miércoles, 10 de junio de 2009

Nuevas paradas de colectivo de la línea 160 en Claypole

ALMIRANTE BROWN, junio de 2009

VISTO:

Las facultades conferidas a este Cuerpo por la Ley Orgánica de las Municipalidades, y;

CONSIDERANDO:

Que miembros del Bloque Todos por Brown hemos mantenido reuniones con los directivos, docentes y padres de la escuela Nº 42 de Claypole, ubicada en la intersección de la calles Alcorta y Vilcapugio;

Que en las mismas la comunidad educativa de la institución planteó los diversos inconvenientes que padece el edificio de la escuela, como así diversas cuestiones que atañen a la problemática general de la zona circundante;

Que entre estas cuestiones se destaca la necesidad que se establezcan paradas de colectivos de la línea 160 sobre la calle Alsina esquina Vilcapugio, para evitar accidentes y brindar mayor seguridad a los alumnos y padres que asisten a la institución;

Que al efectuar un análisis pormenorizado de la situación y habiendo hecho un relevamiento, se considera apropiado dar lugar al reclamo expuesto;

POR ELLO:

El Bloque de Concejales Todos por Brown eleva al Cuerpo el siguiente:

PROYECTO DE RESOLUCION

Artículo 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal – Dirección General de Tránsito y Transporte – efectué la evaluación y acciones pertinentes a fin de establecer paradas de colectivo de la línea 160 (letras A y G), en la esquina de Alsina y Vilcapugio de la ciudad de Claypole, ambas manos, dada la importancia que ello tendría para la comunidad educativa de la escuela Nº 42 de dicha localidad.

Artículo 2°: Ante la viabilidad de la petición, dicha área del Gobierno Municipal deberá coordinar con la Secretaría de Producción y Desarrollo, la colocación de refugios para pasajeros en la mencionada intersección.

Artículo 3°: De forma.
Mario Fuentes - Ivanna Rezano.
Estado parlamentario: APROBADO. Resolución N° 39/09.

Nuevas paradas de colectivo de la línea 160 en Burzaco

ALMIRANTE BROWN, mayo de 2009

VISTO:

Las facultades conferidas a este Cuerpo por la Ley Orgánica de las Municipalidades, y;

CONSIDERANDO:

Que la zona cercana al Centro de Salud Nº 13 de Burzaco, ubicada en las calles Alsina y Martín Fierro, ha tenido un crecimiento demográfico significativo;

Que circundan el lugar la escuela Nº 19, el centro educativo 801 y el jardín 920, sedes educativas públicas de gran matricula;

Que en función de la buena atención que el Centro viene prestando a los asistentes desde la gestión de Darío Giustozzi, y de diversas situaciones económicas externas, se ha incrementado notoriamente el número de concurrentes;

Que en virtud de esto, funcionarios del área y vecinos de la zona han manifestado la necesidad que frente al centro asistencial se establezcan paradas de colectivo de la línea 160, ya que permitiría que personas con alguna urgencia, dolencia o imposibilidad puedan tener un mejor y rápido acceso;

Que a ello, se suma que junto al centro de salud el Gobierno Municipal está construyendo un Centro Integral Comunitario (CIC), que brindará asistencia a la comunidad básicamente en cuestiones de salud, integración y promoción social;

Que al efectuar un análisis pormenorizado de la situación y habiendo hecho un relevamiento, se considera apropiado dar lugar al reclamo expuesto por los vecinos;

POR ELLO:

El Bloque de Concejales Todos por Brown eleva al Cuerpo el siguiente:

PROYECTO DE RESOLUCION

Artículo 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal – Dirección General de Tránsito y Transporte – efectué la evaluación y acciones pertinentes a fin de establecer paradas de colectivo de la línea 160 (letras A y R), en la esquina de Alsina y Martín Fierro de la ciudad de Burzaco, en la puerta y en la mano de enfrente, al Centro de Salud Nº 13.

Artículo 2°: Ante la viabilidad de la petición, dicha área del Gobierno Comunal deberá coordinar con la Secretaría de Producción y Desarrollo, la colocación de refugios para pasajeros en la mencionada intersección.

Artículo 3°: De forma.

