sábado, 25 de diciembre de 2010

"Noche de Reyes" - Rotary Club Rafael Calzada

Almirante Brown, diciembre de 2010


VISTO:

La realización de la vigésima tercer edición de la “Noche de Reyes” promovida por el Rotary Club de Rafael Calzada, y;

CONSIDERANDO:

Que el 5 de enero de 2011 en la plaza 25 de Mayo de Calzada se relizará una nueva celebración de la “Noche de Reyes”;

Que se trata de una actividad que el Club Rotario realiza anualmente desde hace 23 años ininterrumpidos, donde se presentan durante la jornada diferentes propuestas artísticas, el pesebre viviente y el recorrido de los Reyes Magos por las calles de la ciudad, con el sorteo de numerosos juguetes y regalos para los chicos;

Que año tras año esta actividad ha ido creciendo y tomando prestigio en el seno de la comunidad calzadense, que acompaña de manera masiva su realización;

Que el aval de este Órgano Colegiado jerarquiza aún mas el evento, involucrando de manera directa al Estado Municipal, que viene implementando un acompañamiento real a todas las instituciones del distrito;

Que es intención además avalar esta propuesta como manera de reconocer el notable trabajo social que el Rotary Club de Rafael Calzada realiza en su comunidad, y el notorio compromiso con toda la sociedad;

Que corresponde por tanto proceder dentro de lo establecido por la Ordenanza Municipal Nº 4023;

POR ELLO:

El Bloque de Concejales del FPV/PJ elevan a consideración del Cuerpo el siguiente

PROYECTO DE ORDENANZA

Artículo 1°: Declárese de Interés Municipal la celebración de la “Noche de Reyes” promovida por el Rotary Club de Rafael Calzada, que se desarrolla por vigésima tercer vez ininterrumpida en la ciudad, como manera de jerarquizar el evento y reconocer el notable trabajo social que la institución realiza en su comunidad.

Artículo 2°: De forma.
Mario Fuentes - Eduardo Fabiani - Norma Warrell - Ofelia Quintana

lunes, 13 de diciembre de 2010

Interés Municipal a la Comisaría de la Mujer en su décimo aniversario

ALMIRANTE BROWN, diciembre de 2010

VISTO:

La celebración del décimo aniversario de la fundación de la Comisaría de la Mujer y la Familia de Almirante Brown, y;

CONSIDERANDO:

Que el 28 de diciembre del corriente se cumplen diez años de la creación de esta fuerza especial destinada a la recepción de denuncias vinculadas a la violencia familiar y a los abusos;

Que esta dependencia policial fue precursora e innovadora en la zona sur del Gran Buenos Aires en la temática de la violencia familiar, entendiéndola como un problema social de alto impacto en la comunidad, que implica la violación de derechos humanos y afecta la salud, la dignidad y la calidad de vida de las personas;

Que cuenta con personal policial especializado y con la presencia de equipos interdisciplinarios integrados por psicólogs, asistentes sociales y abogados capacitados para brindar a las víctimas de violencia intrafamiliar y abuso sexual un espacio institucional idóneo en el que se les ofrece orientación, contención y asesoramiento;

Que durante muchos años atendió esta problemática no sólo con lo que respecta a la población de Almirante Brown sino también con las localidades vecinas de Lomas de Zamora y Presidente Peron, que desde hace poco tiempo brindar su propio servicio;

Que durante sus diez años se optimizó el trabajo en red, se incrementaron de forma cotidiana las actividades sociales, solidarias, de difusión y prevención de la temática;

Que el modelo de trabajo impuesto en la Comisaría de la Mujer y la Familia de este distrito, fue tomado por la República del Paraguay, con quienes se realizaron intercambios de personal policial, de personal capacitador del mismo, del Poder Legislativo y Judicial Nacional del Paraguay, logrando la actual puesta en funcionamiento de tres dependencias en el vecinos país;

Que actualmente cuenta con 27 efectivos, a cargo desde hace cinco años de su titular, Oficial Principal Sandra Mercedes Re;

Que es intención de este Honorable Cuerpo y en su legítima representación de todos los miembros de la comunidad de Almrirante Brown, reconocer el notable trabajo que esta dependencia realizó a lo largo de estos años y que aún realiza en beneficio de un sector de nuestra población que se ve afectado por una problemática que resulta inaceptable para toda la sociedad;

Que es menester por tanto proceder conforme lo establecido en la Ordenanza Municipal Nº 4023;









POR ELLO:

El Bloque de Concejales del Frente para la Victoria – PJ eleva a consideración del Cuerpo el siguiente

PROYECTO DE ORDENANZA

Artículo 1º: Declárese de Interés Municipal la tarea desarrollada por la Comisaría de la Mujer y la Familia de Almirante Brown, al cumplirse el décimo aniversario de su fundación, en reconocimiento de la destacada trayectoria y notable tarea que realiza en la atención, orientación y contención de las víctimas de violencia familiar y abusos sexuales.

Artículo 2º: Notifíquese al Ministerio de Seguridad de la provincia de Buenos Aires, a la Jefatura Departamental, a la Distrital de Almirante Brown, y a la Subsecretaría de Seguridad del Gobierno Municipal de Almirante Brown.

Artículo 3º: De Forma.
Mario Fuentes - Eduardo Fabiani - Norma Warrell - Roberto Bastanza -Ángel Akike

martes, 30 de noviembre de 2010

Homenaje al Pastor Lorenzo ante su fallecimiento

ALMIRANTE BROWN, noviembre de 2010


VISTO:

El fallecimiento del Pastor Eduaro Lorenzo, y;


CONSIDERANDO:

Que el domingo 28 de noviembre, en horas de la mañana partió a la presencia del Señor el Pastor Eduardo Lorenzo;

Que Eduardo Lorenzo nació el 28 de mayo de 1940 en España, llegó de niño a Buenos Aires, está casado desde hace más de 50 años con Norma Moreno, y es padre de familia de 4 hijos: Victor, Pablo, Esteban y Marisa;

Que en febrero de 1974 comenzó su tarea pastoral en Adrogué liderando la 1º Iglesia Bautista de la Ciudad, que se encuentra radicada desde 1922;

Que fue Presidente de la Convención Evangélica Bautista Argentina (CEBA) alcanzando un alto prestigio a nivel nacional e internacional;

Que en este sentido, se transformó en una autoridad pastoral reconocida por todas las instituciones religiosas, y fue conferencista internacional, llegando a predicar el evangelio en todo el mundo;

Que con una gran pasión por esta ciudad no solo hizo una enorme obra en la congregación sino que también, y fundamentalmente, participó activamente en la vida cívico social de Adrogué, ciudad cabecera de nuestro partido;

Que fue Presidente de la cooperadora de la Escuela Nº 1 en varios períodos, y más tarde Presidente de la cooperadora del Colegio Nacional;

Qur fue creador y Presidente de la Fundación Nuevo Nacimiento, de una importante actividad social, con fuerte arraigo en la comunidad;

Que una de sus caracterísitcas sobresalientes al frente de la Iglesia ha sido llevar la institución a la Ciudad, con un notorio sentido de solidaridad y amor por el prójimo, obteniendo el respeto y afecto de los más diversos sectores;

Que sin duda se trata de una personalidad de notable trascendencia en la ciudad, reconocido por su obra, su profunda fé, sus fuertes convicciones, su gran humildad, su intachable honestidad y su hombría de bien;

Que en su glorioso paso por la vida deja un legado de amor, de infatigable compromiso, de inextingible fé, de protección y contención de los necesitados, de valores y convicciones ejemplares para nuestra juventud;

Que es intención de este Cuerpo integrado por los legítimos representantes del pueblo, expresar institucionalmente el profundo dolor que representa su partida, y el reconocimiento a la exelencia de su obra;






POR ELLO:

Los concejales del bloque Frente para la Victoria – PJ eleva a consideración del Cuerpo el siguiente

PROYECTO DE COMUNICACION

ARTICULO 1º: Expresase el profundo dolor del Honorable Concejo Deliberante de Almirante Brown ante el fallecimiento del Pastor Eduardo Lorenzo, y pongase de manifiesto el reconocimiento de este Organo Colegiado ante la trascendencia de la obra que marca su legado.

ARTICULO 2º: De forma.
Mario Fuentes - Eduardo Fabiani - Norma Warrell - Ángel Akike - Ofelia Quintana

miércoles, 24 de noviembre de 2010

Narradores Sociales - "Atahualpa Yupanqui"

Almirante Brown, noviembre de 2010

VISTO:

La Ordenanza Municipal Nº 4023, por la cual se establecen las determinaciones para la declaración de Interes Municipal, y;

CONSIDERANDO:

Que la Casa de Cultura de Longchamps y Biblioteca Popular “Atahualpa Yupanqui” desarrolla desde el año 2008 una importante tarea socio-cultural con un grupo de narradoras sociales;

Que el grupo de narradoras sociales está compuesto por mujeres de distintas edades, que van desde los 14 años hasta la tercera edad, a las que une la misma pasión y vocación;

Que el grupo fue creado por Esther López, es coordinado por Marta Minatta, y está compuesta además de ellas por: Mercedes Conde, Ana Lidia González, Rosa Luna, Irene Villa, María Ledesma, Blanca Sarmiento, Isabel Benítez, Andrea Sala, Esther Tierno, Stella Poy, Mercedes Deloro, María Sol Moyano, Ángela Escurra, Elena Tonkovich, Alejandra Castillo y Norma Ceballos;

Que su tarea consiste en recorrer escuelas, comedores comunitarios, plazas, jardines infantiles, geriátricos y otros lugares, y desarrollar lecturas temáticas de acuerdo a la población;

Que la lectura no es una actividad sencilla y requiere de múltiples habilidades o competencias para poder desarrollarla con eficacia, y a partir de su accionar se despliega todo el andamiaje en el lector, es decir salen a la luz todos sus conocimientos y saberes previos que le permiten reconocer la información que rodea al texto y actualizar lo ya conocido, encontrar los sentidos de un texto, explorar el universo creado por el autor, y finalmente podremos afirmar que leer es viajar;

Que estas lecturas sociales resultan únicas y tienen importantes consecuencias además para aquellos que reciben el mensaje, tanto desde lo cognositivo como desde lo humanitario;

Que es intención efectuar una declaración institucional respecto del trabajo desarrollado por este grupo como manera de reconocer su labor y poder de esta forma incentivarlas a continuar realizándose;

POR ELLO:

Los Concejales del bloque Frente para la Victoria – PJ elevan a consideración del Cuerpo el siguientes

PROYECTO DE ORDENANZA

Artículo 1º: Declárese de Interés Municipal la labor del grupo de narradoras sociales perteneciente a la Casa de Cultura de Longchamps y Bilbioteca Popular “Atahualpa Yupanqui”, en virtud de los considerandos expuestos en la presente.

Artículo 2º: De forma.
Mario Fuentes - Eduardo Fabiani - Roberto Bastanza - Norna Warrell

Gestiones por la calle Trípodi

Almirante Brown, noviembre de 2010


VISTO:

La necesidad de continuar brindando soluciones a la comunidad de Almirante Brown, y;


CONSIDERANDO:

Que un grupo de vecinos de Claypole se han acercado a este Honorable Cuerpo expresando la necesidad de mejorar el estado de la calle Tripodi desde Humberto 1º hasta Alsina, solicitando su incorporación al programa de asfaltos sociales;

Que se trata de un trayecto de 6 cuadras que daría conectividad interna al barrio 25 de Mayo;

Que se adjunta a la presente plano elaborado por los vecinos de la zona citada;

Que el Gobierno Municipal ha realizado un exepcional trabajo en materia de pavimentación superando la realización de más de 1000 cuadras;

Que resulta prioritario continuar proyectando obras y planes de acción en el distrito para futuras etapas, siendo en este sentido posible incoporar a la calle Tripodi en el tramo citado a un futuro plan;

POR ELLO:

El Bloque de Concejales del FPV/PJ eleva a consideración del Cuerpo el siguiente

PROYECTO DE RESOLUCION

Artículo 1°: Diríjase al Departamento Ejecutivo, Secretaría de Infraestructura y Planificación, solicitando tenga a bien incorporar a la calle Tripodi desde Humberto 1º hasta Alsina, del barrio 25 de Mayo de la localidad de Claypole, a un futuro plan de pavimentación social.

