viernes, 16 de octubre de 2009

Mercedes Sosa en la Comisión de Homenaje Permanente

ALMIRANTE BROWN, octubre de 2009

VISTO: La sanción de la Ordenanza Municipal Nº 9075, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la misma se crea la Comisión de Homenaje Permanente a hombres y mujeres del pensamiento Nacional y Popular, del deporte, la cultura y la medicina, cuya finalidad será la de efectuar los reconocimientos pertinentes a personalidades distinguidas en estos ámbitos;

Que entre las personalidades a distinguir se citaron los nombres de Raúl Ricardo Alfonsín, Eva Duarte de Perón, Juan Domingo Perón, Leandro Nicéforo Alem, Oscar Eduardo Alende, Oscar Bidegain, Alfredo Palacios, Arturo Martín Jauretche, Jorge Luis Borges, Julio Cortazar, Raúl Scalabrini Ortiz, Roberto Fontanarrosa y René Favaloro;

Que el domingo 4 de octubre pasado murió la cantante y símbolo de la cultura popular Argentina, Mercedes Sosa;

Que “La Negra” como se la conocía popularmente, es una – sino la mejor - cantante que ha dado el país, ícono de la canción latinoamericana y famosa en todo el mundo por su inconfundible voz, contaba con más de cuarenta años de trayectoria y cuarenta álbumes editados;
Que a lo largo de los años se la vio en el escenario junto a artistas internacionales como Luciano Pavarotti, Sting, Lucio Dalla, Nana Mouskouri, Joan Baez, Andrea Bocelli, Silvio Rodríguez, Alfredo Kraus, Pablo Milanés, Milton Nascimento, Caetano Veloso, Chico Buarque, Gal Costa, Gian Marco, Konstantin Wecker, Nilda Fernández, Pata Negra, David Broza, Luz Casal, Cecilia Todd, Ismael Serrano entre otros; también en diversas oportunidades, con músicos argentinos de la talla de Atahualpa Yupanqui, Charly García, Roberto Goyeneche, Ariel Ramírez, Fito Páez, León Gieco, Víctor Heredia, Pedro Aznar, Antonio Tarragó Ros, Alberto Cortez, Los Chalchaleros, Piero, Teresa Parodi, Rodolfo Mederos David Lebón, Julia Zenko, etc;
Que de los reconocimientos que ha recibido sobresale el Gran Premio CAMU-UNESCO 1995, otorgado por el Consejo Argentino de la Música y por la Secretaría Regional para América Latina y el Caribe, del Consejo Internacional de la Música de la UNESCO, el Martín Fierro 1994 al mejor show musical en televisión; también el Premio de la UNIFEM, organismo de las Naciones Unidas que la distinguió por su labor en defensa de los derechos de la mujer; Konex de Platino 1995 a la Mejor Cantante Femenina de Folklore y Konex de Brillante a la Mejor Artista Popular de la Década. También recibió otra distinción, esta vez del Consejo Interamericano de Música de la Organización de los Estados Americanos (OEA); ese año fue además incluida por la Secretary-General United Nations Politic World Conference on Women, en la colección discográfica denominada Global Divas;
Que fue condecorada con honores en el año 2005 por el "Honorable Senado de la Nación Argentina" con el premio "Sarmiento" en reconocimiento a su trayectoria artística, su compromiso social y su constante lucha en materia de Derechos Humanos. Así también se alzó con varias estatuillas en los Grammy Latinos y los Premios Gardel. En el año 2008 fue nombrada embajadora cultural de Mendoza junto al grupo Karamelo Santo por el gobernador Celso Jaque; actualmente se desempeña como Embajadora de buena voluntad de la UNESCO para Latinoamérica y el Caribe;
Que en Almirante Brown tuvimos la satisfacción de recibir a Mercedes Sosa el 12 de diciembre de 2008, oportunidad en la que fue declarada Huésped de Honor del distrito;

Que sin lugar a duda, Mercedes Sosa debe recibir el justo homenaje que merece, por lo que resulta acorde incorporar su nombre a la lista de personalidades establecida en la Ordenanza Nº 9075;

POR ELLO:

El Bloque de Concejales Todos por Brown eleva a consideración del Cuerpo el siguiente

PROYECTO DE RESOLUCION

Artículo 1º: Dirigirse al Gobierno Municipal a fin de que se incorpore a la cantante Mercedes Sosa a la nómina de personalidades a reconocer por la Comisión de Homenaje Permanente creada mediante Ordenanza Nº 9075, en el marco de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo por dicha norma.

Artículo 2º: De forma.
Mario Fuentes - Ivanna Rezano.
Estado parlamentario: APROBADO.

