martes, 3 de mayo de 2011

Sobre prórroga beneficios para discapacitados.


ALMIRANTE BROWN, abril de 2011


VISTO:

Lo dispuesto en la Ordenanza Nº 9204, prorroga de la vigencia de la Ordenanza N° 8980 (prorroga de la Ordenanza N° 7846), por la cual se exime del pago de tasas Municipales a discapacitados, y

CONSIDERANDO:

Que el vencimiento de los permisos provisorios y beneficios tributarios otorgados a discapacitados ha caducado el 31 de Diciembre de 2010;

Que una vez vencido el plazo mencionado, los interesados están obligados, si desean continuar con su actividad, a reunir y presentar todos los requisitos habituales establecidos para la habilitación definitiva de comercios, como así también proceder a realizar el pago de todas las Tasas e Impuestos correspondientes;

Que para hacer frente a las referidas obligaciones, los interesados deberán invertir recursos económicos relativamente significativos, que en la actualidad, la realidad así lo indica, la mayoría de ellos no posee;

Que el propósito explicito de la Ordenanza N° 7846 Y su prórroga ordenanza N° 8980 y 9204, fue precisamente que el Municipio acudiera en ayuda de quienes se encuentran en inferioridad de condiciones para hacerle frente a sus necesidades elementales;

Que en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades a este Honorable Cuerpo le corresponde dictar la norma necesaria para su implementación;

POR ELLO:

El Bloque de Concejales del Frente para la Victoria – PJ eleva a consideración del Cuerpo el siguiente

PROYECTO DE ORDENANZA

ARTICULO 1º:

Prorróguese hasta el 31 de Diciembre de 2011, la vigencia de los permisos provisorios y beneficios otorgados a discapacitados, de conformidad con lo preceptuado por la Ordenanza N° 7846 y su prórroga Ordenanza N° 8990 y 9204.

ARTICULO 2º:

A solicitud de los interesados, los mismos deberán concurrir a la Dependencia Municipal correspondiente en donde se dejara constancia de la prorroga dispuesta por la presente Ordenanza, mediante anotación en los certificados de permisos respectivos.
ARTICULO 3º:

De Forma.

Mario Fuentes.
Eduardo Fabiani.