Artículo 2°: De forma.
Mario Fuentes - Eduardo Fabiani - Norma Warrell - Ofelia Quintana

martes, 23 de noviembre de 2010

Monumento Eva Perón

ALMIRANTE BROWN, noviembre de 2010



VISTO:

Lo dispuesto en el artículo 27º inc 3 de Ley Orgánica de las Municipalidades;

CONSIDERANDO:

Que según el mismo corresponde a este Honorable Cuerpo disponer la conservación de monumentos, paisajes y valores locales de interés tradicional, turístico e histórico;

Que en consonancia este Honorable Cuerpo sancionó oportunamente la Ordenanza Municipal Nº 7578, vigente en la actualidad, por la cual se declara de Interés Municipal la preservación del Patrimonio Histórico Cultural en el partido;

Que en el barrio El Gaucho de la ciudad de Burzaco, en la intersección de las calles Hualfin y Alcorta, se encuentra radicado un histórico espacio del movimiento nacional y popular en homenaje a Maria Eva Duarte de Perón;

Que este busto a Evita es reconocido como uno de los primeros en instaurarse en la provincia de Buenos Aires y el primero en Almirante Brown;

Que desde el momento en que Evita pasó a la inmortalidad el 26 de julio de 1952 en dicha intersección se reúnen hombres y mujeres a recordar a la abanderada de los humildes, aún durante el trágico proceso de “revolución fusiladora” y en las épocas de proscripción del Peronismo;

Que Eva Perón visitó el lugar en el marco de sus constantes campañas sociales, razón por la cual se la homenajea en dicho lugar;

Que durante años fue conservado por la familia en cuyo inmueble se radica el busto, la que en la actualidad junto a militantes y vecinos, aún lo mantiene en condiciones;

Que resulta esencial que el Estado Municipal tome intervención directa de manera tal de garantizar la preservación de este busto, aún buscando mejorar sus condiciones estructurales;

Que sin lugar a duda se trata de un lugar de trascendencia para el acervo cultural del distrito, de un real interés histórico, cultural y socio político, que se ha transformado en un lugar de encuentro para la militancia que año tras año, sin claudicar, rinde homenaje a su lider esperitual;

Que pese a la importancia que representa, durante años permaneció alejado de la agenda del Gobierno Municipal y que es intención que la gestión encabezada por el Intendente Darío Giustozzi venga a reparar este hecho al igual que con otras situaciones que ya han sido subsanadas como por ejemplo entre otros del viejo cine de Burzaco;

Que la figura de Eva Duarte, Evita para el pueblo argentino, trasciende su época y se constituye como la mujer más importante de la historia argentina durante sus primeros 200 años, artifice fundamental de profundas transformaciones sociales en favor de los trabajadores, las mujeres y los niños;


Que es intención mediante la sanción de la presente establecer un marco normativo para asegurar la protección y conservación del mismo, para las generaciones futuras;


POR ELLO:

El bloque de concejales del FPV – PJ eleva a consideración del Cuerpo el siguiente


PROYECTO DE ORDENANZA

ARTICULO 1º: Declárase MONUMENTO HISTORICO al busto en homenaje a Evita Perón, ubicado en la intersección de las calles Alcorta y Hualfin, del barrio El Gaucho de la Ciudad de Burzaco, Partido de Almirante Brown, dentro de los alcances de la Ordenanza Nº 7578, al considerarlo un bien que reporta un interés histórico, cultural y socio político, que significa un aporte relevante para el desarrollo de la indentidad del partido de Almirante Brown.

ARTICULO 2º: Facultese al Departamento Ejecutivo por medio de la Secretaría de Producción y Desarrollo a realizar las acciones necesarias para la restauración y/o remodelación del espacio, debiendo tomar como referencia de consulta al consejo del Partido Justicialista de Almirante Brown, garantizando además la protección y el mantenimiento del lugar.

ARTICULO 3º: Obsérvese y aplíquese lo dispuesto en los artículos 7º y 8º de la Ordenanza Nº 7578.

ARTICULO 4º: Las obras desarrolladas deberán finalizar antes del 26 de julio de 2011, fecha en que se conmemorará el fallecimiento de Eva Duarte.

ARTICULO 5º: El Departamento Ejecutivo eximirá al inmuble donde se encuentra el busto de la tasa de barrido y limpieza por el término de 5 (cinco) años, quedando obligados sus propietarios en contraprestación a colaborar con el mantenimiento posterior. Dicho plazo podrá ser prorrogado automáticamente siempre que se mantengan las condiciones en vigencia.

ARTICULO 6º: De forma.

Calle Roberto Castillo - Barrio Sakura

Almirante Brown, 1º de noviembre de 2010


VISTO:

La propuesta elevada por alumnos de la Escuela Secundaria Ciclo Básico Nº 78 de efectuar un reconocimiento a la familia Castillo, en el marco del programa “Jóvenes y Memoria”, y;

CONSIDERANDO:

Que las consecuencias del accionar genocida de la dictadura de los desaparecidos y su extensión hasta nuestros días, torna evidente la necesidad de la práctica, construcción y enseñanza de las memorias colectivas, tanto en los ámbitos escolares como en los espacios públicos;

Que desde el gobierno nacional, provincial y municipal se propician y ejecutan políticas de defensa de los Derechos Humanos, como jamás en la Historia Argentina, procurando el esclarecimiento judicial de crímenes de Lesa Humanidad cometidos antes y durante la última dictadura militar;

Que en ese sentido, los organismos defensores de derechos humanos, casi en su totalidad, acuerdan con esas políticas y que los mas representativos, Madres y Abuelas de Plaza de Mayo, reconocen lo inédito y justo de dichas políticas de la memoria;

Que se han destinado espacios públicos a lo largo y a lo ancho del territorio argentino, con el fin de hacer explicito el reconocimiento a las victimas del terrorismo de estado, en todas sus expresiones (Parque de la Memoria, espacio ex E.S.M.A. y otros ex Centros Clandestinos de Detención);

Que a partir de los procesos judiciales que condenaron a los genocidas y los festejos nacionales del Bicentenario, los hechos históricos hasta entonces negados fueron reconocidos oficialmente como parte esencial de la Historia Argentina;

Que desde el Ministerio de Educación Nacional, la Dirección General de Cultura y Educación de la provincia de Buenos Aires y desde la Subsecretaria de Educación de la Municipalidad de Almirante Brown, se promueve la enseñanza de la historia reciente y de la memoria;

Que dichas prácticas pedagógicas se encuentran enmarcadas por los nuevos diseños curriculares de la Provincia de Buenos Aires, en todos sus niveles de enseñanza, y por programas extracurriculares que se desarrollan vinculando las instituciones escolares con su comunidad.

Que esos programas extracurriculares encuentran su máxima expresión en la propuesta de la Comisión Provincial por la Memoria, mediante el programa “Jóvenes y Memoria”, que plantea investigaciones sobre historia reciente en el ámbito distrital, entre otras acciones;

Que la Escuela Secundaria Ciclo Básico N°78, fue la primera escuela del distrito que participó de dicho programa y que lo hace el presente año, por tercera vez consecutiva;

Que a través de las investigaciones realizadas en el contexto del programa mencionado y reconocidas éstas como de interés municipal en 2008 por este mismo Honorable Concejo Deliberante, se ha hecho luz sobre la desaparición de la maestra Susana Lujan Papic, sobre la represión en el Barrio Sakura;

Que el programa en cuestión tiene como objetivo de máxima realizar acciones concretas sobre la comunidad de pertenencia;

Que la familia Castillo es un ejemplo de cómo el terrorismo de estado actúo en nuestra comunidad y de cómo sus consecuencias se extienden hasta el presente;

Que esta familia del barrio Sakura vivenció el secuestro y tortura de el Sr. Mario Castillo en repetidas oportunidades, el secuestro, tortura y desaparición del padre de familia, el Sr. Roberto Castillo, del cual fue recuperado su cuerpo el tres de agosto de 2009, mediante el trabajo del Equipo Argentino de Antropología Forense, en el marco de los Juicios por la Verdad;

Que Roberto Castillo, nacido en la provincia de Misiones, el seis de junio de 1937, secuestrado en su domicilio de las calles Alfredo Bufano y Esteban De Luca, del barrio Sakura, el doce de enero de 1977 por un grupo de tareas y en circunstancias aclaradas por medio de sentencia judicial, recuperado su cuerpo el tres de agosto de 2009; era un padre ejemplar, vecino reconocido por sus valores solidarios, trabajador de trayectoria intachable de la compañía Miralejos-Sapucay situada en la localidad de Brandsen , esposo cabal, y padre responsable de ocho hijos;

Que en el imaginario de la comunidad local, la familia en cuestión quedó bajo un manto de sospecha, consecuencia propia de la propaganda política de aquellos momentos, provocando su estigmatización social, razón primordial de esta propuesta;

Que desde los estudios pedagógicos y sociológicos se asevera el poder educador que poseen las nomenclaturas de las calles y otros espacios públicos, funcionando como auténticos móviles para el otorgamiento de valor y reivindicación a personalidades destacadas, lugares o acontecimientos históricos;

Que la calle Julio Fonrouge del barrio mencionado no cumple con las funciones pedagógicas mencionadas anteriormente, puesto que su relevancia histórica no cobra significatividad en el seno de una comunidad que ha sido fuertemente impactada por los dramáticos hechos descriptos en la presente;

Que el cambio de nombre de dicha calle por el de Roberto Castillo cumple con esas funciones pedagógicas, enmienda el olvido y otorga a la familia Castillo y a todo el grupo de victimas de la represión ilegal de la comunidad local su merecido reconocimiento;

Que es intención destacar el trabajo desarrollado por las ESB Nº 78 en este sentido, como así el apoyo y colaboración de la Subsecretaría de Derechos Humanos del Gobierno Muncipal de Almirante Brown;

Que es función de este Honorable Cuerpo reglamentar la imposición de nombres a las calles y a los sitios públicos, de acuerdo a las facutlades otorgadas por el artículo 27º inciso 4 de la LOM;









POR ELLO:

Los Concejales del Bloque Frente para la Victoria / PJ elevan a consideración del Cuerpo el siguiente

PROYECTO DE ORDENANZA

Artículo 1º: Reemplácese el nombre de la calle “Julio Fonrouge” entre Vallejos y Japón del barrio Sakura de la localidad de Burzaco por el nombre de “Roberto Castillo”, secuestrado en su domicilio de las calles Alfredo Bufano y Esteban De Luca, del barrio Sakura, el doce de enero de 1977 por un grupo de tareas de la dictadura militar, en virtud de lo expuesto en los considerandos de la presente.
Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo deberá informar de la presente a las reparticiones públicas municipales y provinciales con competencia, como así a todos los frentistas alcanzados por la presente.
Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo deberá preveer lo conducente para la correcta señalización de la arteria en virtud de lo dictado.
Artículo 4º: De forma.

jueves, 4 de noviembre de 2010

Homenaje Néstor Kirchner

Almirante Brown, noviembre de 2010

VISTO:

El fallecimiento del ex presidente Constitucional Néstor Kirchner; y,

CONSIDERANDO:

Que el inesperado deceso del ex Presidente de la Nación causó un dolor muy profundo que enlutó a los argentinos;

Que el doctor Kirchner desde sus acciones políticas e institucionales en la primera magistratura nacional se convirtió en un auténtico líder político popular por encima de cualquier bandera partidaria;

Que el gobierno del doctor Kirchner comenzó en el marco de una crisis institucional y política sin precedentes en la Argentina, que tuvo su eclosión en el año 2001, donde el entonces senador a cargo del Poder Ejecutivo se vio obligado a convocar a elecciones anticipadas por la crisis social que se vivía, y al comenzar su gestión tuvo que lidiar con la enorme desconfianza de una sociedad que pedía a gritos “que se vayan todos”;

Que como resultado de la administración Kirchner, el país se recuperó de esa crisis a la que “especialistas” habían considerado terminal; y obtuvo logros más que significativos: bajó los índices de desempleo, pobreza e indigencia; se incrementaron las exportaciones, creció la economía, se realizó un plan record de obras públicas en el país, aumentaron salarios y jubilaciones, recuperó las negociaciones paritarias para los trabajadores, se crearon miles de puestos de trabajo y todo esto con mayor número de Reservas en el Banco Central; además implementó políticas culturales y deportivas inéditas que le valieron el amplio reconocimiento de estos sectores, todas realizaciones que le dieron valor a su condición de estadista;

Que además logro modificar a una cúpula militar que todavía pretendía sostener la impunidad de los crímenes de lesa humanidad, colocó en el lugar histórico que merecían a las Madres y a las Abuelas de Plaza de Mayo, denunció por cadena nacional a la Corte Suprema de la mayoría automática y la desarticuló proponiendo en su lugar a juristas de prestigio; transformó a la Esma en un espacio para la Memoria e impulsó la derogación de las leyes de obediencia debida y punto final;

Que en materia de política internacional se plantó ante los organismos de crédito y logró la renegociación más grande y ventajosa de la historia de Occidente, pagó la deuda que liberó a la Argentina de la tutela del FMI y fue artífice de la aniquilación de la repetición del sometimiento neoliberal que proponía el ALCA;

Que con estos créditos, al finalizar su mandato como Presidente Constitucional fue designado de manera unánime como Secretario de la Unión de las Naciones Sudamericanas (UNASUR), cargo que desempeñó hasta el momento de su desaparición física, como reconocimiento de todos los países de la Región a su labor de incansable articulador de acuerdos y acciones que posibilitaron la unión en bloque de todos los países y el renacimiento de una América libre y soberana;

Que en este sentido el Dr. Kirchner participó en varias misiones de paz, siendo por demás saliente la última donde sus gestiones lograron un acuerdo pacífico entre la República de Colombia y la República Bolivariana de Venezuela cuyos gobiernos habían planteado la posibilidad de ciertas acciones bélicas, como así su rápida intervención ante el intento de golpe de Estado en la hermana República de Ecuador;

Que como líder del proyecto político Nacional y Popular sembró las semillas que dieron lugar al Gobierno de Cristina Fernández, bajo el cual los argentinos recuperamos el sistema jubilatorio público, solidario y universal; gozamos del derecho de la asignación universal por hijo, y logramos la sanción de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, entre otras medidas;