Campaña de concientizacion sobre el uso de bolsas plásticas

ALMIRANTE BROWN, octubre de 2009

VISTO:

La Ley provincial 13868, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la misma se prohíbe en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires, el uso de bolsas de polietileno y todo otro material plástico convencional, utilizadas y entregadas por supermercados, autoservicios, almacenes y comercios en general para transporte de productos o mercaderías, los cuales deberán ser progresivamente reemplazados por contenedores de material degradable y/o biodegradable que resulten compatibles con la minimización de impacto ambiental;

Que esta norma fue sancionada en septiembre de 2008, con diferentes plazos para su aplicación, los que comenzarán a regir durante el presente mes; además prevé la realización de campañas de difusión y concientizacion sobre el uso racional del material no degradable y/o no biodegradable, para el envase y contención de los productos comercializados en dichos establecimientos;

Que consecuentemente se invita a otras empresas relacionadas con la comercialización de productos a adecuarse a las exigencias de la Ley, y se establece la necesidad de informar y capacitar a los destinatarios de esta Ley sobre las posibles alternativas que pueden sustituir a los envases de plástico no degradables y/o no biodegradables, asistiéndolos de forma gratuita ante sus requerimientos;

Que la Ley tiene como finalidad principal el cuidar el medio ambiente, generando conciencia sobre la importancia del cuidado ambiental;

Que se trata de una cuestión cultural, que requiere de un trabajo progresivo que permita una modificación sustancial de los usos y costumbres habituales, por métodos saludables;

Que en ello debemos colaborar todos los sectores con representación institucional, política y/o social, a fin de alcanzar los objetivos propuestos;

POR ELLO:

Los concejales del Bloque Todos por Brown elevan a consideración del Cuerpo el siguiente

PROYECTO DE RESOLUCION

Artículo 1º: Diríjase al Departamento Ejecutivo Municipal haciéndole saber que este Honorable Concejo Deliberante vería con agrado se instrumente mediante la/las área/s correspondiente/s, por sí o en conjunto con el Gobierno de la provincia de Buenos Aires, una campaña de concientizacion sobre el uso racional del material no degradable y/o no biodegradable, para el envase y contención de los productos en establecimientos comerciales, en el marco de la Ley provincial 13868.

Artículo 2º: Solicitase al Departamento Ejecutivo prevea se realicen los controles correspondientes en grandes supermercados e hipermercados sobre la entrega de bolsas en los términos dispuestos en la ley.

Artículo 3º: A los fines de los objetivos propuestos póngase en conocimiento de la presente a la Cámara de Comercio y la Industria y al Centro de Almaceneros de Almirante Brown.

Artículo 4º: De forma.
Mario Fuentes - Ivanna Rezano.
Estado parlamentario: APROBADO.

martes, 6 de octubre de 2009

Apoyo a la nueva Ley de Radiodifusión

ALMIRANTE BROWN, septiembre de 2009

VISTO:

La impostergable necesidad de establecer una Ley de Radiodifusión que reemplace a la Ley de la dictadura todavía vigente, y;

CONSIDERANDO:

Que desde hace años se plantea en nuestro país la necesidad de establecer una nueva Ley que regule la comunicación, en reemplazo de la Ley de la dictadura, bajo el convencimiento que no es posible el afianzamiento de la democracia política sin democratización de la comunicación;

Que de hecho del año 1983 a la fecha se han presentado más de 70 (setenta) proyectos sobre este tema, y sin embargo la discusión se ha postergado reiteradamente;

Que en el año 2004 un grupo de organizaciones, agrupadas en la “Coalición por una Radiodifusión democrática”, entre las que se encuentran todos los gremios de trabajadores de la Comunicación, de la CGT y CTA, los organismos de defensa de Derechos Humanos, Madres y Abuelas de Plaza de Mayo, las Universidades Nacionales y sus Carreras de Comunicación o Ciencias de la Información o Periodismo, el movimiento Cooperativo, radios comunitarias y de pequeños y medianas empresas, además de numerosos movimientos sociales, se reunieron para comenzar a buscar consensos en torno a esta Ley;

Que luego de un análisis profundo, mesas de trabajo y debate, y búsqueda de consensos este conglomerado social estableció 21 puntos básicos para una nueva ley de radiodifusión;

Que estos puntos fueron tomados como fundamento para el proyecto de ley elaborado y presentado por el Gobierno de la Nación Argentina ante el Congreso Nacional;

Que dicho proyecto fue aprobado el 17 de septiembre pasado por la Cámara de Diputados, con pequeñas modificaciones en el texto original aportadas por diversos sectores, que no implicaron modificaciones de fondo, aunque sirvieron para aclarar la redacción de algunos artículos que se prestaban a interpretaciones disímiles; y girado al Senado;

