ALMIRANTE BROWN, Agosto de 2010
VISTO:
El décimo aniversario de la Bibliotecta Popular Parlante “Norberto Di Lorenzo”, y;
CONSIDERANDO:
Que la Bibliotecta Popular Parlante “Norberto Di Lorenzo” desarrolla sus actividades hace diez años en la localidad de Burzaco, ofreciendo talleres de lecto-escritura braille, computación (con el programa JAWS), manejo del bastón blanco y también realizan reuniones grupales de autoayuda con presencia de profesionales;
Que el proyecto surgió en el año 2000 a partir de un problema personal de Analía Balbín, la impulsora y directora de la Biblioteca, en un pequeño espacio y con el tiempo fue creciendo, y de esta forma paso de ser un proyecto individual a transformarse en una institución solidaria que es visitada por cientos de personas de la región;
Que la institución desarrolla diariamente un notable trabajo, de gran esfuerzo y dedicación, bajo el lema “que la falta de visión no represente más limitaciones”, promoviendo la mejora en la calidad de vida de las personas no videntes y su inclusión en la sociedad;
Que es política de este Concejo Deliberante bregar y acompañar las acciones tendientes a lograr la igualdad de derechos para las personas capacidad reducida, en el derecho al trato digno y equitativo, así como el derecho a una vida independiente y a participar plenamente en la sociedad;
Que en ello, todos los actores políticos y sociales debemos abogar por la inclusión efectiva y la participación plena de las personas en su comunidad, conforme al derecho nacional e internacional vigente;
Que la celebración del décimo aniversario de la insitución es un logro que este Concejo Deliberante considera fundamental destacar, como manera de efectuar un reconocimiento institucional a sus promotores y toda la comunidad, instándolos a continuar por el camino emprendido;
POR ELLO:
El Bloque de Concejales del FRENTE PARA LA VICTORIA-PJ, eleva al Cuerpo para su consideración y tratamiento el siguiente
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º: Declárese de Interés Municipal el Décimo Aniversario de la Biblioteca Popular Parlante “Norberto Di Lorenzo”, de la Localidad de Burzaco, dada la trayectoria alcanzada y la notable tarea que desarrollan para mejorar la calidad de vida de las personas no videntes y su inclusión en la sociedad.
Artículo 2º: La Reglamentación de la presente deberá efectuarse dentro de lo establecido en la Ordenanza Nº 4023.
Artículo 3º: De forma.
Mario Fuentes-Alejandro Torres-Norma Warrel- Roberto Bastanza
Estado parlamentario: APROBADO