Que a lo largo de su paso por el Gobierno Nacional ha recibido innumerable cantidad de críticas y ha sido víctima de editoriales proféticos que siempre lo menospreciaron y demonizaron, y que aún en su lecho continúan atacando y juzgando;

Que pese a ello, ante la triste noticia de su fallecimiento, la sociedad salió a las calles espontáneamente y se hizo presente en las calles como muestra de reconocimiento a su gestión, a su persona y su militancia, con una notoria identificación y cercanía de gran parte del pueblo, que sólo un selecto sector de dirigentes de la política Nacional logra alcanzar;

Que este Municipio de Almirante Brown es fiel reflejo de la cantidad y calidad de obras y servicios que el Estado en sus diferentes niveles puede desarrollar en beneficio de la comunidad, cuando en su conducción se encuentran hombres comprometidos con la Justicia Social y el bienestar del pueblo;

Que en virtud de lo expuesto, este Honorable Concejo Deliberante y gran parte de la comunidad política, institucional y social de nuestro distrito, pretende efectuar un justo reconocimiento a Néstor Kirchner;

Que en este sentido, es intención establecer su nombre a la futura obra que el Estado Nacional y el Gobierno Municipal encabezado por el Intendente Giustozzi ha proyectado y desarrollado para la construcción del puente sobre y bajo nivel en la rotonda de Ruta N° 4 en la ciudad de Burzaco;

POR ELLO:

Los Concejales del Bloque Frente para la Victoria / PJ elevan a consideración del Cuerpo el siguiente
PROYECTO DE COMUNICACION

Artículo 1°: Póngase de manifiesto la voluntad del Honorable Concejo Deliberante para que el puente sobre y bajo nivel, a construir sobre la rotonda de Ruta N° 4 y Av. Hipólito Yrigoyen, en la ciudad de Burzaco, partido de Almirante Brown, reciba el nombre de “Presidente Néstor C. Kirchner”, en virtud del significado político y social de su figura para la sociedad moderna, en reconocimiento de su invalorable rol para dignificar al pueblo argentino y devolver la esperanza de un país más justo y mejor para todos los argentinos.

Artículo 2°: Comuníquese a la Secretaría de Presidencia de la Nación, a la Jefatura de Gabinete de Ministros y por su intermedio al Ministerio de Planificación Pública y Servicios; al Gobierno de la provincia de Buenos Aires por medio de la Jefatura de Gabinete de Ministros y el Ministerio de Infraestructura, y al Departamento Ejecutivo Municipal de Almirante Brown.

Artículo 3°: De Forma.

Mario Fuentes - Eduardo Fabiani - Mariano San Pedro - Angel Akike - Roberto Bastanza

Estado Parlamentario: APROBADO

Paseo de la democracia Dr. Raúl Alfonsín

ALMIRANTE BROWN, noviembre de 2010

VISTO:

Las atribuciones y deberes otorgados a este Concejo Deliberante por el artículo 27º inciso 4 de la LOM, y;

CONSIDERANDO:

Que en virtud del mismo corresponde a este Órgano reglamentar la imposición de nombres a las calles y a los sitios públicos;

Que en este sentido, se considera propicio y justo el hecho de designar a un sitio público con el nombre del ex Presidente Constitucional Raúl Ricardo Alfonsín, como reconocimiento a la figura del abogado y estadista que resulta primer presidente de la Democracia posterior al proceso dictatorial más feroz de la historia de nuestro País, fallecido el 31 de marzo de 2009;

Que Alfonsín fue elegido como presidente de la Nación el 30 de octubre de 1983 con el 52,4 % de los votos, cargo que asumió el 10 de diciembre de ese año. Antes de llegar a la primera magistratura había ocupado los cargos de: Concejal por el partido de Chascomús, diputado por la provincia de Buenos Aires y diputado de la Nación. A posterior de su gobierno fue elegido Convencional Nacional Constituyente (1994) y Senador de la Nación (2001);

Que la figura del ex presidente, Ciudadano Ilustre de la provincia de Buenos Aires, trasciende toda bandería partidaria y resulta uno de los mayores íconos del pensamiento nacional y popular. Al mismo tiempo es un claro exponente en la lucha por el afianzamiento de la democracia;

Que no puede dejar de reconocerse su defensa irrenunciable a la lucha por los Derechos Humanos y su compromiso inclaudicable en pos de un país mejor;

Que su compromiso por la Democracia y los derechos humanos fue de toda su vida, fundó el diario el imparcial en Chascomús en 1955 y fue encarcelado por la tristemente célebre “Revolución Libertadora”, también fue apresado el 17 de noviembre de 1966 por el gobierno del dictador Juan Carlos Onganía a causa de reabrir un comité partidario;

Que fue Fundador de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) en 1976;

Que se trató de uno de los pocos dirigentes políticos argentinos que se opuso a la acción militar en las Islas Malvinas, al sostener que su finalidad era lograr el fortalecimiento de la dictadura y exigió al gobierno militar que proveyera información verídica sobre la marcha del conflicto;

Que bajo su gobierno, la Argentina fue el único país que juzgó a sus dictadores, en el recordado “Juicio a las Juntas”, al mismo tiempo que decretó la creación de la Comisión Nacional por la Desaparición de Personas (CONADEP);

Que además firmó el tratado de paz y amistad con la República hermana de Chile después de años de desencuentros y amenazas previas de guerra en recientes tiempos de dictadura;
Que en reconocimiento a su fecunda política internacional recibió importantes distinciones como el premio príncipe de Asturias por su cooperación internacional, y la medalla de oro de UNICEF, entre otros;

Que impulsó la ley de Divorcio, iniciada por estrategia política del propio Alfonsín en el Congreso y promulgada en 1987 por el Poder Ejecutivo, que significó el aporte a un sinceramiento moderno y laico;

Que promovió el Mercado Común del Sur (MERCOSUR) junto al presidente de Brasil, Tancredo Neves, a principios de 1985. Al fallecer Neves, su sucesor José Sarney firma con Alfonsín el tratado de Foz de Iguazú e invitan a participar a los otros países de la Región Sur, Uruguay, Paraguay y Chile;

Que el gobierno de Alfonsín instrumentó un Plan Nacional de Alfabetización (PNA) diseñado por la profesora Nélida Baigorria. Al asumir el gobierno los datos del censo de 1980 indicaban un analfabetismo de 6,1%. En el censo de 1991 el analfabetismo se había reducido a 3,7%, porcentaje similar al que registran España y Canadá.[ ]En 1988, el PNA de Argentina recibió el premio otorgado por la Asociación Internacional de Lectura de la UNESCO;

Que ni bien llegado al gobierno, reorganizó las universidades nacionales bajo los principios de la Reforma Universitaria, básicamente garantizando la autonomía universitaria plena, el cogobierno entre docentes, estudiantes y graduados y la gratuidad de los estudios de grado;

Que implementó el “Plan Alimentario Nacional” (PAN), que se hizo conocido por su Cajas PAN, como solución de emergencia para afrontar el hambre y la pobreza reinante en el país heredado por la dictadura;

Que desde su visión de estadista y su vocación federal, El 16 de abril de 1986, Raúl Alfonsín dio desde los balcones del ministerio de economía de la provincia de Río Negro un efusivo discurso donde invitaba a los argentinos a "avanzar hacia el sur, hacia el mar y hacia el frío" y donde anunciaba el traslado de la Capital Federal al área patagónica integrada por las ciudades de Carmen de Patagones (en la Provincia de Buenos Aires), Viedma y Guardia Mitre (ambas en la provincia de Río Negro). Se trataba de un ambicioso proyecto, el cual es conocido como Proyecto Patagonia, cuyo fin era descentralizar el poder político y económico del país, excesivamente concentrado en el Gran Buenos Aires, promoviendo también el poblamiento de la Patagonia;
[]
Que fue artífice de la Reforma Constitucional de 1994, donde desde su banca de convencional constituyente promovió iniciativas fundamentales como la ampliación de la Corte Suprema de Justicia, la creación del Consejo de la Magistratura, la ley de Hábeas Data, la creación de la figura del Jefe de Gabinete y la elección directa de los senadores nacionales. Promocionó también el cumplimiento del pacto de San José de Costa Rica y los acuerdos sobre los derechos del Niño;

Que fundó entre otros, el Movimiento de Renovación y Cambio por el cual jóvenes radicales pretendían conducir la Unión Cívica Radical, después de persistentes comicios internos, triunfaron. Así fue que Alfonsín llegó al cargo Presidente del Comité Provincial y a posterior del Comité Nacional partidario. Gracias al estilo que imprimió en su conducción política, se lo designó vicepresidente primero de la Internacional Socialista;

Que al momento de analizar la implementación de una medida de esta índole, se considera que debe efectuarse en un lugar que resulte apropiado para tal reconocimiento;

Que el Gobierno Municipal encarará el año próximo trabajos de urbanización, embellecimiento, reacondicionamiento y puesta en valor de toda la zona de la estación de Burzaco, y asimismo, efectuará la remodelación integral del centro de gestión comunal como un nuevo centro cívico que comprenda las demandas sociales y culturales de la ciudad;

Que esta distinción se realiza en el marco de aquel 30 de octubre de 1983 en que los argentinos volvimos a votar, conmemorando 27 años de la elección que lo consagrara como primer Presidente de la Democracia;

Que es un reconocimiento a un ciudadano por su compromiso moral, político y social, cuestión esta que supera todo lo que riñe con consideraciones técnicas de sus obras;

Que todo ello va en sintonía con lo expuesto en los párrafos precedentes en cuanto al modelo de Municipio que pretendemos establecer para nuestras generaciones venideras;

Que ello además en el marco estratégico de un Municipio ordenando, con valores sociales establecidos y acentuados, que se preserven más allá del signo político al que toque gobernar;

POR ELLO:

Los concejales abajo firmantes elevan al Cuerpo para su consideración y tratamiento el siguiente
PROYECTO DE ORDENANZA

Artículo 1º: Impóngase el nombre de “Paseo de la Democracia Dr. Raúl Alfonsín” al radio comprendido por la futura urbanización de los predios de la estación de Burzaco, embellecimiento del espacio público, plazoletas con el nombre de ex Presidentes y el nuevo centro cívico, al momento de la inauguración de las obras realizadas por el Gobierno Municipal de Almirante Brown.

Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo desarrollará las acciones conducentes para la correcta aplicación de lo dispuesto en el artículo 1º.

Artículo 3º: De forma.

Mario Fuentes - Eduardo Fabiani - Roberto Bastanza

Estado Parlamentario: APROBADO

El nuevo Centro Comunal de Burzaco recibirá el nombre de Félix Flores

ALMIRANTE BROWN, noviembre de 2010

VISTO:

Las atribuciones y deberes otorgados a este Concejo Deliberante por el artículo 27º inciso 4 de la LOM, y;

CONSIDERANDO:

Que en virtud del mismo corresponde a este Órgano reglamentar la imposición de nombres a las calles y a los sitios públicos;

Que en este sentido, se considera propicio y justo el hecho de designar a un sitio público con el nombre del ex Intendente Constitucional, Félix Flores;

Que el profesor Flores fue miembro de la Escuela Superior de Formación Política en la provincia de Formosa hasta 1955;

Que llegó a nuestro Municipio en el año 1956 eludiendo la persecución política imperante, y se asentó en la Ciudad de Burzaco;

Que en aquellos años fue miembro de los comandos organizados de la resistencia peronista en la clandestinidad abogando por la vuelta del general de Perón;

Que durante el Gobierno de Frondizi ingresó en la Caja de Previsión Social de la Nación, cargo que ocupó durante años;

Que en 1981 emerge nuevamente en la mesa de verticalidad Justicialista junto a su compañero Narciso Vázquez;

Que Félix Flores fue elegido como Intendente de Almirante Brown el 30 de octubre de 1983, cargo que asumió el 10 de diciembre de ese año;

Que durante su gobierno fue precursor de la revisión histórica por los derechos de los desaparecidos, recodándose como un hito el 20 de diciembre de 1983 cuando se realizó la primer exhumación en el Cementerio de Rafael Calzada de compañeros enterrados en fosas comunes por la dictadura maldita;

Que aún en una situación de extrema complejidad y falta de recursos administro la gestión municipal intentando llegar a los más recónditos barrios de este distrito, cumpliendo con el ideal de la Justicia Social;

Que de 1991 al 2003 desempeñó el cargo de Delegado del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires en Almirante Brown;

Que durante toda su vida y aún en la actualidad abogó por el desarrollo democrático, el fortalecimiento de las instituciones, el bienestar común y el desarrollo de todos los sectores de la sociedad;

Que esta distinción se realiza en el marco de aquel 30 de octubre de 1983 en que los argentinos volvimos a votar, conmemorando 27 años de la elección que lo consagrara como primer Intendente de la Democracia;

Que es un reconocimiento a un ciudadano con un gran compromiso moral, político y social, al que se lo ve caminando con gran humildad por las calles del distrito, con el reconocimiento de toda su comunidad;


Que es intención de este Concejo Deliberante en consonancia con el Gobierno Municipal realizar un homenaje en vida a este histórico dirigente peronista, quien fuera artífice para sentar las bases democráticas de nuestro Municipio para el desarrollo actual;

POR ELLO:

Los Concejales del Bloque Frente para la Victoria / PJ eleva a consideración del Cuerpo el siguiente
PROYECTO DE ORDENANZA

Artículo 1º: Impóngase el nombre de “Intendente Félix Flores” al nuevo centro cívico que el Gobierno Municipal desarrollará en la sede del Centro de Gestión Comunal de Burzaco, en virtud de lo expuesto en los considerandos de la presente.

Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo desarrollará las acciones conducentes para la correcta aplicación de lo dispuesto en el artículo 1º.

Artículo 3º: De forma.

Mario Fuentes - Eduardo Fabiani - Alejandro Torres
Estado Parlamentario: APROBADO

miércoles, 3 de noviembre de 2010

INTERES MUNICIPAL A LA ORQUESTA DE CAMARA DE ALMIRANTE BROWN, DIRIGIDA POR PABLO AGRI

ALMIRANTE BROWN, octubre de 2010


VISTO:


Las determinaciones establecidas en la Ordenanza Municipal N° 4023, y;


CONSIDERANDO:

Que mediante la misma se establecen las determinaciones para la declaración de Interés Municipal de un evento o acto cultural;

Que el próximo 30 de octubre en la Casa de la Cultura de Adrogué, se realizará la presentación conjunta de la Orquesta de Cámara de Almirante Brown, dirigida por el Maestro Pablo Agri, y la Orquesta Típica Agustín Guerrero en el Concierto “Atípico”;

Que Pablo Agri es actualmente uno de los principales referentes en la nueva camada de intérpretes del Tango, ganador del Premio Clarín Espectáculos como Revelación en el año 2006, está al frente de su Cuarteto y forma parte, entre otras de las Orquesta de Leopoldo Federico y de Susana Rinaldi. En 2010, entrenó y dirigió la Camerata Argentina, que debutó en el mes de agosto con amplia repercusión en la prensa. En este mismo año tocó con el Maestro Paquito de Rivera, en el Lincoln Center (New York) y grabó junto a Diego “El Cigala” el Dvd en VIVO en el Gran Rex. Es integrante, además, desde el año 1992 de la Orquesta Sinfónica Nacional y previamente había formado parte de la Orquesta Estable del Teatro Colón. De amplia formación académica, inició sus estudios en el Conservatorio Provincial Julián Aguirre con el maestro Bernardo Prusak y fue alumno del maestro Szymsia Bajour. En el año 1996 fue becado por la Fundación Antorchas para estudiar en el Conservatorio Edgard Varese, en Francia, con el maestro Ami Flammer, obteniendo el Premier Prix en julio de 1997.
Cómo solista actuó con la Orquesta Sinfónica Nacional , Orquesta de Cámara del Mercosur, Orquesta Sinfónica de Bahía Blanca, Orquesta de Cámara Mayo, Orquesta Sinfónica de Avellaneda, Orquesta Sinfónica de Neuquén y Orquesta Sinfónica de Canal 7. Por otra parte, durante sus más de 20 años de carrera profesional tocó con los principales músicos de tango: Mariano Mores, Néstor Marconi, Horacio Salgán, Julián Plaza, Osvaldo Berlingieri y Juan José Mosalini, entre otros. A fines del ´99 actuó como violín solista del show “Tango Argentino”, en Brodway (Nueva York). En 2001 difundió “Agri X 2”, un disco que había grabado junto a su padre, Antonio Agri, con la Orquesta Sinfónica de Letonia y la dirección del Maestro Pedro I. Calderón;

Que por su parte, Agustín Guerrero en el 2005 formó y dirigió la Orquesta Típica Cerda Negra, que ha actuado en los centros tangueros más importantes de la ciudad de Buenos Aires y ha compartido escenario con muchas de las grandes figuras del tango. Cerda Negra ha participado en diversos festivales de tango en ciudades del interior de Argentina, y ha realizado una gira a Alemania en Julio del 2006 en marco del Festival Internacional de Jóvenes de Stuttgart donde se presentó en importantes salas y auditorios de la ciudad de Stuttgart y Uberlinguen. En Marzo de 2007 cierra el IX Festival de Tango de Buenos Aires junto a la orquesta Sans Souci y el Sexteto Mayor. En ese mismo año Cerda Negra graba su cd “Quiebre”, que fue presentado en el teatro “Lola Membrives”.En el 2008 Agustín Guerrero participó con el Quinteto Agustín Guerrero del Festival Internacional de Tango en Mentón, Francia, siendo éste el grupo estable de festival. En agosto de ese mismo año abrió el X Festival de Tango de Buenos Aires con un concierto de piano en homenaje a Horacio Salgán. En dicho festival presentó la Suite Salgan, obra de su autoría, que fue interpretada por la Orquesta del Tango de Buenos Aires. En el 2009 crea su propia Orquesta Típica la cual lleva su nombre. La Orquesta Típica Agustín Guerrero está compuesta por 4 violines, viola, violonchelo, contrabajo, clarinete, flauta traversa, guitarra, piano y 3 bandoneones. Dicho grupo ha actuado en el Ciclo Tangocontempo (Café Vinilo), en el ciclo Nuevas Tendencias (Torquato Tasso), en el Festival de Tango de San Isidro, entre otros lugares importantes; y es considerado por su repertorio contemporáneo como uno de los grupos vanguardistas de tango más importantes de la actualidad;

Que se trata de dos artistas de enorme jerarquía, que por primera vez se presentaran de manera conjunta en la ciudad de Adrogué;

Que es intención de este Honorable Concejo Deliberante reconocer la distinguida trayectoria de los citados, dentro de las facultades de este Honorable Cuerpo, en el marco de la presentación que realizarán en el concierto “Atípico”;

POR ELLO:

El Bloque de Concejales del Frente para la Victoria – PJ eleva a consideración del Cuerpo el siguiente


PROYECTO DE ORDENANZA

Artículo 1°: Declárese de Interés Municipal la presentación conjunta de la Orquesta de Cámara de Almirante Brown, dirigida por el Maestro Pablo Agri, y la Orquesta Típica Agustín Guerrero en el Concierto “Atípico”, que se realizará el 30 de octubre en la Casa de la Cultura de Adrogué, en virtud de lo expuesto en los considerandos en la presente.

Artículo 2°: Comuníquese con copia a la Secretaría de Educación y Cultura del Gobierno Municipal de Almirante Brown.

Artículo 3°: De forma.

Mario Fuentes - Oscar Pinal - Eduardo Fabiani - Ofelia Quintana

Estado Parlamentario: APROBADO

REPUDIO POR EL ASESINATO DE MARIANO FERREYRA

ALMIRANTE BROWN, octubre de 2010

VISTO:
Los violentos hechos ocurridos el 20 de octubre de 2010, que desembocaron en la lamentable muerte del militante del Partido Obrero, Mariano Ferreyra, y dejaron además como saldo varios heridos, y;
CONSIDERANDO:
Que dicho homicidio se dio en el marco de una de las reivindicaciones más dignas que pueda pretender un trabajador, que es la de “condiciones dignas y equitativas de labor” e “igual remuneración por igual tarea”, derecho irrenunciable consagrado por el Art. 14 bis de nuestra Constitución Nacional;
Que en ese contexto, los compañeros ferroviarios se encontraban manifestando contra la precarización laboral de la empresa tercerizada interviniente en la ex Línea Roca;
Que el homicidio del compañero Mariano Ferreyra no debe ser considerado como “uno más” en la lucha por las reivindicaciones de los trabajadores argentinos;
Que estos hechos lamentables y repudiables, especialmente la pérdida de una vida se suceden en un país donde una de las banderas irrenunciables del gobierno de la Nación es la no represíon de protesta mas allá del origen y/o masividad de la misma;
Que a posterior de que el país modifique sus práctidas represivas de protesta, el salvaje y cobarde asesinato del compañero Ferreyra ha calado hondo en la República y en su dirigencia;
Que hechos de esta naturaleza “calificados por algunos como ejemplificadores”, no deben implicar condicionantes futuros para limitar la movilización popular, derecho plenamente garantizado por el gobierno nacional desde el año 2003;
Que actitudes de violencia de este tipo también hacen a la seguridad de nuestra sociedad, y constituyen herramientas represivas utilizadas para cercenar los derechos enteramente resguardados por nuestra Carta Magna;
Que prácticas reñidas con el estado de derecho que gozamos desde el 10 de diciembre de 1983 y que tanto esfuerzo costó al pueblo argentino, deben desterrarse definitivamente y condenarse enérgicamente por toda la sociedad;
Que es materia de investigación la aparición de patotas, conocer el objetivo de su accionar detrás de su violencia teniéndose en cuenta antecedentes de incidentes producidos por violentos que son asociados al ambiente ferroviario;
Que de haberse privilegiado los mecanismos previstos, este amargo acontecimiento nunca hubiera ocurrido y no estaríamos lamentando este profundo dolor de padres por la vida de un hijo de la democracia;
Que en función de los más altos principios de justicia y dignidad debemos manifestar con firmeza un MUNCA MAS a hechos de esta natulareza;
POR ELLO:
El Bloque de concejales del FPV – PJ , eleva a consideración del Cuerpo el siguiente :
PROYECTO DE RESOLUCION
Artículo 1º: Manifestar el enérgico repudio del Honorable Concejo Deliberante de Almirante Brown ante el homicidio del militante del Partido Obrero, Mariano Ferreyra, ocurrido el 20 de octubre de 2010 y condenar el violento accionar de grupos represivos que nada tienen que ver con el sistema democrático y que definitivamente debemos erradicar desde lo más profundo de nuestra sociedad.
Artículo 2º: Requerir y apoyar el rápido esclarecimiento de los hechos, y la aplicación de justicia ante los autores materiales e intelectuales del violento ataque.
Artículo 3º: De forma.

Mario Fuentes - Mariano San Pedro - Eduardo Fabiani - Angel Akike - Norma Warrell
Estado Parlamentario: APROBADO

RECONOCIMIENTO AL LOGRO OBTENIDO POR EL BALLET "FLOR DE AMANKAY"

ALMIRANTE BROWN, noviembre de 2010


VISTO:

Las facultades conferidas a este Cuerpo por la Ley Orgánica de las Municipalidades en su artículo 77º inciso d, y;

CONSIDERANDO:

Que en la útlima edición de los Juegos Deportivos Buenos Aires La Provincia, el Ballet de Almirante Brown, Flor de Amankay, de Claypole, obtuvo la medalla de oro en la categoría juvenil;

Que este premio es obtenido por primera vez en la historia de nuestro partido;

Que el Ballet Flor de Amankay se fundó en 2004, y resultó campeón en Ayacucho como mejor delegación y en Coronel Galves en Santa Fé, además de finalizar como primeros en Tandil;

Que está compuesto de 4 parejas y 8 bailarines, de 14 a 17 años, entre ellos: el profesor Fernando Rodríguez, y Verónica Carinov, Natalia Touron, Pamela Rodríguez, Daiana Cruz, Daniel Suarez, Braian Quiroz, Nicolas Cardozo, Lucas Aragon;

Que es intención de este Honorable Concejo Deliberante reconocer a todos aquellos ciudadanos y ciudadanas que de una u otra forma alcanzan una destacada relevancia en su accionar, siendo este un caso ejemplar al tratarse de jóvenes que han sido galardonados a nivel provincial en un evento deportivo y cultural de gran jerarquía;

POR ELLO:

El bloque de Concejales del Frente para la Victoria – PJ eleva a consideración del Cuerpo el siguiente

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

Artículo 1º: Expresese la congratulación y reconocimiento del Honorable Concejo Deliberante de Almirante Brown ante la obtención de la medalla de oro en categoría juvenil por el Ballet Flor de Amankay de Claypole, en la edición 2010 de los Juegos Deportivos Buenos Aires La Provincia, primer grupo en obtener el premio en la historia del distrito.

Artículo 2º: De Forma.

Mario Fuentes - Eduardo Fabiani - Oscar Pinal - Ofelia Quintana
Estado Parlamentario: APROBADO

Reconocimiento del Concejo Deliberante al “Programa Anual de distinción a los Servidores Públicos”

Almirante Brown, 1º de noviembre de 2010


VISTO:

La nota suscripta por el Rotary Club de Rafael Calzada, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la misma las autoridades de esta prestigiosa institución solicitan a este Honorable Concejo Deliberante la declaración de Interés Muncipal del “Programa Anual de distinción a los Servidores Públicos”;

Que se trata de un programa que la entidad realiza anualmente con la finalidad de reconocer a los agentes y funcionarios de diferentes instituciones de la localidad que se hayan destacado en su actividad profesional a lo largo de todo el año, bajo un procedimiento de selección propuesto por los diferentes titulares de las reparticiones invitadas;

Que en esta ocasión se destacará a miembros de la Policía de la provincia de Buenos Aires, de la Departamental Almirante Brown y Distrital Almirante Brown, Comisarías y Destacamentos del Partido, Hospitales, Centros de Salud y el Cuerpo de Bomberos Voluntarios;

Que la entrega de los reconocimientos se realizará el jueves 4 de noviembre en la Sociedad de Fomento de Rafael Calzada;

Que es intención de este Cuerpo avalar institucionalmente esta iniciativa, como manera de acompañar el reconocimiento a aquellos que diariamente se esfuerzan y dan lo mejor de sí por el bienestar de la comunidad;

Que sólo con el compromiso colectivo, y la responsabilidad en la tarea cotidiana, donde se desarrollen los valores de la honradez y la justicia, sólo así podremos construir una sociedad mejor para todos los habitantes;

POR ELLO:

El Bloque de Concejales del FPV/PJ elevan a consideración del Cuerpo el siguiente

PROYECTO DE ORDENANZA

Artículo 1°: Declárese de Interés Municipal el ““Programa Anual de distinción a los Servidores Públicos”, promovido por el Rotary Club de Rafael Calzada con la finalidad de reconocer a los agentes y funcionarios de diferentes instituciones de la localidad, que se hayan destacado en su actividad profesional a lo largo de todo el año.