Que se presenta una síntesis con los términos más sobresalientes de la nueva normativa:
1) Democratización y universalizaciónLa regulación de los servicios de comunicación audiovisual en todo el ámbito territorial de la Argentina y el desarrollo de mecanismos destinados a la promoción, desconcentración y fomento de la competencia tienen como fines el abaratamiento, la democratización y la universalización de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación. 2) Servicios de interés públicoSe considera a la comunicación audiovisual en cualquiera de sus soportes una actividad social de interés público, de carácter esencial para el desarrollo sociocultural de la población, por el que se exterioriza el derecho humano inalienable de expresar, recibir, difundir e investigar informaciones, ideas y opiniones sin ningún tipo de censura. 3) Órganos colegiadosSe crea la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, un órgano autárquico y descentralizado, que tiene como función la aplicación, la interpretación y el cumplimiento de la ley. Su directorio estará conformado por un presidente y un director designados por el Poder Ejecutivo, tres directores propuestos por la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual, correspondiendo uno a la primera minoría, uno a la segunda minoría y uno a la tercera minoría parlamentarias; y dos directores a propuesta del Consejo Federal de Comunicación Audiovisual. Existirá también un Consejo Federal cuyos miembros provinciales van a representar a los prestadores privados, a las emisoras universitarias, a los medios públicos y a los trabajadores de prensa. 4) Defensoría del Público de Servicios de Comunicación AudiovisualSe crea la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual, un organismo encargado de recibir y canalizar las consultas, reclamos y denuncias del público de la radio y la televisión. Será designado por resolución conjunta de los presidentes de ambas Cámaras. 5) Abono SocialLos servicios de televisión por cable deberán disponer de un abono social. Esta disposición atiende a que, en ciertos sitios, el prestador de servicio de radiodifusión por suscripción a título oneroso, es el único servicio que existe para mirar televisión. Se busca que todos los habitantes tengan acceso a los servicios de radiodifusión y comunicación audiovisual. 6) DesmonopolizaciónCon el fin de impedir la formación de monopolios y oligopolios, el proyecto de ley pone límites a la concentración, fijando topes a la cantidad de licencias y por tipo de medio. Un mismo concesionario sólo podrá tener una licencia de servicio de comunicación audiovisual sobre soporte satelital; hasta 10 señales sonoras, de televisión abierta o cable (la ley actual permite que una persona sea dueña de 24) y hasta 24 licencias de radiodifusión por suscripción. A ningún operador se le permitirá que dé servicios a más del 35 por ciento del total de la población del país o de los abonados, en el caso que corresponda. Por otra parte, quien maneje un canal de televisión abierta no podrá ser dueño de una empresa de distribución de TV por cable en la misma localidad, y viceversa. También se impide que las compañías telefónicas brinden servicios de televisión por cable. 7) Titulares de las licenciasEl proyecto establece que para ser titular de una licencia se ponderarán criterios de idoneidad y de arraigo en la actividad. Excluirá a quienes hayan sido funcionarios jerárquicos de gobiernos de facto, atendiendo a la importancia de los medios en la construcción del Estado de Derecho y la vida democrática. Cuando el prestador del servicio fuera una sociedad comercial deberá tener un capital social de origen nacional, permitiéndose la participación de capital extranjero sólo de hasta un máximo del 30% del capital accionario. 8) Participación de cooperativasA diferencia de la ley vigente, se permite la participación de cooperativas, siempre y cuando se garantice una porción del mercado a un competidor.
9) Plazo de las licenciasLa operación de los medios audiovisuales se hará, según la propuesta, por sistema de licencias y las mismas durarán diez años (hoy son por 15) y se podrán prorrogar por diez años más, previa realización de audiencias públicas. Quienes hayan obtenido una renovación o prórroga, no podrán solicitar una nueva extensión de plazo por ningún título.Al mismo tiempo esas licencias serán controladas cada dos años, para evitar que con la incorporación de nuevas tecnologías -la digitalización- un licenciatario multiplique sus señales, generando un nuevo modo de concentración. 10) Más contenidos nacionalesLos servicios de televisión abierta deberán emitir un mínimo del 60% de producción nacional; con un mínimo del 30% de producción propia que incluya informativos locales.Los servicios de televisión por cable no satelital deberán incluir como mínimo una señal de producción local propia. También deberán incluir en su grilla de señales originadas en países del MERCOSUR y en países latinoamericanos.Las radios privadas deberán emitir un mínimo de 50% de producción propia, que incluya noticieros o informativos locales. El 30% de la música emitida deberá ser de origen nacional. Quedarán eximidas emisoras dedicadas a colectividades extranjeras o temáticas. 11) Igualdad de oportunidadesLas emisiones de televisión abierta y la señal local de producción propia de los sistemas de cable deben incorporar medios de comunicación visual adicional en el que se utilice subtitulado oculto (closed caption), lenguaje de señas y audio descripción, para la recepción por personas con discapacidades sensoriales, adultos mayores y otras personas que puedan tener dificultades para acceder a los contenidos. 12) Acceso universal para la transmisión de eventos deportivosSe garantiza el derecho al acceso universal -a través de los servicios de comunicación audiovisual- a los contenidos informativos de interés relevante y de acontecimientos deportivos de encuentros futbolísticos u otro género o especialidad. Los partidos de fútbol y otros encuentros olímpicos que sean de interés para la Argentina se transmitirán por la televisión abierta de acceso libre. 13) PublicidadSe regula el tiempo de emisión de publicidad con el objetivo de proteger al público contra un exceso de interrupciones publicitarias y promover un modelo de radio y televisión de calidad. 14) Nuevas tecnologías y serviciosA diferencia de la ley anterior, la propuesta contempla el potencial impacto que provocaría la incorporación de nuevas tecnologías y servicios que no se encuentren operativas en la actualidad. Se procura un desarrollo armónico atendiendo a los espacios futuros a crearse por vía de los procesos de digitalización, en los que la pluralidad debe ser garantizada. 15) Radio y televisión estatales más participativosSe crea Radio y Televisión Argentina Sociedad del Estado, que reunirá a todos los servicios de radiodifusión sonora y televisiva que en este momento se encuentra bajo la órbita del Estado Nacional. El Directorio estará integrado por siete miembros, con un presidente y un director designado por el Poder Ejecutivo y tres directores propuestos por la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual, uno por la primera minoría, otro por la segunda y otro por la tercera. Y se crea un Consejo Consultivo Honorario de los Medios Públicos que garantiza mayor participación social. 16) Medios Municipales y ProvincialesSe reserva para cada Estado Provincial y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires una frecuencia AM, una FM y una de televisión abierta. Cada Estado Municipal tendrá reservada una frecuencia FM. 17) Más voces de la sociedad civilSe reserva el 33% de las localizaciones radioeléctricas planificadas, en todas las bandas de radiodifusión sonora y de televisión terrestres, en todas las áreas de cobertura, para las organizaciones sin fines de lucro. Además, los pueblos originarios serán autorizados para la instalación y funcionamiento de radios AM y FM y así como de señales de televisión abierta. 18) Medios Universitarios y EducativosLas Universidades Nacionales podrán ser titulares de autorizaciones para la instalación y explotación de servicios de radiodifusión. Deberán dedicar espacios relevantes de su programación a la divulgación del conocimiento científico, a la extensión universitaria y a la creación y experimentación artística y cultural. 19) Televisión e infanciaSe prevé la creación de un Fondo de Fomento Concursable para la Producción de Programas de Televisión de Calidad para Niños, Niñas y Adolescentes que tendrá como objetivo desarrollar estrategias que permitan producir más televisión y radio de carácter educativo, cultural e infantil. 20) Cine nacionalSe establece, por primera vez, la fijación de una cuota de pantalla. Los canales de televisión abierta y de cable deberán exhibir de forma obligatoria y en estreno televisivo ocho películas nacionales por año. La ley actual no contempla ninguna normativa de promoción del cine nacional.
Que más allá del contenido de esta Ley, se debe analizar el enorme interés que ha despertado en la sociedad, lo que ha permitido sincerar el trasfondo que existe detrás de esta ley y poner de manifiesto los intereses económicos que tienen los grandes grupos de comunicación como actores con intereses políticos y económicos, y no como propagadores absolutos de la verdad;

