ALMIRANTE BROWN, abril de 2010
“Zagert en Almirante Brown” declarado de Interés Municipal
VISTO:
Lo dispuesto en la Ordenanza Nº 4023, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma se establecen las determinaciones para la declaración de Interés Municipal de un evento o acto cultural;
Que del 24 de abril al 24 de mayo del corriente año, se presentará en la Casa Municipal de la Cultura la muestra “Rodolfo Zagert en Almirante Brown”;
Que Rodolfo Zagert nace en 1950 en Eldorado, Misiones, estudia arte y arquitectura en Buenos Aires, continúa sus estudios universitarios becado en Alemania, país en el que desarrolla su actividad artística en el campo de la arquitectura y la plástica, es dueño de una basta trayectoria y ha realizado más de 20 exposiciones en todo el mundo;
Que este magnífico artista y arquitecto realizará una exibición de más de cincuenta obras que transitan entre la abstracción y la figuración, y que proponen experiencias vividas diversas;
Que la crítica ha dicho en alguna oportunidad “Cuando a uno lo ponen enfente de las obra de Rodolfo Zagert, inevitablemente uno tiene la sensación de que ha recibido un puñetazo en la mandíbula. ....el arte de Zagert no vence por puntos sino por nocáut. Sus obras nos muestran un mundo de criaturas que se parecen a las de Sábato o Soriano, inmersas en un inquietante paisaje, siempre en raros equilibrios”;
Que se adjunta a la presente un detalle de la exposicones individuales del artista y un relato de la Asociación de Críticos de Arte de Madrid;
Que la muestra dota de magnificencia a la cultura de Almirante Brown, por lo que resulta intención de este Honorable Concejo Deliberane declarar la actividad de Interés Municipal, dentro de los alcances de la normativa vigente;
POR ELLO:
El bloque de concejales del Frente para la Victoria – PJ eleva a consideración del Cuerpo el siguiente
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º: Declárese de Interés Municipal la muestra “Rodolfo Zagert en Almirante Brown” que se exibirá del 24 de abril al 24 de mayo en la Casa Municipal de la Cultura, de acuerdo a lo detallado en los considerandos de la presente.
Artículo 2º: La reglamentación de la presente se efecturá dentro de los alcances de la Ordenanza Nº 4023.
Mario Fuentes - M Ofelia Quintana - Norma Illescas - Norma Warrell
Estado Parlamentario: APROBADO
lunes, 3 de mayo de 2010
viernes, 9 de abril de 2010
Declaración de Interés Municipal de las actividades desarrolladas por el Centro de ex Combatientes “Puerto Argentino”
ALMIRANTE BROWN, abril de 2010
VISTO:
Las actividades desarrolladas por el Centro de ex Combatientes “Puerto Argentino”, en el marco de la conmemoración del Día del Veterano de Guerra y los Caídos en Malvinas, y;
CONSIDERANDO:
Que el Centro de ex Combatientes “Puerto Argentino” de Almirante Brown fue creado en 1995 por los ex combatientes de Malvinas, residentes en este partido, representa a 300 veteranos de guerra y sus grupos familiares y está orientado a la creación y búsqueda de políticas a favor de reconocer a los hombres que defendieron la Nación;
Que al cumplirse un nuevo aniversario, realizan una “muestra de pinturas, fotografías y elementos históricos”, con la idea de presentar a toda la comunidad el testimonio histórico de sus propios protagonistas, en defensa de una causa nacional,
Que la muestra se desarrollará en la Casa Municipal de la Cultura desde el 6 hasta el 18 de abril;
Que además el día 9 de abril el Comandante de la Primera Escuadrilla Aeronaval de Ataque en Malvinas, Capitán de Navio, R:E, Veterano de Guerra, Carlos Alberto Molteni, brindará una conferencia sobre la temática;
Que la Primer Escuadrilla Aeronaval de Ataque operó durante todo el conflicto, desde el aeródromo de Puerto Argentino con siete aviones Aermacchi MB-339, realizando numerosos vuelos de reconocimiento armado, apoyo aéreo cercano y exploración de las costas e islas. Dichas operaciones mostrarían un alto grado de profesionalismo y valor, y como resultado de ellas se obtendrían éxitos y también momentos de sumo dolor;