Artículo 2°: De forma.



Mario Fuentes, Eduardo Fabiani, Roberto Bastanza
Estado Parlamentario: APROBADO

miércoles, 13 de octubre de 2010

Apertura de la Subsede del Conservatorio “Julián Aguirre”, en la ciudad de Adrogué

Almirante Brown, Octubre de 2010

VISTO:

La inauguración oficial del Conservatorio Provincial de Música “Julián Aguirre” en la sede de la actual Escuela Nº 5 en la localidad de Adrogué; y,

CONSIDERANDO:

Que esta Subsede del Conservatorio “Julián Aguirre”, que va a funcionar dentro de las instalaciones de la Escuela Nº 5, en la calle Amenedo 1281 de Adrogué;

Que esta inédita e importante medida se logró tras la firma de un acta acuerdo entre la Dirección General de Escuelas y el Consejo Escolar, con el acompañamiento del Gobierno Municipal de Almirante Brown;

Que esta institución cubrirá las necesidades pedagógico-musicales en el área artística de las escuelas primarias y secundarias, profesorados, bandas, orquestas, seminarios, formación docente, trayectos formativos en el Municipio de Almirante. Brown;

Que funcionará en turno vespertino, orientado hacia la FOBA, priorizando los ingresantes de éste;

Que para la rama artística y cultural de un Municipio es fundamental contar con un conservatorio de estas características, resultando esencial para el desarrollo de los ciudadanos del distrito;

Que el conservatorio constituye además un espacio de formación y capacitación para los jóvenes que tienen la intención de comenzar a desarrollarse en un ámbito de prestigio y calidad, lo que dotará de un material humano invalorable a las futuras décadas;

Que este Honorable Concejo Deliberante pretende reconocer este importante hecho para la cultura de Almirante Brown, que sin duda tomará dimensión real con el transcurrir del tiempo;

POR ELLO:

El Bloque de Concejales del Frente para la Victoria – PJ eleva a consideración del Cuerpo el siguiente:

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

Artículo 1°: Declárese el beneplácito del Honorable Concejo Deliberante de Almirante Brown ante la apertura de la Subsede del Conservatorio “Julián Aguirre”, en la ciudad de Adrogué, en virtud de lo expuesto en los considerandos de la presente,

Artículo 2°: Comuníquese con copia a la Secretaría de Educación y Cultura del Gobierno Municipal y al Conservatorio de Música “Julián Aguirre”.

Artículo 3°: De forma.

Mario Fuentes - Norma Warrell - Eduardo Fabiani - María Quintana

Estado Parlamentario: APROBADO

Declárese de Interés Municipal la presentación de la Antología Literaria “De Buena Lluvia”

ALMIRANTE BROWN, octubre de 2010


VISTO:

La presentación de la Antología Literaria “De Buena Lluvia”, de autores longchanenses, y;


CONSIDERANDO:

Que la misma se realizará el próximo 23 de octubre en la escuela N° 5 de Longchamps, conmemorando el Centenario de la Ciudad;

Que la actividad es organizada por la Casa de la Cultura de Longchamps y Biblioteca Popular “Atahualpa Yupanqui”, conjuntamente con el Gobierno Municipal;

Que se trata de una actividad de suma relevancia en la Ciudad, de la que participan prestigiosos autores locales;

Que la Ordenanza Municipal N° 4023 establece las determinaciones para la declaración de Interés Municipal de un evento o acto cultural;

Que resulta fundamental incentivar y reconocer las distintas expresiones culturales y artísticas locales, siendo política del Gobierno Municipal proceder en este sentido, más aún en el marco de la celebración del centenario de la ciudad de Longchamps, a la que esta gestión a revitalizado y dado un impulso fundamental;

Que es intención de este Honorable Concejo Deliberante continuar acompañando estas expresiones locales, fomentadas por instituciones y personalidades de reconocida trayectoria en el distrito;

POR ELLO:

El Bloque de Concejales del Frente para la Victoria – PJ eleva a consideración del Cuerpo el siguiente


PROYECTO DE ORDENANZA

Artículo 1°: Declárese de Interés Municipal la presentación de la Antología Literaria “De Buena Lluvia”, de autores longchanenses, organizada por la Casa de Cultura de Longchamps y Biblioteca Popular “Atahualpa Yupanqui”, conjuntamente con el Gobierno Municipal, que se desarrollará el 23 de octubre en la Escuela N° 5, en el marco del Centenario de la Ciudad.

Artículo 2°: De forma.

Mario Fuentes - Maria Quintana - Norma Warrell - Eduardo Fabiani -

Estado Parlamentario: APROBADO

Declárese de Interés Municipal la “Jornada de Reflexión y Debate sobre Trabajo Infantil”

Almirante Brown, Octubre de 2010

VISTO:
La realización de la “Jornada de Reflexión y Debate sobre Trabajo Infantil” para la Comunidad de Almirante Brown;

CONSIDERANDO:

Que la misma se desarrollará el próximo 13 de octubre del corriente, en la Casa Municipal de la Cultura de Almirante Brown, bajo la organización de la Comisión Nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil, y la Delegación Regional de Trabajo y Empleo de Almirante Brown del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires;

Que el objetivo de la Actividad consiste en instalar la problemática del trabajo infantil en la agenda local, generar conciencia en la comunidad acerca de las implicancias negativas de la inserción temprana de los niños y las niñas al mundo del trabajo y brindar herramientas procedimentales a los diversos actores para la intervención concreta en el territorio;

Que los destinatarios son representantes de áreas de educación, Servicio Zonal de Promoción de los Derechos de los Niños, áreas de niñez y diversas áreas municipales, agentes de salud, sindicatos, empresas, organizaciones sociales y la comunidad en general;

Que dicha jornada busca promover los Derechos del Niño, declarados por la Organización de las Naciones Unidas en 1959, y persigue la prevención y erradicación del trabajo infantil;

Que la actividad fue consensuada en la Mesa Intersectorial realizada el 25 de agosto en la Delegación Regional de Trabajo y Empleo de Almirante Brown, en la que participaron representantes de COPRETI (Comisión Provincial para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil), de la Delegación Regional de Trabajo y Empleo, de la Región VI del Ministerio de Salud, representantes municipales de la Dirección de Empleo de la Secretaría de Desarrollo Social y de la Secretaría de Producción y Desarrollo, y de la CGT Regional de Lomas de Zamora – Almirante Brown;

Que la jornada pretende además promocionar la Ley Nº 26.390/08 que prohíbe el trabajo infantil y protege el trabajo adolescente, y la Ley Nº 13.803, que creó en 2004 el Programa Provincial para la Prevención y la Erradicación del Trabajo Infantil, en el marco de la Convención de los Derechos del Niño y del Sistema de Promoción y Protección de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes creado por la Ley Nº 13.298;

Que en este contexto resulta fundamental el trabajo que viene desarrollando el Gobierno Municipal de Almirante Brown, conjuntamente con la Delegación Regional de Trabajo y Empleo;

Que este Honorable Concejo Deliberante entiende esencial promover y reconocer la importancia de esta jornada, con la intención de colaborar en la lucha contra la erradicación del trabajo infantil, sobre la base del derecho de los niños y niñas a jugar y aprender libremente;

POR ELLO:

El Bloque de Concejales del Frente para la Victoria – PJ eleva a consideración del Cuerpo el siguiente:
PROYECTO DE ORDENANZA

Artículo 1º: Declárese de Interés Municipal la “Jornada de Reflexión y Debate sobre Trabajo Infantil” para la Comunidad de Almirante Brown, organizada por la Comisión Nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil, la Delegación Regional de Trabajo y Empleo de Almirante Brown del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, a realizarse el 13 de octubre del corriente, en la Casa Municipal de la Cultura de Almirante Brown.

Artículo 2º: La reglamentación de la presente se efectuará conforme lo dispuesto en la Ordenanza N° 4023.
Artículo 3º: De forma.

Mario Fuentes - Norma Warrell - Eduardo Fabiani -
Estado Parlamentario: APROBADO

Se declaró de Interés Municipal la Obra Teatral MAC Bicentenario.

ALMIRANTE BROWN, octubre de 2010


VISTO:


Las determinaciones establecidas en la Ordenanza Municipal N° 4023, y;


CONSIDERANDO:

Que mediante la misma se establecen las determinaciones para la declaración de Interés Municipal de un evento o acto cultural;

Que el próximo 13 de octubre en el Centro de Arte y Cultura Enrique Santos Discépolo de Burzaco, se realizará la presentación de la obra teatral “Mac Bicentenario – con papas y gaseosa grande”, de Ad Honorem Group, con la dirección de Zulema Ozón Sambade;

Que se trata de una obra que surgió en el taller de teatro Multiespacio Arte Club, con alumnos adolescentes motivados por el Bicentenario, todos con diferentes perspectivas de la historia y posturas tomadas de antemano por elección o tradición familiar;

Que de esta forma la obra surgió de las improvisaciones de personas de entre 13 y 16 años que eligieron y optaron libremente por tratar los 200 años de historia, y que luego fue representada por ellos mismos;

Que los adolescentes son: Nahuel Valiente, Víctor Díaz, Nicolás Ligorria Ozón, Luca Andrea Mele y Catriel Bidarte; y tanto el guión como la dirección corresponde a Zulema Ozón Sambade;

Que la obra tiene una mirada cómica y reflexiva sobre la historia de nuestro país, resultando realmente valioso la motivación de estos adolescentes y la mirada hacia nuestro pasado, pudiendo haber escrito una obra con cualquier otro tema, eligieron éste ante una temática libre;

Que de esta manera aborda nuestra historia reciente, con visión de temas como la dictadura, las Abuelas de Plaza de Mayo, nuestros líderes políticos, (Perón, Eva Duarte, Alfonsín, etc.), de manera totalmente democrática;

Que es intención de este Honorable Concejo Deliberante reconocer el invalorable aporte de estos adolescentes, destacando su preocupación y visión sobre el pasado de nuestra historia, con la posibilidad real de poder pensar libremente en un país democrático, como forma también de instarlos a continuar con el desafío de pensar el pasado para proyectar un futuro mejor;

POR ELLO:

El Bloque de Concejales del Frente para la Victoria – PJ eleva a consideración del Cuerpo el siguiente


PROYECTO DE ORDENANZA

Artículo 1°: Declárese de Interés Municipal la obra teatral “Mac Bicentenario – con papas y gaseosa grande”, creada y actuada por adolescentes de entre 13 y 16 años bajo la dirección de Zulema Ozón Sambade, en el marco de su presentación el próximo 13 de octubre en el Centro de Arte y Cultura Enrique Santos Discépolo de Burzaco.

Artículo 2°: Comuníquese con copia a: Nahuel Valiente, Víctor Díaz, Nicolás Ligorria Ozón, Luca Andrea Mele y Catriel Bidarte, ideadores e interpretes de la obra, a su Directora, y a la Secretaría de Educación y Cultura del Gobierno Municipal de Almirante Brown.

Artículo 3°: De forma.


Mario Fuentes - Eduardo Fabiani - Norma Illescas - Norma Warrell

Estado Parlamentario: APROBADO

Reconocimiento a la alumna Brenda Biondo por la participación en la instancia Internacional del Programa PARLAMENTO JUVENIL MERCOSUR 2010

Almirante Brown, Octubre de 2010

VISTO:

Que del 16 al 18 de Octubre del corriente se llevará a cabo la Instancia Internacional del Parlamento Juvenil Mercosur 2010, en la Ciudad de Montevideo, de la República Oriental del Uruguay, en la sede de la Secretaría Administrativa del MERCOSUR y;

CONSIDERANDO:

Que la Srta. Brenda Biondo, DNI 38.657.546, alumna de la ESB N° 31, de la Localidad de Glew; es la única representante de Almirante Brown, que ha llegado a la instancia Internacional, para representar a la Provincia de Buenos Aires en el Programa “Parlamento Juvenil Mercosur 2010”.

Que dicha participante ha superado las etapas Distrital, Provincial y Nacional, representando a las 57 Escuelas participantes.

Que es Intención de este Honorable Concejo Deliberante reconocer a esta alumna que alcanzó una destacada relevancia en su accionar.

Que dicho programa, depende del Ministerio Nacional de Educación y que es llevado a cabo a nivel Distrital por la Dirección de Juventud de Almirante Brown, dependiente de la Subsecretaría de Derechos Humanos e Igualdad de Oportunidades del Gobierno Municipal de Almirante Brown y conjuntamente con la Jefatura Distrital de Almirante Brown, la Secretaría de Salud y la Dirección de Relaciones Institucionales del Gobierno Municipal de Almirante Brown.