Que desde algunos sectores se ha intentado postergar la discusión bajo disímiles argumentos, aunque tal vez lo que se pretenda es que pase la oportunidad y que todo siga igual como en estos 25 años desde la vuelta de la democracia;

Que sin duda las presiones del poder económico y de quienes hoy ejercen en oligopolio el poder mediático son fuertes, e imponen un punto de vista en extremo viciado;

Que sin embargo, el proyecto ha logrado prosperar y se han podido modificar puntos débiles y otros que podrían volver a generar espacios monopólicos, lo que ha permitido ampliar el consenso;

Que el relator especial de la ONU sobre la protección y promoción del derecho a la libertad de opinión y expresión, el guatemalteco Frank La Rue, expresó al presentar su informe anual en Ginebra ante el Consejo de Derechos Humanos del organismo: "Quisiera mencionar como ejemplo de promoción de la libertad de expresión la nueva legislación presentada por la presidenta (Cristina) Kirchner de Argentina a su parlamento sobre telecomunicaciones, esa legislación garantiza el pluralismo del sector de la comunicación estableciendo tres segmentos de frecuencias de telecomunicaciones, las comerciales, las comunitarias y las públicas";

Que la Federación Internacional de Periodistas (FIP), que cuenta con 120 organizaciones miembros y representa a más de 600 mil periodistas de los cinco continentes, respalda plenamente el proyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, ya que “representa un decisivo avance para la consolidación del sistema democrático”.
Que además, la Federación de Periodistas de América Latina y el Caribe (FEPALC) respaldó en forma unánime el proyecto de ley de servicios de comunicación audiovisual, y destacó que sea la resultante del trabajo de elaboración colectivo entre el Poder Ejecutivo, organizaciones sindicales, sociales y cooperativistas, entre ellas la Federación Argentina de Trabajadores de la Prensa (FATPREN);