Que por “operar en misiones de combate desde Puerto Argentino, superando la intensa oposición del enemigo, contribuyendo a producir severas bajas y demostrando en la totalidad de sus dotaciones un alto grado de arrojo”, la Bandera de la Escuadrilla fue condecorada por “Honor al Valor en Combate”;
Que este Honorable Cuerpo tiene la intención de acompañar dentro del alcance de sus facultades estas actividades, con la finalidad de destacar la notable labor del Centro de ex Combatientes en su constante lucha;
Que ello se materializa dentro de los alcances establecido por la Ordenanza N° 4023;
POR ELLO:
Los concejales del bloque Frente para la Victoria – PJ elevan a consideración del Cuerpo el siguiente
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1°: Declárese de Interés Municipal las actividades emprendidas por el Centro de ex Combatientes “Puerto Argentino” de Almirante Brown, en el marco de la conmemoración del Día del Veterano de Guerra y los Caídos en Malvinas, entre las que se destacan la “muestra de pinturas, fotografías y elementos históricos”, y la conferencia brindada por el Comandante de la Primera Escuadrilla Aeronaval de Ataque en Malvinas, Capitán de Navio, R:E, Veterano de Guerra, Carlos Alberto Molteni.
Artículo 2°: Comuníquese y elévese copia al Centro de ex Combatientes.
Artículo 3°: La Reglamentación de la presente se efectuará dentro de los alcances de la Ordenanza N° 4023.
Artículo 4°: De forma.
VISTO:
Las actividades desarrolladas por el Centro de ex Combatientes “Puerto Argentino”, en el marco de la conmemoración del Día del Veterano de Guerra y los Caídos en Malvinas, y;
CONSIDERANDO:
Que el Centro de ex Combatientes “Puerto Argentino” de Almirante Brown fue creado en 1995 por los ex combatientes de Malvinas, residentes en este partido, representa a 300 veteranos de guerra y sus grupos familiares y está orientado a la creación y búsqueda de políticas a favor de reconocer a los hombres que defendieron la Nación;
Que al cumplirse un nuevo aniversario, realizan una “muestra de pinturas, fotografías y elementos históricos”, con la idea de presentar a toda la comunidad el testimonio histórico de sus propios protagonistas, en defensa de una causa nacional,
Que la muestra se desarrollará en la Casa Municipal de la Cultura desde el 6 hasta el 18 de abril;
Que además el día 9 de abril el Comandante de la Primera Escuadrilla Aeronaval de Ataque en Malvinas, Capitán de Navio, R:E, Veterano de Guerra, Carlos Alberto Molteni, brindará una conferencia sobre la temática;
Que la Primer Escuadrilla Aeronaval de Ataque operó durante todo el conflicto, desde el aeródromo de Puerto Argentino con siete aviones Aermacchi MB-339, realizando numerosos vuelos de reconocimiento armado, apoyo aéreo cercano y exploración de las costas e islas. Dichas operaciones mostrarían un alto grado de profesionalismo y valor, y como resultado de ellas se obtendrían éxitos y también momentos de sumo dolor;
Que por “operar en misiones de combate desde Puerto Argentino, superando la intensa oposición del enemigo, contribuyendo a producir severas bajas y demostrando en la totalidad de sus dotaciones un alto grado de arrojo”, la Bandera de la Escuadrilla fue condecorada por “Honor al Valor en Combate”;
Que este Honorable Cuerpo tiene la intención de acompañar dentro del alcance de sus facultades estas actividades, con la finalidad de destacar la notable labor del Centro de ex Combatientes en su constante lucha;
Que ello se materializa dentro de los alcances establecido por la Ordenanza N° 4023;
POR ELLO:
Los concejales del bloque Frente para la Victoria – PJ elevan a consideración del Cuerpo el siguiente
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1°: Declárese de Interés Municipal las actividades emprendidas por el Centro de ex Combatientes “Puerto Argentino” de Almirante Brown, en el marco de la conmemoración del Día del Veterano de Guerra y los Caídos en Malvinas, entre las que se destacan la “muestra de pinturas, fotografías y elementos históricos”, y la conferencia brindada por el Comandante de la Primera Escuadrilla Aeronaval de Ataque en Malvinas, Capitán de Navio, R:E, Veterano de Guerra, Carlos Alberto Molteni.