Que el propósito de este programa es desarrollar la identidad MERCOSURIANA de los jóvenes sobre la base de valores que estimulen su participación ciudadana, el respeto por la democracia, los derechos humanos, la conciencia social, la cultura de la paz y el medio ambiente contribuyendo, de esta forma, a su formación como ciudadanos críticos.

Que dicho programa asume una noción de ciudadanía vinculada con la promoción de los Derechos Humanos concibiendo a ésta entrelazada con la identidad; pues se considera que la ciudadanía no sólo implica el conocimiento del funcionamiento de las instituciones democráticas sino que debe estar asociada al conocimiento de la realidad de todos los habitantes de una sociedad.

Que además, busca recuperar el sentido de pertenencia y el interés por las problemáticas específicas de la región y logra que los jóvenes estudiantes de nivel medio público de los países del MERCOSUR asuman una actitud reflexiva mediante su participación activa en espacios de diálogo que los estimulan para presentar propuestas que aborden temáticas de interés común y favorezcan la integración regional.

Que las principales fortalezas de esta propuesta radican en la apertura de espacios de participación juvenil y en la promoción de estrategias que contribuyen a su apropiación en cada escuela secundaria.

POR ELLO:

El Bloque de Concejales del Frente para la Victoria – PJ, eleva a consideración del Cuerpo el siguiente:

PROYECTO DE COMUNICACIÓN:

Artículo 1°: Declárese el Reconocimiento del Honorable Concejo Deliberante ante la participación de la Srta. Brenda Biondo, DNI: 38.657.546, alumna de la ESB Nº 31, de Glew, en la Instancia Internacional del Programa “PARLAMENTO JUVENIL MERCOSUR” 2010, representando a la Provincia de Buenos Aires de la República Argentina.

Artículo 2°: Comuníquese con copia a la Secretaría de Educación y Cultura y a la E.S.B. Nº 31 de Glew.

Artículo 3°: De forma.




Mario Fuentes - Eduardo Fabiani - Norma Warrell - Alejandro Torres

Estado Parlamentario: APROBADO

lunes, 27 de septiembre de 2010

Declárese de VALOR HISTORICO e INTERES MUNICIPAL el inmueble en el que residió Jorge Luis Borges

ALMIRANTE BROWN, septiembre de 2010

VISTO:

Las determinaciones establecidas mediante la Ordenanza N° 7578, y;

CONSIDERANDO:

Que a través de dicho texto normativo se declara de Interés Municipal la preservación del Patrimonio Histórico Cultural del partido de Almirante Brown;

Que en este sentido se considera fundamental la preservación del inmueble cuya nomenclatura catastral corresponde a la Circ I, Sec. L, Parc 22, Man 561, ubicado en la calle Jorge Luis Borges N° 301 (Ordenanza Nº 6124) denominado también como Plaza Brown Nº 301, circundante a la plaza Carlos Gardel, lugar en el que residió el celebre escritor argentino;

Que Borges fue uno de los autores más destacados de la literatura del siglo XX, y se lo reconoce como uno de los eruditos más grandes de la época;

Que su obra, fundamental en la literatura y en el pensamiento humano, ha sido objeto de minuciosos análisis y de múltiples interpretaciones, trasciende cualquier clasificación y excluye cualquier tipo de dogmatismo;

Que entre sus escritos se encuentran ontologías fantásticas, genealogías sincrónicas, gramáticas utópicas, geografías novelescas, múltiples historias universales, bestiarios lógicos, silogismos ornitológicos, éticas narrativas, matemáticas imaginarias, thrillers teológicos, nostálgicas geometrías y recuerdos inventados;

Que Borges fue a lo largo de la historia un personaje polémico, con posturas políticas que le impidieron ganar el Premio Nobel de Literatura al que fue candidato durante casi treinta años, sin embargo, siempre soñó con que la posteridad le perdonara sus errores y le concediera la gloria de que se lo recordase por sus mejores textos;

Que se trata de un escritor de calidad excepcional, que quedó ciego a los 55 años, y se convirtió a lo largo de los años en un clásico de la literatura, resultando inutil reflejar en palabras la trasdendencia universal de su obra;

Que una de sus obras recibe el nombre de la ciudad cabecera de este partido de Almirante Brown, Adrogué, en la que el escritor pasó parte de su vida y a la que lo unía una idílica relación, por lo que alguna vez expresó: “En cualquier parte del mundo en que me encuentre, cuando siento el olor a eucaliptos, estoy en Adrogué”;

Que la ciudad de Adrogué fue fuente de inspiración para diversas obras del distinguido escritor, siempre enamorado de las arboladas calles de la localidad. Fue también Borges quien afirmó que fue en Adrogué donde se jugó al futbolpor primera vez en Argentina;

Que en el año 1991 se estableció el nombre de Jorge Luis Borge a la calle que circunda a la Plaza Carlos Gardel de Adrogué (Ordenanza Nº 6124/91)

Que la preservación de la casa en la que vivió Borges ha sido solicitada en anteriores oportunidades en este Cuerpo por asociaciones de artistas, centros culturales, escritores y ciudadanos independientes que admiran su obra;

Que el Departamento Ejecutivo Municipal a través de la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Hacienda ha iniciado gestiones para el resguardo del citado inmueble;

Que corresponde a la función Legislativa reglamentar la conservación de monumentos, paisajes y valores locales de interés tradicional, turístico e histórico;

POR ELLO:

El Bloque de concejales del Frente para la Victoria – PJ eleva a consideración del Cuerpo el siguiente

PROYECTO DE ORDENANZA

Artículo 1°: Declárese de VALOR HISTORICO e INTERES MUNICIPAL el inmueble en el que residió el celebre escritor argentino Jorge Luis Borges en Adrogué, cuya nomenclatura catastral corresponde a la Circ I, Sec. L, Parc 22, Man 561, ubicado en el número 301º, de la calle que lleva su nombre, circundante a la plaza Carlos Gardel, denominado también como Plaza Brown Nº 301.

Artículo 2º: Facultase al Departamento Ejecutivo a desarrollar las acciones conducentes para el cumplimiento de los fines propuestos en la presente.

Artículo 3º: De forma.

Mario Fuentes - Norma Warrel - Maria Quintana - Alejandro Torres - Eduardo Fabiani

Estado Parlamentario: APROBADO

Declaración Huesped de Honor Padre Elias Seoane Ramírez

ALMIRANTE BROWN, septiembre de 2010


VISTO:

La celebración del 50 aniversario de la creación de Capilla del Señor de Adrogué, y;

CONSIDERANDO:

Que el domingo 26 de septiembre tendrá lugar la celebración del aniversario de la Capilla del Señor Jesucristo, dependiente de la Parroquia San Gabriel Arcángel;

Que a lo largo de los años la Capilla ha sido el centro de desarrollo y contención social del barrio, alcanzando a realizar actividades comunitarias y educativas como la creación de la Guardería “Virgen del Valle” que alberga a más de 100 niños, la Sociedad de Fomento “El Progreso”, la Escuela Provincial Nº 25 de Educación Primaria, la Escuela Provincial Nº 28 de Enseñanza Media y un Centro de Jubilados;

Que se fundación se logró gracias al impulso de un grupo de jóvenes emprendedores de Acción Católica de la Parroquia de San Gabriel Arcángel, guiados por un jóven sacerdote español, el Rvdo. Padre Elias Seoane Ramírez, quien fue enviado desde España para misionar en estas tierras;

Que el cura parroco Rvdo. Padre Luis Face eleva una nota que se adjunta, en la que relata la importancia de la obra y acción pastoral del Padre Elias en los comienzos de la Capilla;

Que en ocasión del aniversario de la Capilla, el Padre Elias, pese a su avanzada edad, aceptó viajar desde España a la celebración que se realizará, y que contará además con la presencia del Obispo Diocesano;

Que se trata sin duda de una destacada personalidad, de inapreciable labor misional y apostólica, por lo que se considera preciso efectuar una declaración institucional dentro de los alcances de la Ordenanza Nº 8573;

POR ELLO:

El Bloque de Concejales del Frente para la Victoria – PJ eleva a consideración del Cuerpo el siguiente

PROYECTO DE ORDENANZA

Artículo 1º: Declárese Huésped de Honor del partido de Almirante Brown al Rvdo. Padre Elias Seoane Ramírez en mérito a su inapreciable labor misional y apostólica durante la fundación de la Capilla del Señor dependiente de la Parroquía San Grabriel Arcángel de Adrogué, en el marco de la celebración de su 50º aniversario.

Artículo 2º: La reglamentación de la presente se realizará dentro de los alcances del artículo 4º de la Ordenanza Nº 8573.

Artículo 3º: De forma.


Mario Fuentes - Norma Illescas - Eduardo Fabiani

Estado Parlamentario: APROBADO

Buscan solución al cruce de la calle Boulogne Sur Mer de Longchamps

ALMIRANTE BROWN, septiembre de 2010



VISTO:

El notable deterioro de la barrera norte Boulogne Sur Mer de Lonchamps, y;


CONSIDERANDO:

Que la barrera citada se encuentra en graves condiciones de deterioro y resulta casi imposible el cruce;

Que desde el Centro de Gestión Comunal de Longchamps han iniciado gestiones para buscar una solución al problema y han solicitado la internvención de este Honorable Cuerpo;

Que se trata de uno de los canales de comunicación más importantes de la ciudad, que en la zona de la estación ha sido remodelada por el Gobierno Municipal con una importante inversión en obra pública y embellecimiento del lugar;

Que corresponde dadas las atribuciones, la intervención de la Unidad de Gestión Operativa Ferroviaria de Emergencia (UGOFE) S.A.;

POR ELLO:

El Bloque de Concejales del Frente para la Victoria – PJ eleva a consideración del Cuerpo el siguiente:

PROYECTO DE COMUNICACION


Artículo 1º: Dirigirse a la Unidad de Gestión Operativa Ferroviaria de Emergencia (UGOFE) S.A. haciéndole saber que este Honorable Concejo Deliberante vería con agrado tome rápida intervención a fin de solucionar el problema de deterioro que sufre el cruce a nivel de la calle Boulogne Sur Mur de Longchamps.

Artículo 2º: Comuníquese con copia a la Secretaría de Infraestructrua del Gobierno Municipal y al Centro de Gestión Comunal de Longchamps.

Artículo 3º: De forma.


Mario Fuentes - Oscar Pinal - Norma Warrel - Eduardo Fabiani

Estado Parlamentario: APROBADO

lunes, 6 de septiembre de 2010

Se declaró de Interés Municipal la muestra "Homenaje a Bijou"

ALMIRANTE BROWN, Septiembre de 2010


VISTO:

La muestra “Homenaje a Bijou” que se realizará en la Casa Municipal de la Cultura del 04 al 30 de septiembre del corriente, y;


CONSIDERANDO:

Que Bijou, es una artista, nacida en la localidad de Longchamps, fallecida el 20 de diciembre de 2003, ha dedicado su vida a plasmar obras de nuestro distrito, desde sus viejas casonas, el Hotel La Delicia y El Buen Retiro, donde funcionó el primer Centro del Partido Laborista en 1945, entre otros.

Que la muestra se realizará en la Sala que lleva su nombre, en la Casa Municipal de la Cultura, impuesto por el Departamento Ejecutivo, mediante el Decreto 724, del 28 de noviembre de 2007.

Que esta es una obra patrimonial, que plasma la fisonomía de Almirante Brown, se presentará en su Mes Aniversario.

Que esta pintora impresionista, realizó su primera exposición en el Museo Histórico de Longchamps, en 1967, y desde entonces participó en muestras en distintos lugares de Argentina entre ellos, en el Teatro General San Martín de Buenos Aires, en el Honorable Senado de la Nación, en la Federación Médica de Buenos Aires, y en diferentes centros de exposición públicos y privados. 

Que durante su vida, esta prestigiosa artista local, colaboró con la Secretaría de Educación y Cultura de la Municipalidad de Almirante Brown, rescatando a través de la pintura, edificios históricos y casonas antiguas de ese partido.

Que se trata de una muestra homenaje a quien fue una distinguida artista local, por lo que se considera oportuno dotar de mayor relevancia al evento, declarándolo de interés municipal, dentro de los alcances de lo dispuesto por la ordenanza Nº 4023.


POR ELLO:

El Bloque de Concejales del FRENTE PARA LA VICTORIA, eleva al Cuerpo el siguiente

PROYECTO DE ORDENANZA


Artículo 1º: Declárese de Interés Municipal la muestra “Homenaje a Bijou”, que se realizará del 04 al 30 de septiembre del corriente, en la Casa Municipal de la Cultura, de acuerdo a lo expuesto en los considerando de la presente.

Artículo 2º: De forma.

Mario Fuentes - Eduardo Fabiani - Norma Warrell

Estado Parlamentario: APROBADO

Se declaró de Interés Municipal la Expo-Muestra de Formación Profesional 2010

ALMIRANTE BROWN, Septiembre de 2010


VISTO:

La “Expo-Muestra de Formación Profesional 2010” que se realizará en la Casa Municipal de la Cultura el 28 de octubre del corriente, y;


CONSIDERANDO:

Que esta actividad es organizada por la Dirección de Formación Profesional, dependiente de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires.

Que la actividad tiene por objetivo fortalecer la Formación Profesional para la inclusión social al mundo del trabajo y la capacitación continua, tanto de jóvenes como de adultos a lo largo de su vida activa.