Que son cientos los organismos sociales, culturales y políticos los que acompañan esta nueva Ley, tanto a nivel Internacional, Nacional, Provincial y en los diversos ámbitos municipales;

Que en sentido, y desde el rol de representantes de la comunidad, consideramos preciso expresar nuestro punto de vista sobre la temática que abarca la presente, con la intención de generar la suficiente conciencia colectiva, terminar con la ley de la dictadura, y establecer una equilibrada interpretación de los deberes y responsabilidades que le corresponde ejercer tanto a los que difunden como a los que reciben el mensaje, a partir de una ley de Radiodifusión que garantice el pluralismo informativo y cultural;

POR ELLO:

Los concejales abajo firmantes miembros de distintos bloques políticos elevan al Cuerpo para su consideración y tratamiento el siguiente

PROYECTO DE RESOLUCION

Artículo 1°: Póngase de manifiesto el enérgico respaldo del Honorable Concejo Deliberante de Almirante Brown al proyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, basándonos en la fuerte convicción de que es imperioso terminar con el proceso de concentración y transnacionalización de los medios, desterrar la ley de la dictadura, y entonces permitir la diversificación del mensaje, con el absoluto convencimiento que la libertad de expresarse, opinar e informarse son fundamentales para el pleno ejercicio y consolidación de la democracia y la justicia social.

Artículo 2°: Elevase copia de la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, al Consejo Escolar local, al COFELCO, y a la Honorable Cámara de Senadores de la Nación.


Artículo 3°: Comuníquese a todos los medios de comunicación local y regional.

Artículo 4°: De forma.

Mario Fuentes - Ivanna Rezano.
Estado parlamentario: APROBADO

Control vehicular en Av. Espora

ALMIRANTE BROWN, septiembre de 2009


VISTO:

Los constantes accidentes de tránsito que se generan en la Av. Espora entre las calles Presidente Arturo Illia y Centenario de Mayo de la Ciudad de Burzaco, y;

CONSIDERANDO:

Que en dicha intersección funciona el boliche denominado “Recuerdos” y el bar “La Finca”;

Que en los horarios de funcionamiento de ambos locales de diversión nocturna, se produce una constante congestión vehicular, producto de los automóviles que estacionan sobre la Av. Espora, de ambas manos;

Que dicha situación se ve complicada por el tránsito habitual en la zona, y las líneas de colectivos que tienen su parada en la intersección de Espora y Centenario de Mayo;

Que todo este contexto genera constantes accidentes de tránsito, lo cual ha sido ratificado por las autoridades policiales de la comisaría 2º de Burzaco;

Que resulta precisa la intervención del Departamento Ejecutivo a fin de implementar los mecanismos que permitan controlar esta situación;

POR ELLO:

Los concejales del Bloque Todos por Brown elevan a consideración del Cuerpo el siguiente

PROYECTO DE RESOLUCION

Artículo 1º: Dirigirse al Departamento Ejecutivo, Secretaría de Gobierno, con el objeto de requerir su pronta intervención a fin de extremar el control vehicular en la Av. Espora entre las calles Presidente Arturo Illia y Centenario de Mayo de la Ciudad de Burzaco, durante el horario de funcionamiento de los locales de diversión nocturna “Recuerdos” y “La Finca”.

Artículo 2º: Comuníquese con copia a la comisaría 2º de Burzaco.

Artículo 3º: De forma.
Mario Fuentes - Ivanna Rezano.
Estado parlamentario: APROBADO. Resolución Nº 114.

Creación de la Comisión de Homenaje Permanente

ALMIRANTE BROWN, septiembre de 2009


VISTO:

La necesidad de rendir homenaje a personalidades del ámbito municipal, provincial y/o nacional, y;


CONSIDERANDO:

Que habitualmente al conmemorarse fechas patrias, aniversarios o cualquier otro tipo de efemérides, surge la necesidad de efectuar los homenajes pertinentes;

Que en este sentido se incluyen tanto hombres y mujeres del campo nacional y popular, del deporte, la cultura y la medicina;

Que a modo de ejemplo podemos citar los nombres de Raúl Ricardo Alfonsín, Eva Duarte de Perón, Juan Domingo Perón, Leandro Nicéforo Alem, Oscar Eduardo Alende, Oscar Bidegain, Alfredo Palacios, Arturo Martín Jauretche, Jorge Luis Borges, Julio Cortazar, Raúl Scalabrini Ortiz, Roberto Fontanarrosa, René Favaloro, entre otros;

Que independientemente de toda subjetividad, no se puede dejar de reconocer la trascendencia de la obra que cada una de estas personas ha tenido durante su vida en el campo en el que se han desarrollado;

