martes, 3 de noviembre de 2009

Regulación de estacionamiento en Nother

ALMIRANTE BROWN, octubre de 2009

VISTO:

Los constantes inconvenientes de tránsito que se continúan suscitando en la calle Nother entre Av. Espora y Pellerano de Adrogué, y;

CONSIDERANDO:

Que el problema radica en que la Calle Nother en el tramo indicado es de circulación doble, y los autos estacionan en ambas manos e incluso en lugares no permitidos;

Que en razón de dicha problemática este Honorable Concejo Deliberante aprobó la Resolución N° 56, por la cual se solicita al Gobierno Municipal proceda a establecer un operativo de control vehicular diario en la zona;

Que el Departamento Ejecutivo remitió informe a este HCD en el que notifica que ha tomado conocimiento de lo descripto, aunque la situación no se ha modificado;

Que la Ordenanza N° 3409, fija “libre estacionamiento en la acera de número par de la calle Nother desde Rosales hasta Somellera”, quedando prohibido el estacionamiento de la mano impar;

Que se adjunta copia de la Resolución N° 56, de la comunicación del Departamento Ejecutivo;

Que el Departamento Ejecutivo implantó políticas efectivas en cuanto al ordenamiento de tránsito como por ejemplo en la calle Mitre, mediante la correcta señalización, controles diarios y de forma preventiva se han logrado los objetivos propuestos;

Que resulta esencial que las mismas medidas se desarrollen en la calle Nother, ya que se trata de una acceso vital al centro neurálgico de Adrogué;

POR ELLO:

Los concejales del bloque Todos por Brown elevan a consideración del Cuerpo el siguiente

PROYECTO DE RESOLUCION

Artículo 1°: Solicitase al Departamento Ejecutivo cumpla de forma efectiva la señalización, pintura de cordones, y controles diarios de tránsito preventivos en la calle Nother entre Av. Espora y Pellerano de Adrogué, dentro de lo establecido en la Ordenanza N° 3409 que fija “libre estacionamiento en la acera de número par de la calle Nother desde Rosales hasta Somellera”, quedando prohibido el estacionamiento de la mano impar.

Artículo 2°: Solicitase al Departamento Ejecutivo que dichas medidas sean desarrolladas a la mayor brevedad posible, en un plazo que no supere los treinta días de aprobada la presente, con estricto control y cumplimiento.

Artículo 3°: De forma.
Mario Fuentes - Ivanna Rezano.
Estado parlamentario: APROBADO.