Artículo 2°: Comuníquese y elévese copia al Centro de ex Combatientes.
Artículo 3°: La Reglamentación de la presente se efectuará dentro de los alcances de la Ordenanza N° 4023.
Artículo 4°: De forma.
Mario Fuentes- Eduardo Fabiani- Alejandro Torres
Estado Parlamentario: APROBADO
El Bicentenario en el Concejo Deliberante
ALMIRANTE BROWN, marzo de 2010
VISTO:
La celebración del bicentenario de la Revolución de Mayo, y;
CONSIDERANDO:
Que la Revolución de Mayo fue un proceso histórico que produjo la ruptura de los lazos coloniales con España en 1810 y habilitó el camino hacia la independencia del país, el 9 de julio de 1816;
Que los hechos de Mayo permitieron cristalizar un movimiento liberador que venía buscando, desde 1806, mayor participación política y económica de los criollos. Así, el 22 de mayo de 1810, luego de que llegara la noticia de la caída de la corona española en manos de franceses, los criollos convocaron a un Cabildo Abierto que tuvo que ser aceptado por el Virrey Cisneros, representante de España en el país. Luego de algunos días de debates y revueltas, se tomó la decisión de conformar una Junta criolla que asumiera el Gobierno de la Nación hasta tanto la Corona Española fuese liberada de la dominación francesa. El gobierno popular quedó formado por intelectuales y militares criollos que venían desde hacía años luchando por la revolución independentista;
Que a partir de este hecho, la lucha por la independencia fue un camino inevitable que desembocó en el Congreso de Tucumán del 9 de julio de 1816;
Que el próximo mes de mayo se celebran 200 años de aquella histórica revolución, lo que dará lugar a diversos festejos en el ámbito municipal, provincial y nacional;
Que independientemente de estas acciones, se considera oportuno colocar en toda la documentación emitida por este Honorable Cuerpo una frase alusiva de la fecha, como manera de destacar la notable trascendencia del acontecimiento para nuestra República;
POR ELLO:
Los Concejales del Bloque Frente para la Victoria - PJ elevan a consideración del Cuerpo el siguiente:
PROYECTO DE DECRETO
Artículo 1: Utilizase en toda la documentación emitida por el Honorable Concejo Deliberante como así en las normas que este Órgano sancione, durante el período legislativo 2010, la frase “1810-2010. Bicentenario de la Revolución de Mayo”.
Artículo 2º: Dicha leyenda deberá ser colocada en el margen superior derecho de la documentación citada.
Artículo 3º: De forma.