Que resulta fundamental la participación del Intendente Municipal, como máxima autoridad institucional, del Presidente del Honorable Concejo Deliberante, de miembros del Ejecutivo y de los señores concejales, conforme a la legítima representación de cada sector, a los consejeros escolares, como así miembros de organizaciones no gubernamentales y vecinos en general;

Que crear una comisión de homenaje permanente permitirá mantener viva la memoria colectiva y conformar puntos de acuerdo que conlleven a la conformación de nuestra idiosincrasia;

POR ELLO:

Los concejales del Bloque Todos por Brown elevan a consideración del Cuerpo el siguiente

PROYECTO DE ORDENANZA

Artículo 1º: Crease la Comisión de Homenaje Permanente a hombres y mujeres del pensamiento Nacional y Popular, del deporte, la cultura y la medicina, cuyo objeto sea el de efectuar los reconocimientos pertinentes a personalidades distinguidas en estos ámbitos.

Artículo 2º: La misma estará integrada por el Intendente Municipal, el Presidente del Concejo Deliberante, representantes del Ejecutivo y el Deliberativo local, miembros del Consejo Escolar, miembros de organizaciones no gubernamentales, y miembros de la sociedad civil.

Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo dictará su ejecutividad y reglamentará la presente en un plazo que no exceda los 60 (sesenta) días corridos a partir de su promulgación.

Artículo 4º: De forma.
Mario Fuentes - Ivanna Rezano.
Estado parlamentario: APROBADO. Ordenanza Nº 9075.

Presupuesto participativo 2010

ALMIRANTE BROWN, septiembre de 2009


VISTO:

Los plazos establecidos en la Ley Orgánica para la presentación del Presupuesto 2010 en este Honorable Concejo Deliberante, y;

CONSIDERANDO:

Que en octubre del 2008 fue presentado en este Cuerpo un proyecto de Ordenanza para la implementación del presupuesto participativo;

Que desde diferentes sectores sociales y políticos se ha planteado la propuesta del presupuesto participativo como una herramienta que acerque el Estado Municipal a los/as vecinos/as, como forma genuina de participación ciudadana;

Que el hecho de incorporar la participación ciudadana en la toma de decisiones en una gestión local significa otorgarle a la misma eficiencia y eficacia, además de dotarla de mayor transparencia;

Que el mecanismo de la participación ciudadana en los asuntos de un estado, se encuentra asimismo estrechamente vinculado a los conceptos de democracia y de gobernabilidad, siendo que, precisamente, un régimen democrático necesariamente implica como correlato la existencia de mecanismos de participación en el ejercicio del poder y en los asuntos públicos;

Que este mecanismo, se constituye en un esquema de acción que tiene relación directa con las necesidades y aspiraciones humanas, proyectadas en la capacidad de las personas de poder darle un marco de contención y a la vez de satisfacción a esas necesidades;

Que de ello se desprende la idea de que el acto de participar no implica únicamente tomar parte en algo determinado o ser consultado sobre alguna cuestión ya decidida, sino que participar se traduce en un criterio mucho mayor, abarcando el hecho de intervenir desde la propia iniciativa con una visión clara de los objetivos a desarrollar;

Que el presupuesto municipal representa el elemento de gestión de mayor importancia para las Administraciones Públicas y se constituye en la herramienta fundamental de un programa de gobierno, que comprende aspectos económicos y sociales, y que se pone en marcha tratando de cubrir las demandas de la población;

Que dicha herramienta debe adecuarse a las características y necesidades de la comunidad, estableciendo los criterios por los cuales se asignan recursos y se determinan gastos, siendo que por su intermedio se posibilita lograr los objetivos trazados en el plan de gobierno en un período determinado, en la búsqueda de satisfacer las demandas colectivas;

Que es la propia comunidad la que conoce de cerca las diversas necesidades y prioridades de cada lugar, y por ese motivo tienen una visión específica acerca de las demandas a satisfacer;



Que estas circunstancias dejan en claro el hecho trascendente que constituye el rol de la participación de la ciudadanía en la elaboración del presupuesto, las necesidades sentidas por los ciudadanos y la búsqueda de soluciones a sus reclamos, que deben ser la premisa que empuje el proceso y lo dinamice;

Que bajo esta perspectiva, el mecanismo de Presupuesto Participativo se ha convertido en un tema central de debate en el ámbito de la política local, no sólo en la República Argentina sino en otros países del mundo;

Que en este sentido, se entiende prioritario que el Gobierno Municipal de Almirante Brown comience a analizar y buscar los mecanismos que permitan la implementación de esta herramienta fundamental que hace a la participación ciudadana;

Que sin duda el armado de las redes sociales y comunitarias, y la puesta en marcha de esta metodología lleva un tiempo prudencial para que se desarrolle de manera tal de poder lograr los resultados deseados, y pueda sostenerse en el tiempo;

POR ELLO:

Los concejales del Bloque Todos por Brown elevan a consideración del Cuerpo el siguiente

PROYECTO DE RESOLUCION

Artículo 1º: Dirigirse al Departamento Ejecutivo Municipal haciéndole saber que este Honorable Concejo Deliberante vería con agrado la inclusión en el Presupuesto 2010 de una partida destinada a la implementación del Presupuesto Participativo, siendo su facultad determinar la metodología y forma de aplicación de esta instancia de participación ciudadana.

