lunes, 15 de septiembre de 2008

Cuerpo de Guardianes de Plaza

VISTO:

La necesidad de proporcionar un mayor cuidado y mantenimiento a los espacios públicos del Partido de Almirante Brown, y;

CONSIDERANDO:

Que los espacios verdes de nuestro distrito requieren una continua conservación, mantenimiento y adecuado cuidado, por lo que resulta preciso brindar mayor asistencia a quienes realizan tareas de mantenimiento y puesta en valor de los mismos, haciendo más eficiente la gestión llevada a cabo por el Gobierno Municipal;

Que en este sentido, se considera una medida oportuna la presencia diaria en el cuidado del acervo patrimonial, en busca de procurar un contacto más directo con las necesidades de los vecinos de las localidades del Partido, a través de la inmediatez del vínculo que pueda desarrollarse entre los cuidadores de la plaza y quienes la visitan;

Que ello permitiría que se acoten costos de mantenimiento y limpieza reiterada, colaborando además, con un cambio de conciencia de los vecinos en el cuidado integral de los espacios urbanos;

Que coordinando la tarea de cuidado de los espacios verdes con el área de Seguridad, se podría disminuir la sensación de inseguridad en las plazas y parques de estación, colaborando de forma pasiva dando aviso de algún hecho delictivo o punible;

POR ELLO:

El Bloque Frente para la Victoria – PJ eleva a consideración del Cuerpo el siguiente

PROYECTO DE ORDENANZA

Artículo 1º: Crease el “Cuerpo de Guardianes de Plaza” en el ámbito de la Subsecretaría de Desarrollo, dependiente de la Secretaría de Producción y Desarrollo de la Municipalidad de Almirante Brown.

Artículo 2º: El “Cuerpo de Guardianes de Plaza” estará integrado por agentes de planta permanente, temporaria o personal contratado, quienes deberán estar uniformados con la indumentaria que le provea el Municipio para su identificación.

Artículo 3º: La Subsecretaría de Desarrollo deberá establecer los perfiles acordes a la función y definir los planes de selección, capacitación y evaluación periódica de aquellas personas que integren el órgano.

Artículo 4º: Las funciones de los guardianes de plaza serán:

1- Orientar y controlar el uso que los vecinos hacen de las instalaciones y los servicios ubicados en el espacio verde que se encuentra bajo su cuidado.
2- Controlar el estado de los juegos infantiles y llevar un libro diario de informes.
3- Ordenar el cese de actividades prohibidas o indebidas en los espacios públicos, conforme a ordenanzas vigentes, pudiendo labrar actas en caso de constatarse faltas.
4- Solicitar el auxilio de la fuerza pública en caso de comprobarse una contravención o delito y toda vez que resulte necesario.
5- Realizar toda otra función que el área de la que depende le determine a los efectos de lograr un mejor y eficiente mantenimiento y conservación de los espacios urbanos, de cada localidad del Partido de Almirante Brown.

Artículo 5º: De forma.
Mario Fuentes-Alejandro Torres-Oscar Pinal-Gabriel Soria.
Estado parlamentario: APROBADO. Ordenanza Nº 8930.