VISTO:
La celebración del bicentenario de la Revolución de Mayo, y;
CONSIDERANDO:
Que la Revolución de Mayo fue un proceso histórico que produjo la ruptura de los lazos coloniales con España en 1810 y habilitó el camino hacia la independencia del país, el 9 de julio de 1816;
Que los hechos de Mayo permitieron cristalizar un movimiento liberador que venía buscando, desde 1806, mayor participación política y económica de los criollos. Así, el 22 de mayo de 1810, luego de que llegara la noticia de la caída de la corona española en manos de franceses, los criollos convocaron a un Cabildo Abierto que tuvo que ser aceptado por el Virrey Cisneros, representante de España en el país. Luego de algunos días de debates y revueltas, se tomó la decisión de conformar una Junta criolla que asumiera el Gobierno de la Nación hasta tanto la Corona Española fuese liberada de la dominación francesa. El gobierno popular quedó formado por intelectuales y militares criollos que venían desde hacía años luchando por la revolución independentista;
Que a partir de este hecho, la lucha por la independencia fue un camino inevitable que desembocó en el Congreso de Tucumán del 9 de julio de 1816;
Que el próximo mes de mayo se celebran 200 años de aquella histórica revolución, lo que dará lugar a diversos festejos en el ámbito municipal, provincial y nacional;
Que independientemente de estas acciones, se considera oportuno colocar en toda la documentación emitida por este Honorable Cuerpo una frase alusiva de la fecha, como manera de destacar la notable trascendencia del acontecimiento para nuestra República;
POR ELLO:
Los Concejales del Bloque Frente para la Victoria - PJ elevan a consideración del Cuerpo el siguiente:
PROYECTO DE DECRETO
Artículo 1: Utilizase en toda la documentación emitida por el Honorable Concejo Deliberante como así en las normas que este Órgano sancione, durante el período legislativo 2010, la frase “1810-2010. Bicentenario de la Revolución de Mayo”.
Artículo 2º: Dicha leyenda deberá ser colocada en el margen superior derecho de la documentación citada.
Artículo 3º: De forma.
Estado Parlamentario: APROBADO
Continuamos bregando por la pavimentación de la calle Alsina
ALMIRANTE BROWN, marzo de 2010
VISTO:
La necesidad de continuar brindando obras a los vecinos de Almirante Brown, y;
CONSIDERANDO:
Que los frentistas de la calle Valentín Alsina al 1200, entre Jorge y Rivadavia de Adrogué, han solicitado la pavimentación de la arteria;
Que motiva el reclamo el hecho de padecer las inclemencias ante los temporales, en una calle ubicada en zona residencial, a pocas cuadras del centro de la Ciudad y la estación de trenes;
Que se trata de una petición que se ha efectuado a autoridades de gobiernos anteriores, convirtiéndose en un reclamo prolongado que lleva más de diez años;
Que concejales de este Órgano Colegiado han acompañado el reclamo de los vecinos, y se considera preciso efectuar una disposición institucional del Cuerpo dentro de lo determinado por el artículo 73 inciso c de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
POR ELLO:
El Bloque de Concejales del Frente para la Victoria – PJ eleva al Cuerpo para su consideración el siguiente
PROYECTO DE RESOLUCION
Artículo 1º: Solicitase al Departamento Ejecutivo –Secretaría de Infraestructura y Planificación- tenga a bien incluir en un plan de pavimentación a la calle V. Alsina entre Jorge y Rivadavia de la ciudad de Adrogué, de acuerdo a los argumentos expuestos en los considerandos de la presente.
Artículo 2º: De forma.
VISTO:
La necesidad de continuar brindando obras a los vecinos de Almirante Brown, y;
CONSIDERANDO:
Que los frentistas de la calle Valentín Alsina al 1200, entre Jorge y Rivadavia de Adrogué, han solicitado la pavimentación de la arteria;
Que motiva el reclamo el hecho de padecer las inclemencias ante los temporales, en una calle ubicada en zona residencial, a pocas cuadras del centro de la Ciudad y la estación de trenes;
Que se trata de una petición que se ha efectuado a autoridades de gobiernos anteriores, convirtiéndose en un reclamo prolongado que lleva más de diez años;
Que concejales de este Órgano Colegiado han acompañado el reclamo de los vecinos, y se considera preciso efectuar una disposición institucional del Cuerpo dentro de lo determinado por el artículo 73 inciso c de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
POR ELLO:
El Bloque de Concejales del Frente para la Victoria – PJ eleva al Cuerpo para su consideración el siguiente
PROYECTO DE RESOLUCION
Artículo 1º: Solicitase al Departamento Ejecutivo –Secretaría de Infraestructura y Planificación- tenga a bien incluir en un plan de pavimentación a la calle V. Alsina entre Jorge y Rivadavia de la ciudad de Adrogué, de acuerdo a los argumentos expuestos en los considerandos de la presente.