Que se busca promocionar la Formación Profesional dando a conocer las diferentes ofertas educativas de los distintos Centros de Formación Profesional.

Que la actividad promueve la capacitación para el trabajo de nuestros jóvenes y adultos en corto plazo contribuyendo a esparcir la equidad, pertinencia y relevancia de una capacitación constante para adquirir el primer trabajo, como así, perfeccionar el existente.

Que este tipo de capacitación, responde a las nuevas exigencias y requerimientos derivados de la innovación tecnológica, del crecimiento económico y la reactivación de los sistemas productivos, desarrollando un sistema integrado, articulando entre si con los diferentes niveles educativos.

Que la muestra establece Redes Sectoriales del Formación Profesional creando perfiles profesionales y ofertas educativas acordes a las necesidades del contexto y a los requerimientos del entorno.

Que esta actividad permite llegar a la población de cada comunidad, para que conozcan las características del servicio de la Dirección de Formación Profesional de la Provincia, en el accionar cotidiano contribuyendo a favorecer el desarrollo de la sociedad con la capacitación continua y específica para los requerimientos del medio.

POR ELLO:

El Bloque de Concejales del FRENTE PARA LA VICTORIA, eleva al Cuerpo el siguiente

PROYECTO DE ORDENANZA

Artículo 1º: Declárese de Interés Municipal la Expo-Muestra de Formación Profesional 2010, organizada por la Dirección de Formación Profesional, dependiente de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, que se realizará el 28 de octubre del corriente, en la Casa Municipal de la Cultura, y cuyo objeto consiste en fortalecer la Formación Profesional para la inclusión social al mundo del trabajo y la capacitación continua, tanto de jóvenes como de adultos a lo largo de su vida activa.

Artículo 2º: De forma.

Mario Fuentes - Norma Warrell - Eduardo Fabiani - Maria Quintana - Norma Illescas

Estado Parlamentario: APROBADO

Sincronización de los semáforos en la Av. Espora y en la Av. Hipólito Yrigoyen

ALMIRANTE BROWN, septiembre de 2010


VISTO:

El caos que implica transitar tanto por la Av. Espora como por la Av. Hipólíto Yrigoyen, y;

CONSIDERANDO:

Que ambas avenidas constituyen las vías de comunicación más importantes en este distrito y en el conurbano bonaerense;

Que la Av. Hipólito Yrigoyen une Capital Federal con provincia, atravesando los municipios de Avellaneda (donde se denomina Pavón), Lanus, Lomas de Zamora, Almirante Brown y San Vicente, y representa la única vìa con dicho recorrido;

Que la Av. Espora, con diferentes nombres en su trayecto, abarca los municipios de Almirante Brown, Lomas de Zamora y Lanús, y conforma un canal de conectividad en la región;

Que cotidianamente ambas arterias se ven colapsadas de tránsito, a causa, entre otras cosas, de la falta de coordinación de los semáforos;

Que la Dirección de Vialidad provincial anunció en diversas oportunidades el lanzamiento de un plan para la sincronización de los semáforos, aunque al día de la fecha no se ha podido implementar;

Que este Honorable Cuerpo sancionó durante 2009 una Resolución solicitando al Gobierno de la provincia la sincronización de los semáforos en la Av. Yrigoyen;

Que pedidos similares se formularon además desde la Cámara de Diputados de la provincia en diversas oportunidades;

Que en lo que respecta específicamente a este partido de Almirante Brown, existen puntos críticos que requieren una intervención planificada y acorde al flujo de circulación vehicular actual;

Que resulta impostergable la toma de medidas que permitan dotar de fluidez a las avenidas en todo su trayecto;

POR ELLO

El Bloque de Concejales del Frente para la Victoria – PJ eleva al Cuerpo el siguiente

PROYECTO DE RESOLUCION

Artículo 1º: Dirijirse al Departamento Ejecutivo a fin de solicitar tome las acciones necesarias y gestione ante las autoridades competentes la sincronización de los semáforos en la Av. Espora y en la Av. Hipólito Yrigoyen, particularmente en lo que respecta a este partido de Almirante Brown.

Artículo 2º: Comuníquese con copia a la Honorable Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires y a la Dirección de Vialidad provincial, a fin de solicitar su intervención para lograr una solución definitiva en todo el tramo de las avenidas.

Artículo 3º: Elevesé a la Federación Argentina de Municipios y a los Honorables Conejos Deliberantes de la región a fin de solicitar se expidan en sentido similar y lograr en conjunto una solución integral a la problemática expuesta.

Artículo 4º: De forma.

Mario Fuentes - Eduardo Fabiani - Normal Warrell

Estado Parlamentario: APROBADO

Glew con tarifas telefónicas urbanas.

ALMIRANTE BROWN, septiembre de 2010


VISTO:

Las facultades conferidas a este Cuerpo por el artículo 77º inc d) de la LOM, y;

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo al mismo es facultad del HCD adoptar disposiciones con objeto de contestar, recomendar, pedir o exponer algo;

Que en este sentido, existe una situación que requiere la atención e intervención de este Órgano Colegiado vinculada al tema de la telefonía, en cuanto a la realidad existente que los llamados a la localidad de Glew son tarifados como “larga distancia”, aún dentro de este mismo distrito de Almirante Brown, compuesto de 12 localidades (Adrogué, Burzaco, Lonchamps, Glew, San Francisco Solano, Claypole, Rafael Calzada, San José, Don Orione, José Marmol, Malvinas Argentinas, Ministro Rivadavia);

Que a modo de ejemplo para los vecinos de las ciudades de Longchamps o Burzaco, es más económico y sencillo comunicarse con Capital Federal que con un familiar que reside a pocas cuadras de su casa en la localidad de Glew, por lo que dado el avance tecnológico y técnico de la época, esta situación resulta insólita e inédita;

Que esta iniciativa va en consonancia con la presentación efectuada por el Departamento Ejecutivo

POR ELLO

El Bloque de Concejales del Frente para la Victoria – PJ eleva a consideración del Cuerpo el siguiente

PROYECTO DE COMUNICACION

Artículo 1º: Dirijase a la Secretaría de Comunicaciones dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios del Gobierno Nacional a fin de solicitar su intervención para alcanzar una solución a la problemática existente en el partido de Almirante Brown, donde los llamados a la localidad de Glew dentro del éjido del distrito se realizan y facturan como “larga distancia”, conforme lo expuesto en los considerandos de la presente.

Artículo 2º: Diríjase a las autoridades de la empresa Telefónica SA en Argentina expresando el acompañamiento del Honorable Concejo Deliberante a las presentaciones iniciadas por el Departamento Ejecutivo para resolver la problemática expuesta en la presente.

Artículo 3º: De forma.

Mario Fuentes - María Quintana - Eduardo Fabiani - Norma Warrell

Estado Parlamentario: APROBADO

Nueva Ordenanza de Distinciones en el Municipio.

ALMIRANTE BROWN, abril de 2010


VISTO:

La Ordenanza N° 8573 por la cual se instituyen las distinciones a otorgar en el partido de Almirante Brown, y;


CONSIDERANDO:

Que las disposiciones contenidas en dicho texto normativo, en muchos aspectos no se aplican y en otros se distorsionan, siendo importante modificar dichos puntos, salvaguardando aquellos que resultan aplicables;

Que se trata de una norma que hace al modelo de Municipio que pretendemos, en el reconocimiento de aquellos ciudadanos que de una u otra forma se destaquen en el quehacer comunitario, y a aquellas personalidades que visiten el partido;

Que con esta intención, se deben definir con claridad los tipos de distinciones a otorgar, consustanciados con los valores de nuestra comunidad, y la necesidad de reconocer a los hombres y mujeres que sobresalgan en su accionar, otorgándoles el reconocimiento del Estado Municipal, y de la sociedad en su conjunto;

Que de lo expuesto se evidencia la necesidad de establecer en un único cuerpo normativo, un sistema correlativo de honores para aquellos ciudadanos, residentes y visitantes, nacionales o extranjeros, que merezcan tal reconocimiento;


POR ELLO:

El Bloque de Concejales del Frente para la Victoria – PJ eleva a consideración del Cuerpo el siguiente

PROYECTO DE ORDENANZA


Artículo 1°: Institúyase en el ejido del partido de Almirante Brown los siguientes títulos:

Ciudadano Ilustre;
Personalidad destacada;
Diploma de Honor al Valor o Arrojo;
Visitante Ilustre;
Huésped de Honor;
Reconocimiento.


Artículo 2°: Todos los títulos/distinciones deberán ser otorgados mediante Ordenanza aprobada por el Honorable Concejo Deliberante. Únicamente cuando éste se encuentre durante el período de receso establecido en la LOM, podrán ser otorgadas por Decreto del Señor Intendente Municipal, a excepción de la distinción de Ciudadano Ilustre que requerirá siempre referéndum legislativo.
En cualquier caso se otorgará una copia fiel de la Ordenanza pertinente y un objeto alusivo (medalla, plaqueta, estatuilla u otro) que el Departamento Ejecutivo determine.

Artículo 3°: Los reconocimientos consagrados en la presente Ordenanza, no podrán ser otorgados a personas que hayan cometido delitos de lesa humanidad en cualquier parte del mundo, ni quienes hayan subvertido el orden constitucional o estén involucrados en causas que lesionen derechos humanos.

Artículo 4°: La distinción de CIUDADANO ILUSTRE DEL PARTIDO DE ALMIRANTE BROWN será otorgada a personas nacidas en el distrito o que hayan residido en él durante diez (10) años y que tengan una excepcional y reconocida obra o trayectoria en el campo de la política, la ciencia, la cultura, el deporte o en defensa de los derechos humanos.
Podrán ser otorgadas un máximo de tres (3) distinciones anuales.

Artículo 5°: La distinción de PERSONALIDAD DESTACADA DEL PARTIDO DE ALMIRANTE BROWN será otorgada a hombres y mujeres por prestar servicios al Municipio de gran importancia, en el campo de su actividad política, científica, sindical, empresarial, religiosa, periodística, deportiva, cultural o educativa, y que presume la inventiva, la abnegación o la trayectoria distinguida del honrado.
Podrán ser otorgadas un máximo de cinco (5) distinciones anuales.

Artículo 6º: El DIPLOMA DE HONOR AL VALOR O ARROJO será otorgada y premiará a la persona física que se haya destacado por realizar un acto de valor o arrojo abnegado y que haya sido propuesto por un concejal en atención de un pedido formulado por entidades de bien público u organismos oficiales.

Artículo 7º: Se otorgará un RECONOCIMIENTO DEL MUNICIPIO DE ALMIRANTE BROWN a personalidades eximias, fallecidas, que han prestado servicios extraordinarios a la Provincia, a la Nación, al Municipio o a la Humanidad o hayan tenido una trayectoria singular en su gestión privada o pública que merezca el recuerdo imperecedero de la ciudadanía browniana. En este caso la distinción se otorgará a un familiar cercano u otra persona o institución con la que se vinculara.

Artículo 8°: La distinción de VISITANTE ILUSTRE DEL PARTIDO DE ALMIRANTE BROWN será otorgada a personalidades destacadas que asistan o se presenten en el distrito, que tengan una reconocida trayectoria en el ámbito social, en la cultura, las ciencias, el arte, la política, el deporte o hayan prestado relevantes servicios a la humanidad, haciéndose acreedores al reconocimiento general.

Artículo 9°: La distinción de HUESPED DE HONOR DEL PARTIDO DE ALMIRNATE BROWN podrá ser otorgada al Presidente de la Nación, Vicepresidente, titulares de ambas cámaras del Congreso de la Nación, Presidente de la Corte Suprema de la Nación, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la provincia de Buenos Aires, Gobernadores de Provincias, máximas autoridades poderes extranjeros, máximas jerarquías de confesiones religiosas y demás personalidades de jerarquía análoga.

Artículo 10°: Abróguese la Ordenanza Municipal N° 8573, y toda otra que se oponga a la presente.

Artículo 11°: El Departamento Ejecutivo reglamentará la presente en un plazo de treinta (30) días corridos contados a partir de la promulgación de la presente.

Artículo 12°: De forma.

Mario Fuentes - Norma Warrel - Norma Illescas - Eduardo Fabiani

Estado parlamentario: Pasa a Comisión de Cultura y Legales.

miércoles, 25 de agosto de 2010

Expropiación de terrenos para la construcción de un Polo Judicial en Burzaco

EXPTE. HCD. 17369/10



VISTO:
El Expte. HCD. 17369/10, por medio del cual el Bloque de Concejales de FPV-P.J., eleva Proyecto de Ordenanza propiciando se declare de Interés Municipal el Proyecto de Ley referente a Expropiación del predio donde estaba ubicado el Hogar Israelita para la construcción del Futuro Polo Judicial, y



CONSIDERANDO:
El tratamiento en la Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires de Expte que tramita la expropiación del Ex Hogar Israelita para la construcción del futuro Polo Judicial en Almirante Brown.

Que durante el proceso de gestación del partido de Almirante Brown, las localidades que componen al distrito han sido habitadas por algunos pobladores, como en el caso de Almirante Guillermo Brown, iniciando su vida ciudadana en torno al ferrocarril, ayudados por el empuje de benefactores que contribuyeron al loteo de las tierras para que más gente se afincara en la región, produciendo sus propios edificios, monumentos y creando las instituciones de bien público que habría de congregarlos.