Artículo 2º: De forma.
Ivanna Rezano - Mario Fuentes.
Estado parlamentario: en tratamiento en la comisión de Hacienda, presupuesto e Impuesto.

Declaración de Interés Municipal de Recitrónico

ALMIRANTE BROWN, septiembre de 2009

VISTO:

La realización del proyecto “Recitrónico”, desarrollado por los alumnos de Sexto año de la Escuela Primaria Nº 42 de Claypole, partido de Almirante Brown, y;

CONSIDERANDO:

Que el mismo tiene como objetivo el tratamiento de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, conocidos como R.A.E.E.s;

Que los RAEEs son desechos eléctricos y electrónicos que se originan cuando finaliza la vida útil de los equipos, entre los cual se destacan: equipos informáticos (computadoras, notebooks, monitores, teclados, mouse); equipos de conectividad (decodificadores, módems, hubs, switches, posnets, etc); equipos de impresión (impresoras, copiadoras, etc.); equipos de telefonía fija y celular (teléfonos, celulares, centrales telefónicas, faxes, télex); equipos de audio y video (equipos de música, video caseteras, DVD, etc);
Que todos estos aparatos tienen un ciclo de vida y, tarde o temprano, quedan obsoletos o se transforman en “chatarra electrónica”, donde el destino más probable en nuestro país, será la disposición final en rellenos sanitarios, en el mejor de los casos, o en basurales;
Que es importante destacar que parte de estos residuos, poseen componentes considerados potencialmente “peligrosos”, por lo que una vez desechados inadecuadamente se transforman en residuos peligrosos (Anexo I de la Ley Nacional Nº 24.051 con características de peligrosidad del Anexo II de la misma norma); Que los RAEEs contienen, entre otros contaminantes, metales pesados como cadmio, plomo y níquel, además de mercurio y plásticos bromados. Durante su vida útil, estos componentes son inofensivos, ya que están contenidos en placas, circuitos, conectores o cables pero al ser desechados, que reaccionan con el contacto del agua y la materia orgánica, liberando tóxicos al suelo y a las fuentes de aguas subterráneas. Debido a su carácter no biodegradable, estos desechos atentan contra el ambiente y la salud de los seres vivos;

Que en virtud de lo expuesto, y partiendo de la hipótesis que la comunidad desconoce el tratamiento que se debe realizar con los RAEEs y por tanto se los desecha sin el debido cuidado, los alumnos de sexto año de la EP Nº 42 iniciaron el proyecto “Recitrónico”;

Que el mismo ha sido elaborado con el apoyo técnico de la Agencia de Política Ambiental y Desarrollo Sustentable del Gobierno Municipal de Almirante Brown;

Que dicho proyecto participó de la Feria Regional de Actividades Científicas y Tecnológicas Juveniles (ACTJ), donde compitió con otros de escuelas secundarias, y obtuvo el primer puesto;

Que la iniciativa tiene la finalidad concreta de informar, prevenir, y concienciar a la población acerca de cómo desechar los residuos, ayudando a cuidar el medio ambiente;

Que los alumnos han presentado una propuesta para que el HCD sancione una ordenanza que regule el desecho de los RAEEs en el ámbito del partido de Almirante Brown;

Que dicha propuesta ha sido recogida con satisfacción, y ha dado lugar a la elaboración del proyecto pertinente;

Que independientemente de ello, se considera apropiado reconocer el notable trabajo desarrollado por los alumnos, destacando su compromiso con la sociedad y el medio ambiente, por lo cual es dable destacar su labor, para que trascienda el nivel escolar y sea conocido por la comunidad del partido;
Que para ello, se procede dentro de lo establecido por la Ordenanza Municipal Nº 4023;

POR ELLO:

Los concejales del Bloque Todos por Brown elevan a consideración del Cuerpo el siguiente

PROYECTO DE ORDENANZA

Artículo 1º: Declarase de Interés Municipal la labor pedagógica y didáctica realizada por los alumnos de Sexto año de la Escuela Primaria Nº 42 de Claypole, partido de Almirante Brown, para la información, prevención y concientizacion acerca del tratamiento y desecho de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAAEs), en el marco del proyecto “Recitrónico”.