Artículo 2º: De forma.
Mario Fuentes
Estado Parlamentario: APROBADO.
jueves, 8 de abril de 2010
León Gieco fue declarado Huésped de Honor del Distrito de Almirante Brown
ALMIRANTE BROWN, marzo de 2010
VISTO: La presentación de León Gieco el 27 de marzo en la Ciudad de Burzaco en el marco de la semana de la Memoria por la Verdad y la Justicia, y;
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Municipal de Almirante Brown tiene el orgullo de convocar en la ciudad de Burzaco a uno de los más prestigiosos músicos de la Argentina;
Que Raúl Alberto Antonio Gieco, popularmente conocido como León Gieco, nacido el 20 de noviembre de 1951 en la provincia de Santa Fe, es un músico y cantautor popular argentino, interprete de un estilo de música particular caracterizado por mezclar el género folclórico con el rock;
Que es considerado como uno de los máximos pilares y exponentes de la música argentina, reconocido en todo el mundo, exegeta de canciones con un fuerte contenido social, cultural y político;
Que se trata de un artista reconocido mundialmente que a lo largo de su carrera compartió escenario con Mercedes Sosa, Sixto Palavecino, Sting, Peter Gabriel, Joan Manuel Serrat, Ivan Lins, Pete Seeger, Ismael Serrano, Charly García, Pappo, Gustavo Santaolalla, Victor Heredia, Ricardo Mollo, entre otros;
Que en junio de 2004 fue declarado Ciudadano Ilustre de la Ciudad de Buenos Aires, en un acto al que asistieron Madres de Plaza de Mayo, y organismos de derechos humanos, entre otros;
Que León Gieco es una personalidad que desde hace décadas tiene participación militante en causas solidarias, por los derechos humanos, la inclusión y la preservación de la memoria;
Que su presentación en la ciudad de Burzaco tiene la particularidad de darse en el marco de la conmemoración de la semana de la Memoria por la Verdad y la Justicia, en la cual se recuerda a las víctimas producidas por la última dictadura militar que gobernó el país, bajo el mal llamado “proceso de reorganización nacional”;
Que es un honor para Almirante Brown recibir a tan distinguido artista, de vasta y reconocida trayectoria, en el contexto de una fecha muy triste para nuestra historia, lo que sin duda amerita conceder una distinción dentro de lo establecido en la Ordenanza Municipal Nº 8573;
POR ELLO:
Los Concejales del Bloque Frente para la Victoria - PJ elevan a consideración del Cuerpo el siguiente:
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º: Declárese “Huésped de Honor del Distrito de Almirante Brown” al artista León Gieco, quien se presentará el 27 de marzo en la ciudad de Burzaco, en el marco del Festival por la Memoria organizado por el Gobierno Municipal.
Artículo 2º: La presente se establece dentro de los alcances dispuestos por el artículo 4º de la Ordenanza 8573.
Artículo 3º: De forma.