Mario Fuentes - Ivanna Rezano.
Estado parlamentario: APROBADO. Resolución Nº 38/09

lunes, 1 de junio de 2009

La Celiaquía reclama interés

ALMIRANTE BROWN, Mayo de 2009

VISTO:

El crecimiento de casos de padecimiento de la enfermedad celíaca en nuestro país, y;

CONSIDERANDO:
Que la enfermedad celíaca consiste en una intolerancia permanente a la gliadina y a otras proteínas afines, que produce una atrofia severa de las vellosidades intestinales en individuos con una predisposición genética a padecerla. Las características clínicas de la enfermedad celíaca difieren considerablemente en función de la edad de presentación. Los síntomas intestinales y el retraso del crecimiento son comunes en todos aquellos niños que hayan sido diagnosticados dentro de los primeros años de su vida. El desarrollo de la enfermedad en momentos posteriores de la infancia viene marcado por la aparición de síntomas extraintestinales. Entre estos, destacan la talla baja, el retraso del desarrollo y la pubertad, la anemia ferropénica, la hipoplasia del esmalte, la osteopenia, las calcificaciones occipitales bilaterales, artritis, etc., todos ellos relacionados con la presencia del gluten en la dieta;
Que la enfermedad celíaca puede mantenerse clínicamente silente e incluso en situación de latencia con mucosa intestinal inicialmente normal consumiendo gluten en algunos sujetos genéticamente predispuestos; Está bien documentado el valor de los marcadores inmunológicos séricos como: apoyo al diagnóstico de sospecha de enfermedad celíaca para indicar el momento en que debe realizarse la biopsia intestinal, durante la prueba de provocación con gluten o para vigilar el cumplimiento de la dieta exenta de gluten y también para descartar enfermedad celíaca en grupos de riesgo (familiares en primer grado de enfermos celíacos, diabetes mellitus tipo I, síndrome de Down, etc.), aunque no sustituyen a la biopsia intestinal, que sigue constituyendo el patrón-oro de referencia para el diagnóstico definitivo de enfermedad celíaca;
Que la malignización es la complicación potencial más grave, con aparición de tumores gastrointestinales y linfomas, que vienen determinados por la presencia mantenida de gluten en la dieta, incluso en pequeñas cantidades;
Que la piedra angular del tratamiento de la enfermedad celíaca consiste en una dieta estricta sin gluten y debe ser recomendada durante toda la vida, tanto a los enfermos sintomáticos como a los asintomáticos;
Que se está generando una tendencia a nivel nacional de dar el debido espacio a una enfermedad que padece el 4% de nuestra población, y que pese a su importancia no es suficientemente conocida a tal punto que se estima que hay un 70% de afectados que no han sido diagnosticados correctamente;

Que es necesario que paulatinamente se difunda en todo el país la problemática de esta enfermedad para poder combatir sus efectos;

POR ELLO:

El bloque de concejales Todos por Brown eleva a consideración del Cuerpo el siguiente

PROYECTO DE ORDENANZA

ARTICULO 1°. Declarase de Interés Municipal la celiaquía, su atención médica, la investigación clínica y epidemiológica, y la capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad, como así también la difusión de sus características y consecuencias, y la producción de los alimentos destinados para celíacos.

ARTICULO 2º: Los comercios que expendan productos alimenticios deberán obligatoriamente identificar los alimentos para celíacos en las bocas de dispendio, agrupándolos en una misma góndola.

ARTICULO 3º: Los productores de alimentos elaborados destinados para celíacos, que tengan su planta de elaboración en el distrito de Almirante Brown, deberán prever lo conducente para que la mercadería que produzcan lleve impreso en sus envases o envoltorios, de modo claramente visible, la leyenda "Libre de Gluten", el que deberá ser fácilmente diferenciable por los consumidores, conforme a los valores determinados por las autoridades nacionales y provinciales competentes.

ARTICULO 4º: A partir de la puesta en vigencia de la presente será obligatorio separar en los lugares donde se expende comidas los utensilios utilizados en su elaboración de aquellos otros usados en la elaboración de alimentos para no celíacos.

ARTICULO 5º: Designase a la Secretaría de Salud del Gobierno Municipal como autoridad de aplicación de la presente, la que deberá realizar lo correspondiente para cumplimentar las disposiciones que surjan de esta, y coordinar con las autoridades nacionales y provinciales el tratamiento de la enfermedad celíaca.

