mercado Común del Sur (MERCOSUR) junto al presidente de Brasil, Tancredo Neves, a principios de 1985. Al fallecer Neves, su sucesor José Sarney firma con Alfonsín el tratado de Foz de Iguazú e invitan a participar a los otros países de la Región Sur, Uruguay, Paraguay y Chile;

Que el gobierno de Alfonsín instrumentó un Plan Nacional de Alfabetización (PNA) diseñado por la profesora Nélida Baigorria. Al asumir el gobierno los datos del censo de 1980 indicaban un analfabetismo de 6,1%. En el censo de 1991 el analfabetismo se había reducido a 3,7%, porcentaje similar al que registran España y Canadá.[ ]En 1988, el PNA de Argentina recibió el premio otorgado por la Asociación Internacional de Lectura de la UNESCO;

Que ni bien llegado al gobierno, reorganizó las universidades nacionales bajo los principios de la Reforma Universitaria, básicamente garantizando la autonomía universitaria plena, el cogobierno entre docentes, estudiantes y graduados y la gratuidad de los estudios de grado;

Que implementó el “Plan Alimentario Nacional” (PAN), que se hizo conocido por su Cajas PAN, como solución de emergencia para afrontar el hambre y la pobreza reinante en el país heredado por la dictadura;

Que desde su visión de estadista y su vocación federal, El 16 de abril de 1986, Raúl Alfonsín dio desde los balcones del ministerio de economía de la provincia de Río Negro un efusivo discurso donde invitaba a los argentinos a "avanzar hacia el sur, hacia el mar y hacia el frío" y donde anunciaba el traslado de la Capital Federal al área patagónica integrada por las ciudades de Carmen de Patagones (en la Provincia de Buenos Aires), Viedma y Guardia Mitre (ambas en la provincia de Río Negro). Se trataba de un ambicioso proyecto, el cual es conocido como Proyecto Patagonia, cuyo fin era descentralizar el poder político y económico del país, excesivamente concentrado en el Gran Buenos Aires, promoviendo también el poblamiento de la Patagonia;
[]
Que fue artífice de la Reforma Constitucional de 1994, donde desde su banca de convencional constituyente promovió iniciativas fundamentales como la ampliación de la Corte Suprema de Justicia, la creación del Consejo de la Magistratura, la ley de Hábeas Data, la creación de la figura del Jefe de Gabinete y la elección directa de los senadores nacionales. Promocionó también el cumplimiento del pacto de San José de Costa Rica y los acuerdos sobre los derechos del Niño;

Que fundó entre otros, el Movimiento de Renovación y Cambio por el cual jóvenes radicales pretendían conducir la Unión Cívica Radical, después de persistentes comicios internos, triunfaron. Así fue que Alfonsín llegó al cargo Presidente del Comité Provincial y a posterior del Comité Nacional partidario. Gracias al estilo que imprimió en su conducción política, se lo designó vicepresidente primero de la Internacional Socialista;

Que al momento de analizar la implementación de una medida de esta índole, se considera que debe efectuarse en un lugar que resulte apropiado para tal reconocimiento;
Que la calle Roca, lindante a la estación ferroviaria de la ciudad de Burzaco, perpetra el nombre de una de las figuras más polémicas de la historia argentina, a la que se recuerda como el responsable del aniquilamiento de millares de indígenas en la Patagonia y en el Chaco, por lo que muchos historiadores no dudan en calificarlo de genocida;

Que es un reconocimiento a un ciudadano por su compromiso moral, político y social, cuestión esta que supera todo lo que riñe con consideraciones técnicas de sus obras;

Que la calle Roca abarca un trayecto que va desde la Av. Monteverde hasta la Av. Hipólito Yrigoyen;

Que cambiar el nombre de esta arteria va en sintonía con lo expuesto en los párrafos precedentes en cuanto al modelo de Municipio que pretendemos establecer para nuestras generaciones venideras;

Que ello además en el marco estratégico de un Municipio ordenando, con valores sociales establecidos y acentuados, que se preserven más allá del signo político al que toque gobernar;

POR ELLO:

Los concejales abajo firmantes elevan al Cuerpo para su consideración y tratamiento el siguiente

PROYECTO DE ORDENANZA

Artículo 1º: Depóngase el nombre “Roca”, a la calle lindera a la estación ferroviaria de la Ciudad de Burzaco, en toda su trayectoria que abarca desde la Av. Monteverde hasta la Av. Hipólito Yrigoyen, e impóngase a la misma el nombre de “doctor Raúl Ricardo Alfonsín ”, conforme a los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente.

Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos que mediante el/las área/s correspondiente/s efectué las acciones conducentes para la correcta aplicación y puesta en vigencia de la presente, que incluya la comunicación a los frentistas, señalización de la arteria, comunicación a los entes públicos y privados, municipales, provinciales y/o nacionales, que resultare menester.

Artículo 3º: Establézcase el 10 de diciembre en la celebración del vigésimo sexto aniversario de regreso a la democracia, como fecha simbólica para la redenominación de la arteria; ocasión en la que deberá además disponerse la colocación de un busto alusivo al ex presidente Alfonsín.

Artículo 4º: De forma.
Mario Fuentes - Mariano San Pedro - Eduardo Fabiani - Ivanna Rezano - Alejandro Torres - Ramón Valdez.
Estado Parlamentario: en tratamiento en la Comisión de Cultura y Educación.