VISTO: La presentación de León Gieco el 27 de marzo en la Ciudad de Burzaco en el marco de la semana de la Memoria por la Verdad y la Justicia, y;
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Municipal de Almirante Brown tiene el orgullo de convocar en la ciudad de Burzaco a uno de los más prestigiosos músicos de la Argentina;
Que Raúl Alberto Antonio Gieco, popularmente conocido como León Gieco, nacido el 20 de noviembre de 1951 en la provincia de Santa Fe, es un músico y cantautor popular argentino, interprete de un estilo de música particular caracterizado por mezclar el género folclórico con el rock;
Que es considerado como uno de los máximos pilares y exponentes de la música argentina, reconocido en todo el mundo, exegeta de canciones con un fuerte contenido social, cultural y político;
Que se trata de un artista reconocido mundialmente que a lo largo de su carrera compartió escenario con Mercedes Sosa, Sixto Palavecino, Sting, Peter Gabriel, Joan Manuel Serrat, Ivan Lins, Pete Seeger, Ismael Serrano, Charly García, Pappo, Gustavo Santaolalla, Victor Heredia, Ricardo Mollo, entre otros;
Que en junio de 2004 fue declarado Ciudadano Ilustre de la Ciudad de Buenos Aires, en un acto al que asistieron Madres de Plaza de Mayo, y organismos de derechos humanos, entre otros;
Que León Gieco es una personalidad que desde hace décadas tiene participación militante en causas solidarias, por los derechos humanos, la inclusión y la preservación de la memoria;
Que su presentación en la ciudad de Burzaco tiene la particularidad de darse en el marco de la conmemoración de la semana de la Memoria por la Verdad y la Justicia, en la cual se recuerda a las víctimas producidas por la última dictadura militar que gobernó el país, bajo el mal llamado “proceso de reorganización nacional”;
Que es un honor para Almirante Brown recibir a tan distinguido artista, de vasta y reconocida trayectoria, en el contexto de una fecha muy triste para nuestra historia, lo que sin duda amerita conceder una distinción dentro de lo establecido en la Ordenanza Municipal Nº 8573;
POR ELLO:
Los Concejales del Bloque Frente para la Victoria - PJ elevan a consideración del Cuerpo el siguiente:
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º: Declárese “Huésped de Honor del Distrito de Almirante Brown” al artista León Gieco, quien se presentará el 27 de marzo en la ciudad de Burzaco, en el marco del Festival por la Memoria organizado por el Gobierno Municipal.
Artículo 2º: La presente se establece dentro de los alcances dispuestos por el artículo 4º de la Ordenanza 8573.
Artículo 3º: De forma.
Mario Fuentes- Jorge Ayala-Eduardo Fabiani
Estado Parlamentario: APROBADO.
lunes, 18 de enero de 2010
Rampas en la estación de Burzaco
Buenos Aires, 19 de enero de 2010
Lic. Eduardo Montenegro
Gerente de Relaciones Institucionales
Unidad de Gestión Operativa Ferroviaria de Emergencia
UGOFE S.A.
S/D
Por medio de la presente me comunico con usted en esta oportunidad en virtud de la necesidad existente de realizar rampas para personas con discapacidad en la estación ferroviaria de la Ciudad de Burzaco, partido de Almirante Brown.
Dicha situación que preocupa a nuestra comunidad hace tiempo, ha sido puesta de manifiesto el jueves 14 de enero pasado en el diario Clarín (Zonal Lomas de Zamora, Almirante Brown, Esteban Echeverría, Ezeiza), en el cual usted mismo habría indicado que “la rampa se hará si o si”.
La intención en este caso consiste en señalar que reclamos de símil tenor han llegado a la Comisión de Infraestructura, Planificación y Tranporte del Honorable Concejo Deliberante, que presido en la actualidad, haciéndonos por tanto portadores del reclamo de la urgencia de la obra.
Dada la particularidad del tema, estrechamente vinculado a derechos fundamentales de nuestra Constitución Nacional, y la sensibilidad social ante el mismo, le reiteramos tenga a bien agilizar las gestiones para su concreción en el menor plazo posible.
Sin otro motivo, agradeciendo la atención dispensada, es que aprovecho la ocasión para saludarlo cordialmente.-
Lic. Eduardo Montenegro
Gerente de Relaciones Institucionales
Unidad de Gestión Operativa Ferroviaria de Emergencia
UGOFE S.A.
S/D
Por medio de la presente me comunico con usted en esta oportunidad en virtud de la necesidad existente de realizar rampas para personas con discapacidad en la estación ferroviaria de la Ciudad de Burzaco, partido de Almirante Brown.