ARTICULO 6º: La autoridad de aplicación deberá realizar una campaña publicitaria, a través de medios gráficos, radiales y/o audiovisuales, para la educación, concientizacion y difusión de la problemática celíaca.

ARTICULO 7º: El Departamento Ejecutivo deberá reglamentar la presente en un plazo de 60 días corridos a partir de la promulgación de la presente.

ARTICULO 8º: De forma.
Mario Fuentes - Ivanna Rezano.
Estado parlamentario: APROBADO. Ordenanza Nº 9020.

Imposición del nombre "Sara Stabile" a una de las salas de la Casa de la Cultura

ALMIRANTE BROWN, mayo de 2009

VISTO:

La nota suscripta por el Subsecretario de Cultura del Gobierno Municipal de Almirante Brown, adjuntada a la presente como Anexo I, y;

CONSIDERANDO:

Que en la misma el Dr. Armando Ledesma solicita que este Honorable Cuerpo considere la posibilidad de designar con el nombre de Sara Stabile a uno de los espacios pertenecientes a la Casa Municipal de la Cultura, como reconocimiento a su póstuma trayectoria;

Que la Sra. Sara Stabile es una prestigiosa artista de Almirante Brown que ha residido gran parte de su vida en la Ciudad de Burzaco, y ha sido una figura reconocida a nivel nacional e internacional tanto por la crítica como por el público por su excelsa obra pictórica;

Que la artista es creadora de la técnica “Maderart”, basada en la incorporación de viruta de madera en sus obras, las cuales pueden hallarse en los museos de Bellas Artes de la Plata, y en el Museo de Tandil, además en países como España, Francia, Canadá, Israel, India, Brasil y Uruguay;

Que el artículo 9º de la Ordenanza Nº 8573 faculta a este Órgano Colegiado a proceder en este sentido, en concordancia con lo dispuesto por el artículo 27º inciso 4 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

Que en virtud de lo expuesto se considera pertinente efectuar un reconocimiento a tan prestigiosa artista en la Casa Municipal de la Cultura;

POR ELLO:

Los Concejales del bloque Todos por Brown elevan a consideración del Cuerpo el siguiente:

PROYECTO DE ORDENANZA

Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a imponer el nombre de “Sara Stabile” a una de las salas de la Casa Municipal de la Cultura de Adrogué, en reconocimiento a esta prestigiosa artista, que ha residido gran parte de su vida en la Ciudad de Burzaco, creadora de la técnica “Maderart”, figura reconocida a nivel nacional e internacional tanto por la crítica como por el público por su excelsa obra pictórica.

Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo mediante el área correspondiente deberá efectuar las acciones conducentes para la aplicación del artículo precedente, la pertinente señalización del espacio y la suficiente comunicación de la medida dispuesta.

Artículo 3º: De forma.
Mario Fuentes - Ivanna Rezano.
Estado parlamentario: APROBADO.

Imposición del nombre "María Vaner" a espacio de exposición de la Casa de la Cultura

ALMIRANTE BROWN, mayo de 2009

VISTO:

La nota suscripta por el Subsecretario de Cultura del Gobierno Municipal de Almirante Brown, adjuntada a la presente como Anexo I, y;

CONSIDERANDO:

Que en la misma el Dr. Armando Ledesma solicita que este Honorable Cuerpo considere la posibilidad de designar con el nombre de Maria Vaner al espacio de exposición ubicado en una de las vidrieras de la Casa Municipal de la Cultura de Almirante Brown;

Que la Sra. Maria Vaner fue una destacada figura del cine y el teatro argentino, formó parte de más de 40 films y diversas actuaciones, y en sus años póstumos se desempeñó como docente de actuación en la Casa de la Cultura;

Que ante la noticia de su fallecimiento (21/07/2008) un grupo de vecinos presentaron ante las autoridades municipales la solicitud de que el Gobierno Municipal realice un homenaje a la actriz, en reconocimiento a esta distinguida artista, por lo que se dio lugar a una exposición en el espacio que se pretende designar con su nombre;

Que el artículo 9º de la Ordenanza Nº 8573 faculta a este Órgano Colegiado a proceder en este sentido, en concordancia con lo dispuesto por el artículo 27º inciso 4 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

Que en virtud de lo expuesto se considera pertinente efectuar un reconocimiento a tan prestigiosa artista en la Casa Municipal de la Cultura;

POR ELLO:

Los Concejales del bloque Todos por Brown elevan a consideración del Cuerpo el siguiente:

PROYECTO DE ORDENANZA

Artículo 1º: Impóngase el nombre de “Maria Vaner” al espacio de exposición ubicado en una de las vidrieras de la Casa Municipal de la Cultura de Almirante Brown, conforme lo expuesto en los considerandos de la presente.

Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo mediante el área correspondiente deberá efectuar las acciones conducentes para la aplicación del artículo precedente, la pertinente señalización del espacio y la suficiente comunicación de la medida dispuesta.

Artículo 3º: De forma.
Mario Fuentes - Ivanna Rezano.
Estado parlamentario: APROBADO.

jueves, 14 de mayo de 2009

Puesta en valor de la Estación de Burzaco

ALMIRANTE BROWN, abril de 2009

VISTO: La nota suscripta por la Sra. Stella Maris Guerrero que se adjunta a la presente, y;

CONSIDERANDO:

Que en la misma la contribuyente, vecina de la ciudad de Burzaco, expresa su descontento respecto de diversas situaciones que se suceden en la estación ferroviaria de dicha localidad;

Que en este sentido da cuenta de la inescrupulosa utilización de la vía pública por puestos precarios de venta de productos, que además en algunos casos se “cuelgan” de los servicios, no emplean medidas higiénicas y por el contrario dejan gran suciedad en la zona;

Que a esto se suma el caos vehicular, y la falta de controles a remises, taxis y colectivos que estacionan o paran en lugares inapropiados;

Que independientemente de lo expuesto la Sra. Guerrero reconoce y agradece las obras que el Gobierno Municipal está llevando a cabo en la ciudad de Burzaco;

Que la crítica situación descripta por la contribuyente data de hace mucho tiempo y requiere la pronta y efectiva intervención del Estado Municipal, mediante un plan estratégico que subsane los distintos aspectos citados;

POR ELLO:

El bloque de concejales Todos por Brown eleva el siguiente proyecto de:

RESOLUCION

Artículo 1º: Dirigirse al Departamento Ejecutivo y por su intermedio a la dependencia que corresponda, a fin de que tenga a bien analizar la problemática planteada en los considerandos de la presente -ocupación de la vía pública, puestos ilegales, falta de higiene, caos vehicular en la estación de Burzaco-, y desarrolle un plan estratégico de integración, puesta en valor y control de tránsito en la zona.

Artículo 2º: Solicitase, una vez adoptadas las medidas pertinentes, comunicarlas por escrito a este Honorable Cuerpo.

Artículo 3º: De forma.
Mario Fuentes - Ivanna Rezano.
Estado parlamentario: APROBADO. Resolución Nº 09/09.

Declaración de Interés Municipal de la Jornada Regional de Podología

ALMIRANTE BROWN, abril de 2009

VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 4023, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la misma se establecen las determinaciones para la Declaración de Interés Municipal de un evento o acto cultural;

Que se adjunta a la presente nota de las autoridades de la entidad solicitante, conforme lo requiere el artículo 5º de la norma citada;

Que el 16 de mayo próximo este distrito de Almirante Brown será sede de la Jornada Regional de Podología, a cargo del Círculo de Podólogos Pedicuros de Almirante Brown;

Que dicha actividad a realizarse en la sede de la Asociación Médica de Almirante Brown, es avalada por la Federación de Podólogos Pedicuros de la provincia de Buenos Aires;

Que la declaración de Interés Municipal dotará de prestigio al evento, lo que resulta de gran importancia para las autoridades de la entidad peticionante, por lo cual resulta menester poder efectuar tal distinción;

POR ELLO:

Los Concejales firmantes elevan a consideración del Cuerpo el siguiente:

PROYECTO DE ORDENANZA

Artículo 1º: Declárese de Interés Municipal la Jornada Regional de Podología, a realizarse el 16 de mayo próximo en la Asociación Médica de Almirante Brown, organizada por Círculo de Podólogos Pedicuros de Almirante Brown.

Artículo 2º: La presente será reglamentada de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza 4023.

Artículo 3º: De forma.
Mario Fuentes - Ivanna Rezano - Juan Carlos Neuburger - Juan Vairo - Gabriel Soria - Oscar Pinal - Ramón Valdez.
Estado Parlamentario: APROBADO. Ordenanaza Nº 8994.