Que el 30 de septiembre de 1873 se dicta la Ley Provincial Nº 856, creando el Partido de Almirante Brown formando parte del conurbano sur bonaerenseen el Área Metropolitana (o también llamada gran Buenos Aires), de la provincia de Buenos Aires. El partido comprende las localidades de Malvinas Argentinas, Adrogué, José Mármol, San José, Burzaco, Rafael Calzada, Claypole, San Francisco Solano, Don Orione, Longchamps, Ministro Rivadavia y Glew. Se encuentra ubicado a 25 km del Puerto de Buenos Aires, a 20km del Aeropuerto Internacional de Ezeiza y a 54km de la Ciudad de La Plata (Capital de la Provincia de Buenos Aires).

Que Almirante Brown posee un área de influencia que alcanza una extensión de 12,933 hectáreas (129,33 km²), de las cuales el 65% corresponde a la zona urbana y el resto al área rural/ insdustrial. Esta área posee tres regiones bien diferenciadas: Urbana (donde como veremos se concentra la mayor parte de su población); Rural (Ubicada en la localidad de Ministro Rivadavia) e Industrial (Denominada Parque Industrial, ubicado en la localidad de Burzaco).

Que en el año 2001, Almirante Brown contaba con 515,556 habitantes, lo cual implica una tasa censal de crecimiento anual medio de 12,8 por mil. Dicha población representaba 3,73% del total provincial; mientras que éste mismo cálculo fue del 3,49%en 1991 y del 0,03% en 1980. De ello se deduce que la tasa de variación demofráfica fue muy alta entre los censos de 1980 y 1991, ya que em esa década la población se incrementó en más de un tercio. De este modo, la variación porcentual entre los censos de 1980 y 1991 fue de 35,53% mientras que la variación demográfica resultante entre los Censos de 1991 y 2001 fue de 14,18%. Luego de casi ocho años de la realizacion del Censo nacional, la población varió y es por esto que la dirección provincial de Estadística del Ministerio de Economía de la provincia de Buenos Aires ha realizado un estudio para la proyección de la población de la provincia de Buenos Aires. La misma fue realizada para calcular la variación y el crecimiento acumulado poblacional de cada uno de los municipios que componen a aquella provincia para el período 2001-2007,

Que comparando con los municipios limítrofes (Presidente Perón, Florencio Varela, Esteban Echeverría, Quilmes y Lomas de Zamora), resulta que en términos absolutos la población de Almirante Brown es varias veces superior a los tres primeros; mientras que, por otra parte, tiene un volumen de población semejante.

Quilmes y Lomas de Zamora, auqnue con una dinámica poblacional diferencial. También existen divergencias entre las estructuras poblacionales, debidas al alcance de proceso de envejecimiento en estos tres distritos (aunque más pronunciado en Quilmes y Lomas de Zamora que en Almirante Brown) y un relativo rejuvenecimiento poblacional (poblaciónb de 0 a 14 años) de Almirante Brown en relación a esos dos partidos, auqneu mucho menor que en los otros tres casos (Presidente Perón, Florencio Varela y Esteban Echeverría).

Que Almirante Brown posee un constante progreso en materia poblacional que requiere un andamiaje jurídico (en cuanto a la creación de un polo judicial), social y cultural para lograr una mejor calidad de vida en los vecinos de Almirante Brown.

Que el quehacer primordial de los magistrados que integran el Poder Judicial, es el de ejercer la jurisdicción, es decir, el de resolver los litigios que se suscitan en el seno de la sociedad, determinando el derecho de las partes con el objeto de eliminar sus conflictos (Entre otros, cfr. Fallos: 312:1515).-

Que la situación más critica de la provincia de Buenos Aires, en materia judicial, está dada en el departamento judicial de Lomas de Zamora por la competencia territorial que abarca el mismo respecto al índice poblacional. (Comprende: a Almirante Brown, Avellaneda, Esteban Echeverría, Lomas de Zamora y Lanús).

Que en este sentido la ley 13634 (actualmente prorrogada por la ley 14116), a los efectos de brindar una solución favorable para lograr un mejor servicio de justicia, propicia una nueva regulación del fuero de familia y del nuevo fuero penal de niño. Una ley que, en el caso concreto de Almirante Brown, no pudo ser implementada por la falta de infraestructura que permita hacer viables los cambios que la ley propone.

Que dicha problemática se ha profundizado a tal punto que la ley 13795 (actualmente prorrogada por la ley 14090) viene a reconocer la necesidad de infraestructura en la provincia de Buenos Aires. Dice el fundamento de la ley: “La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires viene reclamando reiteradamente la necesidad y urgencia de aumentar y mejorar la infraestructura edilicia para paliar un déficit que en el transcurso de los últimos años se vio incrementado progresivamente”. “Los últimos edificios judiciales diseñados y construídos para tal fin, datan de la década del 70, época en que se construyeron los edificios centrales de San Isidro, San Martin, Lomas de Zamora y Morón. La necesidad de utilización de mayor cantidad de espacios derivó en una sobrepoblación de los existentes y una dispersión urbana de los adquiridos y/o alquilados”.

Que por ello y porque el mantenimiento del orden jurídico asegura en gran parte el equilibro social, que a su vez es una incumbencia colectiva, interesa adoptar medidas reales y no remedios temporarios para reformar la justicia y en el caso de esta jurisdicción, nos lleva a la confección de este proyecto de creación del Polo Judicial de Almirante Brown.

Que el acceso a la justicia abarca un conjunto de instituciones, principios procesales y garantías jurídicas, asi como directrices político sociales, para lo que el estado debe ofrecer y realizar la tutela jurisdiccional de los derechos de los ciudadanos en las mejores condiciones posibles de acceso económico de modo que resulte práctica.

Que asegurar el acceso de la población a la justicia corresponde a un ideal democrático. Los conflictos que no sean satisfactoriamente resueltos tienden a crecer y perjudicar el desarrollo armónico de la sociedad. Más: cuando apenas parte de la población tiene acceso a la justicia, el principio de la igualdad está desatendido.

Que la Constitución de la Provincia de Buenos Aires en su Artículo 15º, con la reforma constitucional de 1994, establece que: “La Provincia a segura la tutela judicial continua y efectiva, el acceso irrestricto a la justicia, la gratuidad de los trámites y la asistencia letrada a quienes carezcan de recursos suficientes y la inviolabilidad de la defensa de la persona y de los derechos en todo procedimiento administrativo o judicial”.

Que una solución a esta problemática del gran Buenos Aires es la creación del Polo Judicial de Almirante Brown, para optimizar el funcionamiento de la justicia y el acceso a la justicia, satisfaciendo los problemas de los habitantes en forma efectiva y rápida, produciendo en la población una mayor confianza en la justicia, fortaleciendo el sistema democrático y las instituciones.

Que de esta manera, la creación del Polo Judicial de Almirante Brown sirve de canal de acceso a la justicia cumpliendo con objetivos básicos y primordiales como:
a) el Acceso a Justicia.
b) Prevenir la judicialización y ampliar las alternativas de justicia restaurativa.
c) Preferente enfoque hacia fueros relacionados con ciudadanos vulnerables.
d) Mejorar la gestión judicial.
e) Desconcentrar la gestión administrativa.
f) Avanzar en infraestructura edilicia.

Que como se desarrolló el crecimiento poblacional del distrito, se deben potenciar aquellos espacios en desuso ubicados en sitios estratégicos en relación con la estructura urbana del distrito y para poder asi brindar una mejor calidad de vida a los vecinos de Almirante Brown. Asi como se ha expresado la necesidad de utilización de los inmuebles citados en el proyecto para la creación de un polo judicial, su condición de localización amerita la concepción de un emprendimiento más vasto que incluya la construcción de viviendas en la zona, la ejecución de un parque público y el desarrollo de sitios para equipamiento, servicios educativos y culturales a escala de todo el distrito que beneficiará a los vecinos de Almirante Brown en su conjunto.

Que esta propuesta de desarrollo urbano territorial se justifica también a partir de considerar un conjunto particular de elementos. De estudios encarados por la gestión municipal de Almirante Brown por convenio con la Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo de la Universidad de Buenos Aires, y la Fundación Metropolitana de Buenos Aires, han surgido las hipótesis de demanda de nuevo suelo urbanizado para satisfacer el crecimiento residencial futuro para todos los segmentos y tipos de la demanda. El trabajo en este aspecto se ha basado a su vez en pautas de desarrollo elaboradas por la Subsecretaría de Urbanismo y Vivienda de la Provincia de Buenos Aires en 2007.

Que una variable decisiva tiene que ver con la condición urbana territorial del suelo que se pretende declarar sujeto a expropiación en el proyecto que presentamos. Se trata de un conjunto de inmuebles ubicados de modo estratégico en relación con el sistema de vialidades trocales del partido, en la localidad de Burzaco. Los inmuebles están ubicados en la intersección de la Ruta 4 (Avenida Monteverde) y Avenida República Argentina. La primera constituyente el segundo anillo circunvalar a la Capital Federal y comunica entre si zonas de alta concentración de establecimientos industriales y áreas populosas. En Almirante Brown constituye el límite sur del área de mayor consolidación urbana, vale decir las localidades de Adrogué, Burzaco, Calzada y Claypole.

Que la segunda vía, República Argentina, constituyente una comunicación troncal de carácter local que en sentido Norte Sur recorre todo el distrito. Vale decir que los predios se hallan ubicados en el corazón geométrico del distrito, cuya urbanización debe ser concebida atendiendo a su potencial condición de “pieza urbana” vital para el desarrollo de toda la zona sur del partido.

Que el sentido de las intervenciones urbanas como las que se proponen para los predios es el de, no solo satisfacer el conjunto de amplias necesidades que se han expuesto, sino generar efectos sinérigos sobre un sector más amplio del territorio, alterando así el tendencias subyacentes hacia un tejido urbano de baja calidad. Las corrientes del pensamiento urbanístico reciente denominan a estas intervenciones como corrientes del pensamiento urbanístico reciente denominan a estas intervenciones como de “acupuntura urbana” precisamente por sus condiciones para movilizar energías e inducir transformaciones postivas sobre espacios más amplios que el propio sitio de intervención.

Que la realidad a la fecha indica que los dos grandes predios se encuentran hoy en situación de abandono, amenaza de vandalización de las instalaciones aun existentes, totalmente en desuso, y ocupación informal. La situación societaria del titular no permite avizorar cuál podría ser su capacidad para reconfigurar el uso de los inmuebles.

Que es interesante señalar que uno de los predios, el identificado como Lote V, había sido en realidad subdividido en la faz geométrica, a través de la aprobación de un plano del año 1975, pero ello nunca se materializó, ni se construyeron las infraestructuras obligatorias ni las restantes cargas urbanas imprescindibles en un fraccionamiento de tipo urbano, por lo que la vigencia del plano está suspendida.

Que se debe tener consideración trascendente: El Asilo Israelita de Burzaco fue en su momento una institución ejemplar por su enorme obra social para dar albergue a muchísimos ancianos y niños emigrados por las persecuciones de los regímenes nazi y pascista europeos, que habían llegado al país desvalidos y en total soledad. Las tierras fueron una donación del filántropo José Ithurrat en el año 1946 con destino a esos fines benéficos, que involucraban además a todas las comunidades. Recibió además un cuantioso subsidio del gobierno nacional de Juan Domingo Perón para construir la muy interesante arquitectura del conjunto, exponente ejemplar de todo un lenguaje constructivo que caracterizó por esos años a la infraestructura social del gobierno justicialista. Los inmuebles conllevan entonces un conjunto importante de significaciones históricas y valores patrimoniales, y expresan una convergencia de voluntades privadas y públicas que en su momento vieron la necesidad de hacer gestos concretos frente al drama de la guerra, siendo imprescindible en ese marco concurrir al rescate también de esas condiciones.

Que el proyecto de ley en tratamiento no solo viene a cumplimentar con una necesidad del sistema judicial en la provincia de Buenos Aires, sino que también vela por garantizar una mejor calidad de vida social y cultural para todos los vecinos de Almirante Brown.



POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uno de sus facultades sanciona la siguiente:


ORDENANZA Nº9270

ARTICULO 1º: Declárase de Interés Municipal el Proyecto de Ley (Expte. D-300/10........... . . . ..... . . 11) referente a expropiación del Predio donde estaba ubicado el Hogar Israelita para que en dicho lugar se construya el futuro Polo Judicial, identificado catastralmente como:
A) Circunscripción III, parcela Rural 465, inscripta al folio Nº 322/43, superficie 18 hectáreas, 60 áreas, partida Nº000121;
B) Circunscripción III, Parcela Rural 481, inscripta al folio Nº484/43, superficie 18 hectáreas, 12 áreas, 13 centiáreas, partida 000333, afectada por plano de mensura y subdivisión Nº 3-219-75.-

ARTICULO 2º: Dese al Libro de Ordenanzas, Comuniquese al Departamento Ejecutivo, ........................ Publíquese y, Oportunamente, ARCHIVESE.-

Mario fuentes - Roberto Bastanza - Eduardo Fabiani - María O Quintana - Norma Warrel

Estado Parlamentario: APROBADO