martes, 16 de diciembre de 2008

Implementación del Foro "En Brown estamos despiertos"

ALMIRANTE BROWN, diciembre de 2008


VISTO:

La necesidad de ordenar la actividad de los establecimientos o locales que funcionan como confiterías bailables, discotecas, discos, salas de baile, clubes, confiterías, bares dancing, pubs, cabarets, boites y demás locales donde se realicen actividades similares, tanto en lugares cerrados como al aire libre, cualquiera sea su denominación u actividad principal y la naturaleza o fines de la entidad organizadora, y;

CONSIDERANDO:

Que resulta preponderante poder ajustar a derecho las actividades de este tipo de comercios, en los que inciden no sólo variables de índole económica, sino principalmente factores relacionados con la convivencia, la seguridad, la salud y en consecuencia la vida de las personas;

Que desde hace años en las distintas zonas de nuestra comuna, impera un grave estado en la situación general de la nocturnidad, por lo cual el Departamento Ejecutivo Municipal estableció por Decreto la Emergencia en la Nocturnidad;

Que existe una dispersión de las fuentes normativas resultando menester su actualización, unificación y sistematización tendiente a lograr un régimen legal claro;

Que es esencial elaborar una norma avalada por el común de la sociedad y por los distintos actores sociales relacionados con la problemática (Municipio, Policía, Bomberos Voluntarios, Docentes, fuerzas vivas, comerciantes, jóvenes y padres) de modo de poder lograr el consenso necesario que permita la concreción de una Ordenanza, que nos lleve a una mejora significativa en los diversos índices que hacen a la temática;

Que para ello, el Estado Municipal debe ponerse al frente de la situación, instalar el debate en la sociedad mediante los medios de comunicación, consultas de opinión, mesas de debate y cualquier otra metodología conveniente que permita conocer el parecer de los actores y un mapa aún más minucioso de la situación, para la concreción de los objetivos planteados;


POR ELLO:

El Bloque de Concejales del Frente para la Victoria / PJ eleva al Cuerpo para su consideración y tratamiento el siguiente

PROYECTO DE ORDENANZA

Artículo 1º: Impleméntese en el ámbito del Municipio de Almirante Brown un Foro de Debate bajo la consigna “En Brown estamos despiertos”, que permita la sanción de una Ordenanza sobre la temática abordada en el Visto de la presente, surgida del consenso de los distintos actores.

Artículo 2º: Tómese como base para el debate, el proyecto de Ordenanza del “Código de la Nocturnidad”.



Artículo 3º: Participarán del Foro:
Por el Gobierno Municipal, un miembro de las Secretarías de: Gobierno, Infraestructura y Planificación, Salud, un miembro de la Subsecretaría de Derechos Humanos e Igualdad de Oportunidades y uno de la Dirección de Juventud;
El Presidente del Honorable Concejo Deliberante, y miembros del Cuerpo designados por su titular;
Un miembro del Consejo Escolar;
Autoridades de la Policía Distrital;
Autoridades de la Sociedad de Bomberos Voluntarios local;
Dos representantes de la Cámara de Comercio e Industria;
representantes por comercio de los rubros mencionados;
Los Jóvenes y Padres interesados, para lo cual se deberá comunicar oportunamente a través de los diversos medios de comunicación local y mediante los centros de gestión comunal de cada localidad;
Colaboradores a determinar por el Foro;
Especialistas y toda otra persona que se considere relevante.

Artículo 4º: Presidirá el Foro el Señor Intendente Municipal. Oficiará de Secretario Ejecutivo un representante del Departamento Ejecutivo designado por el Intendente, y de Secretario Legislativo, un representante del HCD designado por el Presidente del Cuerpo.

Artículo 5°: A efectos de cumplimentar lo dispuesto en los artículos precedentes, el Departamento Ejecutivo establecerá el mecanismo adecuado para el desarrollo, citación, día y hora de realización, además de toda otra medida que se considere relevante para la concreción del objetivo planteado, en un plazo que no supere los quince (15) días contados a partir de la promulgación de la presente.

Artículo 6º: De forma.
Mario Fuentes - Eduardo Fabiani - Alejandro Torres - Ivanna Rezano - Norma Warrell - Juan Vairo.
Estado parlamentario: APROBADO. Ordenanza Nº 8894.