Dicha situación que preocupa a nuestra comunidad hace tiempo, ha sido puesta de manifiesto el jueves 14 de enero pasado en el diario Clarín (Zonal Lomas de Zamora, Almirante Brown, Esteban Echeverría, Ezeiza), en el cual usted mismo habría indicado que “la rampa se hará si o si”.
La intención en este caso consiste en señalar que reclamos de símil tenor han llegado a la Comisión de Infraestructura, Planificación y Tranporte del Honorable Concejo Deliberante, que presido en la actualidad, haciéndonos por tanto portadores del reclamo de la urgencia de la obra.
Dada la particularidad del tema, estrechamente vinculado a derechos fundamentales de nuestra Constitución Nacional, y la sensibilidad social ante el mismo, le reiteramos tenga a bien agilizar las gestiones para su concreción en el menor plazo posible.
Sin otro motivo, agradeciendo la atención dispensada, es que aprovecho la ocasión para saludarlo cordialmente.-
Solicitud de rampas para personas con discpacidad en el cruce de Nother
Buenos Aires, 7 de enero de 2010
Lic. Eduardo Montenegro
Gerente de Relaciones Institucionales
Unidad de Gestión Operativa Ferroviaria de Emergencia
UGOFE S.A.
S/D
Por medio de la presente me comunico con usted en mi carácter de Presidente de la Comisión de Infraestructura, Planificación y Transporte del Honorable Concejo Deliberante, a raíz de un reclamo iniciado por vecinos e instituciones de este partido ante la falta de rampas para personas con discapacidad en el paso a nivel de la calle Nother de Adrogué.
Este cruce tiene una determinada elevación sobre el nivel de calle, y los peatones deben subir escaleras para poder atravesarlo, por lo que la falta de rampas impide el normal e igualitario desarrollo para todas las personas.
En virtud de lo expuesto es que solicitamos a Usted y por vuestro intermedio a quien corresponda a fin de que se realice la obra mencionada, en ambos márgenes o como mínimo en uno del paso a nivel Nother.
Dada la particularidad del tema, estrechamente vinculado a derechos fundamentales de nuestra Constitución Nacional, y la sensibilidad social ante el mismo, le solicitamos tenga a bien agilizar las gestiones para la concreción de esta obra en el menor plazo posible.
Agradeciendo la atención dispensada, es que aprovecho la ocasión para saludarlo cordialmente.-
concejalmariofuentes@gmail.com
Tel. 4214-1248
Honorable Concejo Deliberante de Almirante Brown
Pellerano 778, Adrogué (1846)
Lic. Eduardo Montenegro
Gerente de Relaciones Institucionales
Unidad de Gestión Operativa Ferroviaria de Emergencia
UGOFE S.A.
S/D
Por medio de la presente me comunico con usted en mi carácter de Presidente de la Comisión de Infraestructura, Planificación y Transporte del Honorable Concejo Deliberante, a raíz de un reclamo iniciado por vecinos e instituciones de este partido ante la falta de rampas para personas con discapacidad en el paso a nivel de la calle Nother de Adrogué.
Este cruce tiene una determinada elevación sobre el nivel de calle, y los peatones deben subir escaleras para poder atravesarlo, por lo que la falta de rampas impide el normal e igualitario desarrollo para todas las personas.
En virtud de lo expuesto es que solicitamos a Usted y por vuestro intermedio a quien corresponda a fin de que se realice la obra mencionada, en ambos márgenes o como mínimo en uno del paso a nivel Nother.
Dada la particularidad del tema, estrechamente vinculado a derechos fundamentales de nuestra Constitución Nacional, y la sensibilidad social ante el mismo, le solicitamos tenga a bien agilizar las gestiones para la concreción de esta obra en el menor plazo posible.
Agradeciendo la atención dispensada, es que aprovecho la ocasión para saludarlo cordialmente.-
concejalmariofuentes@gmail.com
Tel. 4214-1248
Honorable Concejo Deliberante de Almirante Brown
Pellerano 778, Adrogué (1846)
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