ALMIRANTE BROWN, abril de 2010
“Zagert en Almirante Brown” declarado de Interés Municipal
VISTO:
Lo dispuesto en la Ordenanza Nº 4023, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma se establecen las determinaciones para la declaración de Interés Municipal de un evento o acto cultural;
Que del 24 de abril al 24 de mayo del corriente año, se presentará en la Casa Municipal de la Cultura la muestra “Rodolfo Zagert en Almirante Brown”;
Que Rodolfo Zagert nace en 1950 en Eldorado, Misiones, estudia arte y arquitectura en Buenos Aires, continúa sus estudios universitarios becado en Alemania, país en el que desarrolla su actividad artística en el campo de la arquitectura y la plástica, es dueño de una basta trayectoria y ha realizado más de 20 exposiciones en todo el mundo;
Que este magnífico artista y arquitecto realizará una exibición de más de cincuenta obras que transitan entre la abstracción y la figuración, y que proponen experiencias vividas diversas;
Que la crítica ha dicho en alguna oportunidad “Cuando a uno lo ponen enfente de las obra de Rodolfo Zagert, inevitablemente uno tiene la sensación de que ha recibido un puñetazo en la mandíbula. ....el arte de Zagert no vence por puntos sino por nocáut. Sus obras nos muestran un mundo de criaturas que se parecen a las de Sábato o Soriano, inmersas en un inquietante paisaje, siempre en raros equilibrios”;
Que se adjunta a la presente un detalle de la exposicones individuales del artista y un relato de la Asociación de Críticos de Arte de Madrid;
Que la muestra dota de magnificencia a la cultura de Almirante Brown, por lo que resulta intención de este Honorable Concejo Deliberane declarar la actividad de Interés Municipal, dentro de los alcances de la normativa vigente;
POR ELLO:
El bloque de concejales del Frente para la Victoria – PJ eleva a consideración del Cuerpo el siguiente
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º: Declárese de Interés Municipal la muestra “Rodolfo Zagert en Almirante Brown” que se exibirá del 24 de abril al 24 de mayo en la Casa Municipal de la Cultura, de acuerdo a lo detallado en los considerandos de la presente.
Artículo 2º: La reglamentación de la presente se efecturá dentro de los alcances de la Ordenanza Nº 4023.
Mario Fuentes - M Ofelia Quintana - Norma Illescas - Norma Warrell
Estado Parlamentario: APROBADO