Artículo 2º: Comuníquese a la Agencia de Política Ambiental y Desarrollo Sustentable del Gobierno Municipal de Almirante Brown, y al Consejo Escolar local.

Artículo 3º: De forma.
Mario Fuentes - Ivanna Rezano.
Estado parlamentario: APROBADO. Ordenanza Nº 9074.

Reciclaje de residuos electrónicos

ALMIRANTE BROWN, septiembre de 2009

VISTO:

La reunión efectuada por miembros de esta banca con alumnos, docentes y directivos de la Escuela Primaria Nº 42, de Claypole, y;

CONSIDERANDO:

Que durante la misma se dio cuenta del trabajo que alumnos de sexto y quinto año de la Escuela realizaron con la problemática de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEEs), mediante el proyecto “Recitrónico”;

Que dicho proyecto fue ejecutado con el apoyo técnico científico de la Agencia de Política Ambiental y Desarrollo Sustentable del Gobierno Municipal de Almirante Brown;

Que el mismo obtuvo el primer puesto en la Feria Regional de Actividades Científicas y Tecnológicas Juveniles (ACTJ), donde compitió con otras iniciativas de escuelas secundarias, y consecuentemente viajarán a la ciudad de San Bernardo con este proyecto, para defenderlo y apoyarlo frente a otras regiones de la provincia;

Que el proyecto desarrollado tiene la finalidad de informar, prevenir y concienciar a la población acerca de cómo desechar los RAEEs, ayudando a cuidar el medio ambiente;

Que los RAEEs son desechos eléctricos y electrónicos que se originan cuando finaliza la vida útil de los equipos, entre los cual se destacan: equipos informáticos (computadoras, notebooks, monitores, teclados, mouse); equipos de conectividad (decodificadores, módems, hubs, switches, posnets, etc); equipos de impresión (impresoras, copiadoras, etc.); equipos de telefonía fija y celular (teléfonos, celulares, centrales telefónicas, faxes, télex); equipos de audio y video (equipos de música, video caseteras, DVD, etc);
Que todos estos aparatos tienen un ciclo de vida y, tarde o temprano, quedan obsoletos o se transforman en “chatarra electrónica”, donde el destino más probable en nuestro país, será la disposición final en rellenos sanitarios, en el mejor de los casos, o en basurales;
Que es importante destacar que parte de estos residuos, poseen componentes considerados potencialmente “peligrosos”, por lo que una vez desechados inadecuadamente se transforman en residuos peligrosos (Anexo I de la Ley Nacional Nº 24.051 con características de peligrosidad del Anexo II de la misma norma);
Que los RAEEs contienen, entre otros contaminantes, metales pesados como cadmio, plomo y níquel, además de mercurio y plásticos bromados. Durante su vida útil, estos componentes son inofensivos, ya que están contenidos en placas, circuitos, conectores o cables pero al ser desechados, que reaccionan con el contacto del agua y la materia orgánica, liberando tóxicos al suelo y a las fuentes de aguas subterráneas. Debido a su carácter no biodegradable, estos desechos atentan contra el ambiente y la salud de los seres vivos;

Que a raíz de estas consideraciones, el Gobierno Municipal de Almirante Brown dispuso la colocación de seis contenedores para la disposición de RAEEs;



Que los alumnos de la EP 42º, han elaborado y acercado una propuesta en el seno de este Honorable Cuerpo para que este sancione una ordenanza que regule el desecho de los RAEEs en el ámbito del partido de Almirante Brown, que se adjunta como anexo y se toma como modelo para la elaboración de este proyecto;

Que corresponde proceder de acuerdo a las facultades conferidas a este Cuerpo por la Ley Orgánica de las Municipalidades, y;

POR ELLO:

Los concejales del Bloque Todos por Brown elevan a consideración del Cuerpo el siguiente

PROYECTO DE ORDENANZA

Artículo 1º: Dispóngase la colocación de contenedores en puntos estratégicos del Municipio, en los Centros Comunales y en grandes mercados, para la disposición de Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEEs).

Artículo 2º: Los comercios de venta de artículos eléctricos y electrónicos que se radiquen en el partido de Almirante Brown, deberán colocar un cartel en el salón de ventas, en lugar muy visible, con letra clara, con una leyenda que oriente a los consumidores acerca del tratamiento, desecho y contaminación que produce este tipo de residuos.

Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo mediante la Agencia de Política Ambiental y Desarrollo Sustentable deberá efectuar una campaña publica, mediante los medios que considere y dentro de la factura de la tasa municipal, a fin de informar los lugares donde estos residuos deben disponerse correctamente y el grado de contaminación que provocan.

Artículo 4º: El Departamento Ejecutivo reglamentará la presente en un plazo que no exceda los 60 días corridos de su promulgación.

Artículo 5º: De forma.


Mario Fuentes - Ivanna Rezano.

Estado parlamentario: en tratamiento en la comisión de Ecología y Medio Ambiente.